Datos clave
| Normativa | Orden de 21 de mayo de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos del País Vasco |
|---|---|
| Publicación BOE | 5 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 5 de junio de 2026 |
| Proceso selectivo origen | Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre (concurso-oposición, turno libre) |
| Afectados | Aprobados en el proceso selectivo extraordinario al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia con destino en el País Vasco |
| Plazo para solicitar destino | 10 días hábiles desde la publicación en el BOE (desde el 5 de junio de 2026) |
| Categoría | Sector Público |
| Territorio | Comunidad Autónoma del País Vasco |
Los aprobados en el proceso selectivo extraordinario convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, que optan a destino en el País Vasco ya conocen las plazas concretas que pueden solicitar. La Orden de 21 de mayo de 2026 del Departamento de Justicia y Derechos Humanos publica la relación de plazas vacantes y desiertas en el territorio vasco. El plazo para actuar es corto: 10 días hábiles desde la publicación en el BOE del 5 de junio de 2026.
¿Qué establece esta normativa?
La Orden publica las plazas vacantes y desiertas del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia en el ámbito territorial del País Vasco, correspondientes al proceso selectivo extraordinario por concurso-oposición en turno libre convocado por la Orden JUS/1327/2022.
Las plazas se ubican en los siguientes órganos y localidades:
| Localidad | Provincia | Órgano / Destino |
|---|---|---|
| Bilbao | Bizkaia | Juzgados Mercantiles |
| Bilbao | Bizkaia | Juzgados de Violencia sobre la Mujer |
| Bilbao | Bizkaia | Juzgados de Instrucción |
| Bilbao | Bizkaia | Fiscalía Provincial |
| Bilbao | Bizkaia | Servicios Comunes de Tramitación |
| Getxo | Bizkaia | Plazas ofertadas (vacantes y desiertas) |
Las reglas de adjudicación son las siguientes:
- La solicitud de destino debe formularse electrónicamente, utilizando certificados electrónicos admitidos por el Gobierno Vasco.
- El plazo es de 10 días hábiles contados desde la publicación en el BOE (5 de junio de 2026).
- La adjudicación se realiza por orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo.
- Si un aprobado no formula solicitud en plazo, el destino se le adjudica con carácter forzoso.
- El destino adjudicado tiene carácter definitivo.
- No se puede participar en concursos de traslado hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión.
Impacto económico y operativo
Para los aprobados, las consecuencias prácticas de esta orden son inmediatas y con impacto directo en su vida profesional y personal:
- Movilidad geográfica: Los destinos se concentran en Bilbao y Getxo. Quienes residan fuera de Bizkaia deberán valorar el coste de un posible traslado de residencia.
- Bloqueo de movilidad durante dos años: Una vez adjudicado el destino, el funcionario no puede concursar a otro puesto durante 24 meses. Esto limita la capacidad de reubicación si el destino asignado no es el preferido.
- Riesgo de adjudicación forzosa: No actuar en los 10 días hábiles equivale a perder la capacidad de elegir. El sistema asignará automáticamente una plaza disponible según el orden de puntuación, sin posibilidad de preferencia.
- Requisito de certificado electrónico: La solicitud es exclusivamente telemática con certificados admitidos por el Gobierno Vasco. Quien no disponga de uno debe obtenerlo antes de que venza el plazo.
¿A quién afecta?
- Opositores que han superado el proceso selectivo extraordinario convocado por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, en la modalidad de concurso-oposición, turno libre, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
- Aprobados cuyo ámbito de destino corresponde a la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Aspirantes que aún no han formalizado su solicitud de destino en el territorio vasco.
Esta normativa no afecta a empresas privadas, autónomos ni a otros cuerpos de la Administración de Justicia distintos del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
Ejemplo práctico
Un opositor aprobado en el proceso JUS/1327/2022 obtiene una puntuación que le sitúa en el puesto 45 de la lista de aprobados con destino en el País Vasco. La Orden se publica el 5 de junio de 2026, por lo que el plazo de 10 días hábiles vence aproximadamente el 19 de junio de 2026 (descontando festivos).
Si este opositor presenta su solicitud electrónica dentro del plazo indicando como primera preferencia un puesto en los Servicios Comunes de Tramitación de Bilbao, la adjudicación se realizará respetando el orden de puntuación: los aspirantes con mayor puntuación eligen antes. Si en el momento de su turno esa plaza ya está cubierta, se le asignará la siguiente disponible según sus preferencias declaradas.
Si el mismo opositor no presenta solicitud antes del vencimiento del plazo, la Administración le adjudica forzosamente la plaza que corresponda por puntuación entre las vacantes restantes, sin que pueda alegar preferencia alguna. Además, una vez tomada posesión, deberá permanecer en ese destino un mínimo de dos años antes de poder solicitar traslado.
¿Qué deben hacer los aprobados ahora?
- Verificar el plazo exacto: Contar los 10 días hábiles desde el 5 de junio de 2026, excluyendo sábados, domingos y festivos en el País Vasco. El vencimiento aproximado es el 19 de junio de 2026.
- Obtener o verificar el certificado electrónico: Comprobar que se dispone de un certificado electrónico admitido por el Gobierno Vasco (DNIe, certificado de la FNMT u otros reconocidos). Si no se tiene, solicitarlo con urgencia dado el plazo ajustado.
- Consultar la relación completa de plazas: Revisar el texto íntegro de la Orden en el BOE del 5 de junio de 2026 para conocer el listado exacto de plazas disponibles en Bilbao y Getxo.
- Ordenar las preferencias de destino: Decidir el orden de preferencia entre los destinos disponibles (Juzgados Mercantiles, Juzgados de Violencia sobre la Mujer, Juzgados de Instrucción, Fiscalía Provincial, Servicios Comunes de Tramitación en Bilbao y plazas en Getxo) antes de presentar la solicitud.
- Presentar la solicitud electrónica en plazo: Acceder a la sede electrónica habilitada por el Gobierno Vasco y formalizar la solicitud de destino dentro del plazo de 10 días hábiles. Guardar el justificante de presentación.
- No actuar equivale a adjudicación forzosa: Si se supera el plazo sin solicitud, la Administración asignará destino automáticamente por orden de puntuación, sin posibilidad de elección.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para solicitar destino en el País Vasco tras la publicación en el BOE?
El plazo es de 10 días hábiles contados desde la publicación de la Orden en el BOE, que tuvo lugar el 5 de junio de 2026. Los días hábiles excluyen sábados, domingos y festivos oficiales en el País Vasco. El vencimiento aproximado es el 19 de junio de 2026.
¿Qué pasa si no presento la solicitud de destino en el plazo de 10 días hábiles?
Si no se formula solicitud dentro del plazo, el destino se adjudica con carácter forzoso según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. El aprobado pierde la posibilidad de expresar preferencias y se le asigna la plaza disponible que corresponda automáticamente.
¿En qué localidades y órganos están las plazas disponibles en el País Vasco?
Las plazas se ubican principalmente en Bilbao y Getxo (Bizkaia). Los órganos con plazas en Bilbao incluyen: Juzgados Mercantiles, Juzgados de Violencia sobre la Mujer, Juzgados de Instrucción, Fiscalía Provincial y Servicios Comunes de Tramitación. También hay plazas vacantes y desiertas en Getxo.
¿Puedo pedir traslado una vez que me adjudiquen el destino en el País Vasco?
No de forma inmediata. Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo y no permiten participar en concursos de traslado hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión en el destino adjudicado.
¿Cómo se presenta la solicitud de destino y qué certificado electrónico necesito?
La solicitud debe presentarse exclusivamente de forma electrónica, utilizando certificados electrónicos admitidos por el Gobierno Vasco (como el DNIe o el certificado de la FNMT). No se admite solicitud en papel. Es imprescindible disponer del certificado antes de que venza el plazo de 10 días hábiles.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12074