Datos clave
| Normativa | Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental — Declaración de Impacto Ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico FV Aceca» |
|---|---|
| Publicación | 20 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 20 de junio de 2026 |
| Promotor | Iberdrola Generación Térmica, SL |
| Potencia instalada | 347,51 MW nominales |
| Superficie | 531 ha divididas en tres sectores |
| Módulos fotovoltaicos | 726.180 módulos bifaciales |
| Municipios afectados | Toledo, Almonacid de Toledo y Mocejón |
| Hibridación | Central de ciclo combinado Aceca (391,52 MW) |
| Infraestructura de evacuación | Tres subestaciones a 220 kV + líneas aéreas y subterráneas |
| Categoría | Energía / Evaluación Ambiental |
| Ejercicio | 2026 |
Iberdrola Generación Térmica, SL puede avanzar en la ejecución del parque solar fotovoltaico FV Aceca tras la aprobación de su Declaración de Impacto Ambiental, publicada en el BOE del 20 de junio de 2026. La resolución, firmada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no es un cheque en blanco: incluye condiciones vinculantes que condicionan el calendario y el coste del proyecto.
El proyecto se hibridará con la central de ciclo combinado Aceca, de 391,52 MW, lo que lo convierte en uno de los mayores proyectos de hibridación renovable-gas en España. Para el sector, esta DIA es un referente sobre los requisitos ambientales que la Administración exige a instalaciones de esta envergadura.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución formula la DIA del parque solar FV Aceca y fija las condiciones bajo las cuales el proyecto puede ejecutarse. Estos son los elementos técnicos y ambientales clave que recoge:
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Configuración del parque | Tres sectores dentro de los municipios de Toledo, Almonacid de Toledo y Mocejón |
| Tecnología | 726.180 módulos fotovoltaicos bifaciales |
| Evacuación eléctrica | Tres subestaciones a 220 kV, con líneas aéreas y subterráneas |
| Hibridación | Integración con la central de ciclo combinado Aceca (391,52 MW) |
| Carencias detectadas | El análisis técnico detectó deficiencias en el estudio de alternativas presentado por el promotor |
| Fauna protegida | Se requirieron informes adicionales sobre águila imperial ibérica y aves esteparias |
| Condiciones ambientales | Vinculantes para la ejecución del proyecto; sin su cumplimiento, el proyecto no puede ejecutarse |
La DIA no aprueba el proyecto de forma incondicional. La Administración detectó carencias en el estudio de alternativas presentado por Iberdrola y exigió informes adicionales sobre especies protegidas, en particular el águila imperial ibérica y diversas aves esteparias presentes en el área de influencia del proyecto.
Impacto económico y operativo
Para Iberdrola Generación Térmica, la aprobación de la DIA desbloquea la siguiente fase del proyecto, pero las condiciones ambientales vinculantes tienen implicaciones operativas y económicas directas:
- Costes adicionales de cumplimiento ambiental: Las condiciones vinculantes pueden requerir medidas correctoras, planes de vigilancia de fauna, modificaciones de trazado de líneas o calendarios de obra restringidos en épocas de cría de especies protegidas.
- Riesgo de paralización: El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de la DIA puede suponer la paralización cautelar de las obras por parte de la Administración.
- Infraestructura de evacuación compleja: Tres subestaciones a 220 kV con líneas aéreas y subterráneas implican una inversión en infraestructura de evacuación significativa, sujeta también a las condiciones ambientales de la resolución.
- Hibridación como ventaja competitiva: La integración con la central de ciclo combinado Aceca (391,52 MW) permite optimizar la generación y la capacidad de evacuación, reduciendo los costes por MW instalado frente a un proyecto solar aislado.
- Precedente sectorial: Las exigencias sobre fauna protegida y el estudio de alternativas marcan el nivel de detalle que la Administración espera en proyectos de esta escala, con impacto directo en los costes de tramitación de futuros proyectos similares.
¿A quién afecta?
- Iberdrola Generación Térmica, SL: Promotor directo. Debe cumplir todas las condiciones ambientales vinculantes antes y durante la ejecución.
- Administraciones locales de Toledo, Almonacid de Toledo y Mocejón: Municipios en cuyo término se ubica el proyecto; deben coordinar permisos urbanísticos y de uso del suelo con las condiciones de la DIA.
- Promotores de energía solar con proyectos de gran escala en España: Esta DIA establece precedente sobre el nivel de exigencia ambiental para parques fotovoltaicos superiores a 50 MW, especialmente en zonas con fauna protegida.
- Empresas de ingeniería y consultoría ambiental: Las carencias detectadas en el estudio de alternativas refuerzan la necesidad de estudios ambientales exhaustivos desde la fase de diseño.
- Inversores y financiadores de proyectos renovables: Las condiciones vinculantes de la DIA son un factor de riesgo que debe reflejarse en los modelos financieros del proyecto.
Ejemplo práctico
Un promotor solar que esté tramitando un parque fotovoltaico de más de 100 MW en Castilla-La Mancha, en una zona con presencia de águila imperial ibérica o avutarda, debe anticipar que la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental le exigirá —como ha hecho con Iberdrola en FV Aceca— informes específicos sobre estas especies antes de formular la DIA.
Si el estudio de impacto ambiental presentado no incluye un análisis suficiente de alternativas de ubicación o trazado, la Administración puede requerir documentación adicional, alargando el proceso de evaluación varios meses. En el caso de FV Aceca, este requisito ya fue detectado como carencia durante el procedimiento. Para un proyecto de 347,51 MW con tres subestaciones a 220 kV, cualquier retraso en la DIA tiene un coste de oportunidad directo sobre la puesta en marcha y los ingresos por generación.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar las condiciones ambientales vinculantes de la DIA: Iberdrola Generación Térmica debe identificar cada condición impuesta en la resolución y asignar responsables internos para su seguimiento y cumplimiento.
- Actualizar el plan de obra con las restricciones ambientales: Las condiciones sobre fauna protegida (águila imperial, aves esteparias) pueden implicar ventanas temporales prohibidas para determinadas actividades constructivas. Esto debe reflejarse en el cronograma.
- Reforzar los estudios de alternativas en proyectos futuros: La detección de carencias en este expediente es una señal clara: los promotores deben invertir en estudios de alternativas más completos desde el inicio para evitar requerimientos que alarguen la tramitación.
- Coordinar con los ayuntamientos de Toledo, Almonacid de Toledo y Mocejón: Las administraciones locales deben alinear sus licencias urbanísticas con las condiciones de la DIA para evitar incompatibilidades que paralicen las obras.
- Actualizar los modelos financieros del proyecto: Los inversores y financiadores deben incorporar los costes de cumplimiento ambiental y el riesgo de retrasos derivados de las condiciones vinculantes en sus proyecciones.
- Consultar la resolución completa en el BOE: Las condiciones vinculantes son de obligado cumplimiento desde el 20 de junio de 2026. Cualquier inicio de obras sin verificar su cumplimiento expone al promotor a una paralización administrativa.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una Declaración de Impacto Ambiental y qué implica para el proyecto FV Aceca?
La DIA es el acto administrativo que concluye el procedimiento de evaluación de impacto ambiental. En el caso del parque solar FV Aceca, formulada el 5 de junio de 2026 y publicada el 20 de junio, establece las condiciones ambientales vinculantes bajo las cuales Iberdrola Generación Térmica puede ejecutar el proyecto de 347,51 MW en Toledo, Almonacid de Toledo y Mocejón. Sin cumplir estas condiciones, el proyecto no puede ejecutarse legalmente.
¿Qué condiciones ambientales se han impuesto al parque solar FV Aceca de Iberdrola?
La resolución establece condiciones ambientales vinculantes para la ejecución del proyecto. Entre los aspectos más relevantes detectados durante el procedimiento: el análisis técnico identificó carencias en el estudio de alternativas presentado por Iberdrola, y se requirieron informes adicionales específicos sobre fauna protegida, en concreto sobre el águila imperial ibérica y aves esteparias presentes en el área de influencia del proyecto.
¿Qué municipios de Toledo se ven afectados por el parque solar FV Aceca?
El proyecto ocupa 531 ha distribuidas en tres sectores en los términos municipales de Toledo, Almonacid de Toledo y Mocejón. La infraestructura de evacuación incluye tres subestaciones a 220 kV con líneas aéreas y subterráneas que también discurren por estos municipios.
¿En qué consiste la hibridación del parque solar con la central de ciclo combinado Aceca?
El parque solar FV Aceca, con 347,51 MW de potencia nominal y 726.180 módulos bifaciales, se integrará con la central de generación de ciclo combinado Aceca, que tiene una potencia de 391,52 MW. La hibridación permite combinar generación solar fotovoltaica con generación de gas, optimizando la capacidad de evacuación existente y mejorando la estabilidad del suministro.
¿Qué precedente establece esta DIA para otros promotores de energía solar en España?
Esta resolución marca el nivel de exigencia ambiental que la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental aplica a proyectos fotovoltaicos de gran escala. Las carencias detectadas en el estudio de alternativas y los informes adicionales exigidos sobre fauna protegida indican que los promotores de parques superiores a 50 MW en zonas con especies sensibles deben reforzar sus estudios ambientales desde la fase de diseño para evitar retrasos en la tramitación.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-13449