Datos clave
| Normativa | Resolución de 3 de septiembre de 2026, de la Subsecretaría, proceso selectivo grupo M1-Educación Infantil |
|---|---|
| Publicación BOE | 7 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 7 de septiembre de 2026 |
| Convocatoria base | Resolución de 8 de julio de 2026 |
| Grupo profesional | M1-Educación Infantil (IV Convenio Colectivo Único personal laboral AGE) |
| Tipo de acceso | Acceso libre y promoción interna |
| Fecha del examen | 21 de noviembre de 2026, 10:00 h |
| Sede del examen | Instituto de Estudios Fiscales, Madrid |
| Plazo de subsanación | 10 días hábiles desde la publicación en el BOE (desde el 7/09/2026) |
| Afectados | Opositores al grupo M1-Educación Infantil de la Administración General del Estado |
| Categoría | Sector Público |
Si te presentaste a las oposiciones de Educador/a Infantil de la Administración General del Estado convocadas en julio de 2026, tienes una fecha crítica en el calendario: 21 de noviembre de 2026. Pero antes de llegar al examen, hay un paso urgente: comprobar si figuras en la lista provisional de admitidos o excluidos publicada el 7 de septiembre en el BOE.
La Resolución de 3 de septiembre de 2026, de la Subsecretaría, aprueba esa relación provisional y fija todos los detalles del ejercicio único de la fase de oposición. Si estás excluido, el plazo para actuar es de 10 días hábiles desde la publicación, lo que sitúa el límite aproximadamente a mediados de septiembre de 2026. Pasado ese plazo, la exclusión puede ser definitiva.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para personal laboral fijo en el grupo profesional M1-Educación Infantil, sujeto al IV Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
El proceso afecta a dos vías de acceso diferenciadas:
- Acceso libre: para candidatos externos a la Administración.
- Promoción interna: para empleados públicos de la AGE que optan a mejorar su grupo profesional.
Las principales causas de exclusión identificadas en la resolución son:
- No acreditar el título académico requerido para el grupo M1-Educación Infantil.
- No aportar el justificante de demandante de empleo.
Los aspirantes excluidos pueden subsanar los defectos o alegar omisiones en el plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el BOE (7 de septiembre de 2026).
En cuanto al ejercicio único, la resolución establece los siguientes detalles logísticos:
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Fecha | 21 de noviembre de 2026 |
| Hora | 10:00 h |
| Lugar | Instituto de Estudios Fiscales, Madrid |
| Documentación obligatoria | DNI o pasaporte en vigor + bolígrafo de tinta negra o azul |
| Dispositivos electrónicos | Prohibidos en el aula de examen |
Impacto económico y operativo
Para los aspirantes, el impacto más inmediato es operativo y de plazo: quien figure como excluido debe actuar en menos de dos semanas desde la publicación del BOE. No hacerlo supone perder la posibilidad de participar en un proceso selectivo que otorga la condición de personal laboral fijo en la Administración General del Estado.
Obtener una plaza como personal laboral fijo en el grupo M1-Educación Infantil implica acceder a un contrato indefinido con las condiciones del IV Convenio Colectivo Único de la AGE, que incluye estabilidad laboral, derechos de carrera profesional y retribuciones reguladas por convenio colectivo.
Para los candidatos de promoción interna, la resolución también tiene impacto directo: supone la posibilidad de mejorar de grupo profesional dentro de la propia Administración, con las mejoras retributivas y de categoría que ello conlleva.
El coste de no revisar la lista provisional a tiempo puede ser la exclusión definitiva del proceso, sin posibilidad de recurso posterior si el plazo de subsanación ha vencido.
¿A quién afecta?
- Aspirantes en turno libre que se inscribieron al proceso selectivo convocado el 8 de julio de 2026 para el grupo M1-Educación Infantil de la AGE.
- Aspirantes en turno de promoción interna que ya son personal laboral de la AGE y optan a consolidar o mejorar su situación en el grupo M1-Educación Infantil.
- Candidatos excluidos provisionalmente que deben subsanar defectos documentales (título académico o justificante de demandante de empleo) en el plazo de 10 días hábiles.
- Candidatos admitidos que deben preparar su asistencia al examen del 21 de noviembre en el Instituto de Estudios Fiscales de Madrid.
Ejemplo práctico
Supongamos que una aspirante presentó su solicitud al proceso selectivo en julio de 2026 pero no adjuntó el justificante de demandante de empleo en el momento de la inscripción. Al consultar la lista provisional publicada el 7 de septiembre en el BOE, comprueba que figura como excluida por este motivo.
Tiene un plazo de 10 días hábiles desde el 7 de septiembre de 2026 para aportar ese justificante ante la Subsecretaría y solicitar su inclusión en la lista definitiva de admitidos. Si lo hace dentro del plazo, podrá presentarse al ejercicio único del 21 de noviembre de 2026 a las 10:00 h en el Instituto de Estudios Fiscales de Madrid, con su DNI o pasaporte y bolígrafo de tinta negra o azul, y sin dispositivos electrónicos.
Si no actúa dentro del plazo, su exclusión será definitiva y quedará fuera del proceso selectivo para esta convocatoria.
¿Qué deben hacer los aspirantes ahora?
- Consultar la lista provisional en el BOE (publicada el 7 de septiembre de 2026, referencia BOE-A-2026-18724) para verificar si figuras como admitido o excluido.
- Si estás excluido, actuar de inmediato: presentar la documentación que falta (título académico o justificante de demandante de empleo) dentro de los 10 días hábiles desde el 7 de septiembre de 2026. No esperes al último día.
- Si estás admitido, preparar la asistencia al examen: anota la fecha (21 de noviembre de 2026, 10:00 h), el lugar (Instituto de Estudios Fiscales, Madrid) y la documentación obligatoria: DNI o pasaporte en vigor y bolígrafo de tinta negra o azul.
- No llevar dispositivos electrónicos al aula de examen: la resolución prohíbe expresamente su uso.
- Estar atento a la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará tras el periodo de subsanación y confirmará quién puede presentarse al ejercicio único.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo y dónde es el examen de las oposiciones de Educador/a Infantil de la AGE en 2026?
El ejercicio único de la fase de oposición se celebrará el 21 de noviembre de 2026 a las 10:00 h en el Instituto de Estudios Fiscales de Madrid. Es obligatorio presentar DNI o pasaporte en vigor y bolígrafo de tinta negra o azul. Los dispositivos electrónicos están prohibidos.
¿Cuál es el plazo para subsanar la exclusión en las oposiciones M1-Educación Infantil AGE?
Los aspirantes excluidos disponen de 10 días hábiles desde la publicación en el BOE, es decir, desde el 7 de septiembre de 2026. Pasado ese plazo sin subsanar, la exclusión puede convertirse en definitiva y el aspirante quedará fuera del proceso selectivo.
¿Por qué me han excluido de las oposiciones de Educador/a Infantil de la AGE?
Las causas de exclusión más frecuentes identificadas en la resolución son dos: no acreditar el título académico requerido para el grupo M1-Educación Infantil y no aportar el justificante de demandante de empleo. Ambas son subsanables dentro del plazo de 10 días hábiles.
¿Afecta esta resolución tanto al turno libre como al de promoción interna?
Sí. La Resolución de 3 de septiembre de 2026 afecta a ambos turnos: el de acceso libre (para candidatos externos) y el de promoción interna (para personal laboral de la AGE que opta a mejorar de grupo profesional). Ambos comparten la misma fecha, hora y sede de examen.
¿Dónde puedo consultar si estoy admitido o excluido en el proceso selectivo M1-Educación Infantil?
La lista provisional se publicó el 7 de septiembre de 2026 en el BOE, con referencia BOE-A-2026-18724. Puedes consultarla directamente en la sede electrónica del BOE o en el portal de empleo público de la Administración General del Estado.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-18724