Datos clave
| Normativa | Resolución de 8 de junio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas |
|---|---|
| Publicación | 22 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 22 de junio de 2026 |
| Titular de la autorización | Red Eléctrica de España, SAU |
| Infraestructura | Línea aérea doble circuito a 400 kV «La Plana-Morella 2 y 3» |
| Longitud | Aproximadamente 86 km |
| Municipios afectados | 16 municipios de la provincia de Castellón |
| Categoría | Energía |
| Expediente iniciado | 2009 |
Los propietarios de terrenos en 16 municipios de la provincia de Castellón se enfrentan a un escenario de expropiación forzosa tras la autorización concedida a Red Eléctrica de España, SAU para construir la línea aérea de doble circuito a 400 kV denominada «La Plana-Morella 2 y 3». La Resolución de 8 de junio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada en el BOE el 22 de junio de 2026, no solo otorga la autorización de construcción, sino que declara expresamente la utilidad pública de la infraestructura, lo que activa el mecanismo legal de expropiación y servidumbre de paso.
El expediente lleva en tramitación desde 2009, lo que da idea de la complejidad técnica, ambiental y administrativa del proyecto. La resolución incorpora además las modificaciones técnicas recogidas en la «Adenda 3», para las que también se otorga autorización administrativa previa y de construcción.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución otorga tres habilitaciones distintas en un mismo acto administrativo:
- Autorización administrativa de construcción para la línea aérea de doble circuito a 400 kV «La Plana-Morella 2 y 3».
- Autorización administrativa previa y de construcción para las modificaciones técnicas introducidas en la «Adenda 3».
- Declaración de utilidad pública, que habilita la expropiación forzosa y la imposición de servidumbre de paso sobre los terrenos afectados.
El trazado discurre por los siguientes 16 municipios de la provincia de Castellón:
| Municipio |
|---|
| Almassora |
| Castelló de la Plana |
| Borriol |
| Sant Joan de Moró |
| Vilafamés |
| Vall d'Alba |
| Les Useres |
| Culla |
| Atzeneta del Maestrat |
| La Torre d'En Besora |
| Benassal |
| Vilafranca |
| Ares del Maestrat |
| Castellfort |
| Cinctorres |
| Morella |
Varios ayuntamientos del trazado se opusieron a la línea por motivos medioambientales y urbanísticos, solicitando el soterramiento o el desmantelamiento de la línea existente. Sin embargo, sus objeciones fueron superadas por silencio administrativo. El desmantelamiento de la línea actual queda condicionado a lo que establezca la declaración de impacto ambiental.
Impacto económico y operativo
Para los propietarios de terrenos afectados, el impacto más inmediato es la servidumbre de paso y la potencial expropiación forzosa. La declaración de utilidad pública es el instrumento legal que permite a Red Eléctrica iniciar los procedimientos de ocupación de terrenos privados, tanto de forma temporal (durante la construcción) como permanente (servidumbre de vuelo y paso).
Desde el punto de vista operativo, las empresas y particulares con fincas en los 16 municipios deben tener en cuenta:
- La servidumbre de paso limita el uso del suelo bajo y en el entorno de la línea (restricciones de edificación, plantaciones de arbolado, actividades agrícolas de cierta altura).
- El procedimiento expropiatorio implica negociación de justiprecios, con posibilidad de recurso si el propietario no está de acuerdo con la valoración ofrecida.
- Los aspectos relativos al desmantelamiento de la línea eléctrica existente dependerán de lo que fije la declaración de impacto ambiental, lo que introduce una incertidumbre adicional sobre el calendario.
- Las modificaciones técnicas de la «Adenda 3» pueden alterar el trazado respecto a versiones anteriores del proyecto, por lo que es necesario verificar si la finca está incluida en el trazado actualizado.
¿A quién afecta?
- Propietarios de terrenos rústicos y urbanos en los 16 municipios del trazado, especialmente en suelo no urbanizable.
- Empresas agrícolas y ganaderas con explotaciones en el corredor de la línea.
- Promotores inmobiliarios con suelo en desarrollo en los municipios afectados.
- Ayuntamientos de los 16 municipios, que deben adaptar su planeamiento urbanístico a la nueva infraestructura.
- Red Eléctrica de España, SAU, como titular de la autorización y responsable de la ejecución del proyecto.
- Empresas del sector energético interesadas en la capacidad de transporte que aportará la nueva línea al sistema eléctrico del interior de Castellón.
Ejemplo práctico
Un propietario de una finca agrícola en el término municipal de Vall d'Alba —uno de los 16 municipios del trazado— recibe notificación de que su parcela queda afectada por la servidumbre de paso de la línea «La Plana-Morella 2 y 3». Dado que la resolución ya declara la utilidad pública, Red Eléctrica puede iniciar el expediente de expropiación forzosa sin necesidad de trámites administrativos adicionales de habilitación.
El propietario tiene derecho a participar en el procedimiento de fijación del justiprecio. Si no llega a un acuerdo con Red Eléctrica en la fase de mutuo acuerdo, el expediente pasa al Jurado Provincial de Expropiación, y posteriormente cabe recurso contencioso-administrativo. Dado que el expediente lleva tramitándose desde 2009 y las modificaciones de la «Adenda 3» pueden haber alterado el trazado, es recomendable verificar con la documentación actualizada si la finca sigue incluida en el perímetro expropiatorio.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Verificar si tus terrenos están en el trazado actualizado: consulta la documentación de la «Adenda 3» para confirmar si tu finca está incluida en el perímetro afectado, ya que las modificaciones técnicas pueden haber variado el trazado original.
- Revisar las notificaciones administrativas recibidas: si ya has recibido comunicaciones de Red Eléctrica o de la administración, comprueba los plazos para presentar alegaciones o aceptar el justiprecio.
- Obtener asesoramiento jurídico especializado en expropiación: la declaración de utilidad pública ya está en vigor desde el 22 de junio de 2026; actuar con rapidez en la negociación del justiprecio puede mejorar significativamente el resultado económico.
- Evaluar el impacto en el planeamiento urbanístico: si eres promotor o ayuntamiento, revisa si la servidumbre de paso afecta a suelos en desarrollo o con proyectos en tramitación.
- Seguir el proceso de desmantelamiento de la línea existente: este aspecto queda condicionado a la declaración de impacto ambiental, por lo que conviene monitorizar su evolución si afecta a tu actividad o propiedad.
Preguntas frecuentes
¿Qué municipios de Castellón están afectados por la línea La Plana-Morella?
Los 16 municipios afectados son: Almassora, Castelló de la Plana, Borriol, Sant Joan de Moró, Vilafamés, Vall d'Alba, Les Useres, Culla, Atzeneta del Maestrat, La Torre d'En Besora, Benassal, Vilafranca, Ares del Maestrat, Castellfort, Cinctorres y Morella.
¿Qué significa la declaración de utilidad pública para los propietarios de terrenos?
La declaración de utilidad pública habilita a Red Eléctrica de España a iniciar el procedimiento de expropiación forzosa y la imposición de servidumbre de paso sobre los terrenos privados incluidos en el trazado, sin necesidad de consentimiento del propietario. El propietario tiene derecho a negociar el justiprecio y, si no hay acuerdo, a recurrir ante el Jurado Provincial de Expropiación y posteriormente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
¿Cuándo entra en vigor la autorización de construcción de la línea La Plana-Morella?
La resolución fue publicada en el BOE el 22 de junio de 2026 y entró en vigor ese mismo día. El expediente se inició en 2009, por lo que la tramitación ha durado aproximadamente 17 años.
¿Qué es la «Adenda 3» y por qué es relevante para los afectados?
La «Adenda 3» recoge modificaciones técnicas introducidas en el proyecto original de la línea. La resolución otorga también autorización administrativa previa y de construcción para estas modificaciones. Para los propietarios de terrenos, es relevante porque el trazado puede haber variado respecto a versiones anteriores del proyecto, lo que puede incluir o excluir determinadas fincas del ámbito expropiatorio.
¿Se desmantelará la línea eléctrica existente?
El desmantelamiento de la línea actual no está garantizado por esta resolución: queda condicionado a lo que establezca la declaración de impacto ambiental. Los ayuntamientos afectados solicitaron el soterramiento o desmantelamiento de la línea existente, pero sus objeciones fueron superadas por silencio administrativo.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-13563