Datos clave
| Normativa | Resolución de 14 de julio de 2026, del INAP, por la que se convoca el XI Curso sobre el desarrollo de la función inspectora en la Administración General del Estado |
|---|---|
| Publicación | 1 de agosto de 2026 |
| Entrada en vigor | 1 de agosto de 2026 |
| Plazas convocadas | 40 plazas |
| Reserva para mujeres | Mínimo 40% de las plazas |
| Plazo de solicitud | 15 días hábiles desde la publicación |
| Requisito habilitante | Real Decreto 799/2005 (obligatorio para ocupar puestos de inspector de servicios) |
| Novedad 2026 | Incorpora el nuevo Marco Competencial aprobado en marzo de 2026 |
| Categoría | Sector Público |
| Ejercicio | 2026 |
Si eres funcionario del subgrupo A1 de la Administración General del Estado y tienes en mente acceder a un puesto de inspector de servicios, esta convocatoria es la puerta de entrada obligatoria. Sin superar este curso, no es posible ocupar dichos puestos, tal y como establece el Real Decreto 799/2005. La Resolución de 14 de julio de 2026 del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) convoca la undécima edición con 40 plazas disponibles.
Esta edición incorpora además el nuevo Marco Competencial aprobado en marzo de 2026, lo que supone un cambio relevante respecto a ediciones anteriores: la selección de candidatos se orienta ahora hacia competencias específicas de la función inspectora, no solo a criterios de antigüedad o mérito general.
¿Qué establece esta normativa?
La Resolución convoca el XI Curso sobre el desarrollo de la función inspectora en la Administración General del Estado. Este curso no es formación voluntaria: su superación es un requisito legal habilitante para ocupar puestos de inspector de servicios en la AGE, conforme al Real Decreto 799/2005.
Los requisitos de participación y las condiciones de la convocatoria son los siguientes:
| Condición | Detalle |
|---|---|
| Grupo y subgrupo | Grupo A, subgrupo A1 |
| Antigüedad mínima | Al menos 5 años de servicios en administraciones públicas |
| Situación administrativa | Servicio activo o situación asimilada |
| Reserva de plazas | Mínimo del 40% para mujeres |
| Forma de solicitud | Exclusivamente electrónica |
| Documentación requerida | Acreditativa de requisitos y méritos |
| Plazo de solicitud | 15 días hábiles desde la publicación (desde el 1 de agosto de 2026) |
| Novedad respecto a ediciones anteriores | Incorpora el Marco Competencial aprobado en marzo de 2026, orientando la selección hacia competencias específicas de la función inspectora |
La incorporación del nuevo Marco Competencial es el cambio más relevante respecto a ediciones anteriores. Implica que los criterios de selección ya no se basan únicamente en méritos generales o antigüedad, sino que se valoran competencias concretas vinculadas al ejercicio de la función inspectora.
Impacto económico y operativo
Para los funcionarios afectados, el impacto es directo: sin superar este curso, no es posible acceder a puestos de inspector de servicios. Esto tiene consecuencias sobre la carrera profesional y la movilidad interna dentro de la AGE.
Desde el punto de vista operativo, los departamentos y organismos de la AGE deben tener en cuenta que la provisión de plazas de inspector de servicios queda condicionada a la disponibilidad de funcionarios que hayan superado este curso. Con solo 40 plazas convocadas, la competencia es alta y la planificación anticipada resulta clave.
El nuevo Marco Competencial de marzo de 2026 añade un elemento de preparación adicional: los candidatos deben ahora acreditar o demostrar competencias específicas de la función inspectora, lo que puede requerir una preparación más orientada que en ediciones anteriores.
¿A quién afecta?
- Funcionarios del grupo A, subgrupo A1 de la Administración General del Estado con más de 5 años de servicios en administraciones públicas.
- Funcionarios en situación de servicio activo o situación asimilada que aspiren a ocupar puestos de inspector de servicios.
- Responsables de recursos humanos y planificación de plantillas en organismos de la AGE que necesiten cubrir puestos de inspector de servicios.
- Directivos públicos que gestionen unidades de inspección de servicios y deban planificar la cobertura de estos puestos.
Ejemplo práctico
Un funcionario del subgrupo A1 del Ministerio de Hacienda, con 8 años de antigüedad en la Administración y en situación de servicio activo, quiere acceder a un puesto de inspector de servicios convocado en su ministerio. Sin haber superado el curso del INAP, no puede ser nombrado para ese puesto, aunque reúna todos los demás méritos.
Para optar a las 40 plazas del XI Curso, debe presentar su solicitud electrónicamente dentro de los 15 días hábiles siguientes al 1 de agosto de 2026, aportando la documentación acreditativa de sus requisitos (grupo A1, más de 5 años de servicios) y sus méritos. Al ser mujer, tendría garantizado el acceso a al menos el 40% de las plazas reservadas, es decir, un mínimo de 16 plazas del total.
Además, dado que esta edición incorpora el nuevo Marco Competencial de marzo de 2026, deberá preparar su candidatura poniendo en valor las competencias específicas de la función inspectora, no solo su trayectoria general.
¿Qué deben hacer los funcionarios ahora?
- Verificar el cumplimiento de los requisitos: confirmar que se pertenece al grupo A, subgrupo A1, y que se acreditan al menos 5 años de servicios en administraciones públicas en situación de servicio activo o asimilada.
- Calcular el plazo de solicitud: el plazo de 15 días hábiles comienza el 1 de agosto de 2026. Identificar la fecha límite exacta teniendo en cuenta los días inhábiles del calendario oficial.
- Preparar la documentación: reunir los documentos acreditativos de requisitos (grupo, antigüedad, situación administrativa) y de méritos, especialmente los vinculados a las competencias del nuevo Marco Competencial de marzo de 2026.
- Presentar la solicitud electrónicamente: la presentación es exclusivamente electrónica. Asegurarse de disponer de certificado digital o sistema de identificación válido en la sede electrónica del INAP.
- Planificar la preparación: dado que el nuevo Marco Competencial orienta la selección hacia competencias específicas de la función inspectora, revisar los criterios de valoración publicados en la convocatoria y preparar la candidatura en consecuencia.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio superar el curso del INAP para ser inspector de servicios en la AGE?
Sí. La superación del XI Curso sobre la función inspectora convocado por el INAP es un requisito legal obligatorio para ocupar puestos de inspector de servicios en la Administración General del Estado, según lo establecido en el Real Decreto 799/2005. Sin este curso superado, no es posible acceder a dichos puestos aunque se reúnan otros méritos.
¿Cuántas plazas hay y cuál es el plazo para solicitar el XI Curso del INAP?
La convocatoria ofrece 40 plazas en total, con una reserva mínima del 40% para mujeres (al menos 16 plazas). El plazo de solicitud es de 15 días hábiles desde la publicación de la resolución, el 1 de agosto de 2026. La solicitud debe presentarse exclusivamente de forma electrónica, acompañada de la documentación acreditativa de requisitos y méritos.
¿Qué requisitos hay que cumplir para participar en el curso de inspector de servicios del INAP 2026?
Los requisitos son: pertenecer al grupo A, subgrupo A1 de la función pública; acreditar al menos 5 años de servicios en administraciones públicas; y encontrarse en situación de servicio activo o asimilada en el momento de la solicitud.
¿Qué cambia en el XI Curso respecto a ediciones anteriores?
La principal novedad es la incorporación del nuevo Marco Competencial aprobado en marzo de 2026. Esto implica que la selección de candidatos se orienta ahora hacia competencias específicas de la función inspectora, y no solo hacia criterios generales de antigüedad o mérito. Los candidatos deben preparar su candidatura teniendo en cuenta este nuevo enfoque competencial.
¿Cómo se presenta la solicitud para el curso de inspector de servicios del INAP?
La solicitud debe presentarse exclusivamente de forma electrónica, dentro del plazo de 15 días hábiles desde el 1 de agosto de 2026. Debe acompañarse de la documentación acreditativa tanto de los requisitos de participación (grupo A1, antigüedad mínima de 5 años, situación administrativa) como de los méritos que se aleguen.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16839