Energía

Hibridación solar-eólica en Toledo: Iberdrola suma 30,9 MW fotovoltaicos a Sierra del Romeral

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Equipo Editorial CambiosLegales
15 Jun 2026 7 min 12 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 4 de mayo de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación11 de junio de 2026
Entrada en vigor11 de junio de 2026
PromotorIberdrola Renovables de Castilla-La Mancha, SA
UbicaciónVillacañas (Toledo)
Potencia módulo fotovoltaico30,933 MW instalados
Potencia parque eólico existente31,45 MW instalados
Potencia híbrida en punto de conexión40 MW (límite máximo)
CategoríaEnergía
Expediente iniciadoNoviembre de 2022
DIA favorableFebrero de 2026
Fuente oficialBOE-A-2026-12702
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Iberdrola Renovables de Castilla-La Mancha tiene luz verde para convertir el parque eólico Sierra del Romeral en una instalación híbrida solar-eólica de 40 MW en el punto de conexión. La Resolución de 4 de mayo de 2026, publicada en el BOE el 11 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12702), otorga la autorización administrativa previa para el módulo solar fotovoltaico «Hibridación Sierra del Romeral», de 30,933 MW de potencia instalada.

El expediente arrancó en noviembre de 2022 y ha superado consultas a más de veinte organismos, culminando con una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable en febrero de 2026. Esta autorización previa es el primer paso formal: aún quedan la autorización de construcción y la puesta en marcha.

30,933 MW
Potencia fotovoltaica nueva a instalar
31,45 MW
Potencia del parque eólico existente
40 MW
Límite de potencia en el punto de conexión
+20 organismos
Consultados durante la tramitación

¿Qué establece esta normativa?

La resolución autoriza la hibridación del parque eólico Sierra del Romeral (31,45 MW) con un nuevo módulo fotovoltaico de 30,933 MW, resultando una instalación híbrida cuya potencia máxima en el punto de conexión queda fijada en 40 MW. Aunque la suma de ambas tecnologías supera los 62 MW instalados, la limitación en el punto de conexión es el elemento regulatorio clave: determina la capacidad real de inyección a la red.

La autorización está condicionada al cumplimiento de las siguientes obligaciones ambientales:

Condición ambientalDetalle
Pantalla vegetal perimetralMínimo 5 metros de anchura con especies autóctonas
Islas de vegetación arbustivaEntre el 5% y el 10% de la superficie total de la instalación
Restricción de pendienteProhibido instalar módulos en pendientes superiores al 12%
Plan de autoprotecciónElaboración obligatoria de un plan contra incendios forestales

Además, la hibridación permite reutilizar las infraestructuras de evacuación existentes del parque eólico, lo que evita la necesidad de construir nuevas líneas o subestaciones para una instalación independiente.

Impacto económico y operativo

La hibridación de instalaciones renovables es una de las estrategias más eficientes en costes del sector energético actual. Al compartir la infraestructura de evacuación ya amortizada del parque eólico Sierra del Romeral, Iberdrola evita los costes de conexión a red que supondría una planta fotovoltaica independiente de similar tamaño, que en proyectos de esta escala pueden representar una parte significativa de la inversión total.

Desde el punto de vista operativo, la limitación a 40 MW en el punto de conexión implica que la generación combinada de viento y sol nunca podrá superar ese umbral de inyección simultánea. Esto obliga a gestionar la complementariedad horaria de ambas fuentes: el viento genera preferentemente en horas nocturnas y de invierno, mientras que la solar lo hace en horas diurnas y verano, lo que maximiza el factor de utilización del punto de conexión.

El expediente, iniciado en noviembre de 2022, ha tardado más de tres años en obtener la autorización previa, lo que ilustra los plazos reales de tramitación para proyectos de hibridación de esta envergadura en España.

¿A quién afecta?

  • Iberdrola Renovables de Castilla-La Mancha, SA: promotora directa, obligada a cumplir todas las condiciones ambientales y a completar los trámites de autorización de construcción y puesta en marcha.
  • Administración local de Villacañas (Toledo): municipio donde se ubica la instalación, con implicaciones en ordenación del territorio y protección contra incendios forestales.
  • Promotores de energías renovables que estudien proyectos de hibridación: esta resolución es un precedente relevante sobre condiciones ambientales exigibles y plazos de tramitación.
  • Consultoras y asesoras de proyectos energéticos que tramiten autorizaciones ante la Dirección General de Política Energética y Minas.
  • Operadores de parques eólicos existentes que evalúen añadir generación fotovoltaica para optimizar sus puntos de conexión.

Ejemplo práctico

Un promotor que opere un parque eólico de 30 MW con punto de conexión a 40 MW puede plantearse una hibridación similar a la de Sierra del Romeral. Con los datos de esta resolución como referencia, el esquema sería el siguiente:

  • Instala un módulo fotovoltaico de hasta ~30 MW de potencia instalada.
  • La potencia combinada en el punto de conexión queda limitada a los 40 MW ya contratados: no necesita ampliar el acceso a red.
  • Debe prever una pantalla vegetal perimetral de al menos 5 metros con especies autóctonas, reservar entre el 5% y el 10% de la superficie para islas arbustivas, evitar zonas con pendiente superior al 12% y elaborar un plan de autoprotección contra incendios forestales.
  • El expediente de autorización previa puede requerir más de tres años de tramitación, según el precedente de Sierra del Romeral (noviembre 2022 - mayo 2026).

Este modelo permite al promotor incrementar su generación anual sin coste adicional de acceso a red, mejorando la rentabilidad del punto de conexión existente.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Si eres Iberdrola Renovables de Castilla-La Mancha: inicia los trámites para la autorización de construcción, que es el siguiente paso obligatorio tras esta autorización previa. Sin ella, la instalación no puede ejecutarse.
  2. Si operas un parque eólico con capacidad de evacuación disponible: evalúa la viabilidad técnica y económica de una hibridación fotovoltaica. Esta resolución confirma que la Dirección General de Política Energética y Minas autoriza este modelo con condiciones ambientales definidas.
  3. Si tramitas proyectos de hibridación: incorpora desde el diseño las cuatro condiciones ambientales de esta resolución (pantalla vegetal de 5 m, islas arbustivas del 5-10%, pendiente máxima del 12%, plan de autoprotección) para anticipar los requisitos de la DIA.
  4. Si asesoras a promotores renovables: usa los plazos reales de este expediente (más de 3 años desde inicio hasta autorización previa) para planificar cronogramas de proyecto realistas.
  5. Si eres administración local en zona de influencia: revisa los instrumentos de planificación territorial y de protección contra incendios forestales para coordinar con el plan de autoprotección que deberá elaborar el promotor.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una instalación híbrida solar-eólica y cómo funciona el límite de 40 MW?

Una instalación híbrida combina dos tecnologías de generación renovable (en este caso, eólica y fotovoltaica) que comparten el mismo punto de conexión a la red eléctrica. En el caso de Sierra del Romeral, la potencia instalada total suma más de 62 MW (31,45 MW eólicos + 30,933 MW fotovoltaicos), pero la potencia máxima que puede inyectarse simultáneamente a la red queda limitada a 40 MW. Esto significa que cuando ambas fuentes generan a plena capacidad al mismo tiempo, el sistema debe gestionar el excedente o reducir la producción de alguna de ellas.

¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse una autorización previa de hibridación como esta?

El expediente de Sierra del Romeral se inició en noviembre de 2022 y la autorización previa se otorgó mediante resolución de 4 de mayo de 2026, lo que supone más de tres años de tramitación. Durante ese periodo se consultaron más de veinte organismos y se obtuvo la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable en febrero de 2026. Este plazo es orientativo para proyectos de hibridación de envergadura similar.

¿Qué condiciones ambientales exige la DIA para este tipo de proyectos?

La Declaración de Impacto Ambiental favorable de febrero de 2026 impone cuatro condiciones principales: (1) pantalla vegetal perimetral de al menos 5 metros de anchura con especies autóctonas; (2) islas de vegetación arbustiva que ocupen entre el 5% y el 10% de la superficie total; (3) prohibición de instalar módulos fotovoltaicos en zonas con pendiente superior al 12%; y (4) elaboración de un plan de autoprotección contra incendios forestales.

¿La autorización previa ya permite construir y operar la instalación?

No. La autorización administrativa previa es solo el primer paso del proceso. Para poder construir la instalación, Iberdrola Renovables de Castilla-La Mancha debe obtener también la autorización de construcción. Posteriormente, tras la ejecución de las obras, será necesaria la autorización de puesta en marcha antes de que la planta híbrida pueda operar y verter energía a la red.

¿Qué ventaja tiene hibridar frente a construir una planta fotovoltaica independiente?

La hibridación permite aprovechar las infraestructuras de evacuación ya existentes del parque eólico Sierra del Romeral, evitando los costes y el impacto territorial de construir nuevas líneas de evacuación o subestaciones. Esto reduce la inversión necesaria y simplifica la tramitación administrativa, ya que no se requiere un nuevo punto de acceso a la red eléctrica.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-12702)

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12702



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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