Datos clave
| Normativa | Resolución de 25 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas |
|---|---|
| Publicación | 20 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | 20 de octubre de 2026 |
| Empresa autorizada | Iberdrola Renovables Aragón, SAU |
| Proyecto | BESS Hibridación FV Teruel |
| Potencia BESS autorizada | 27,64 MW |
| Planta solar existente | FV Teruel — 42,56 MW |
| Potencia híbrida total | 70,2 MW (a efectos administrativos y de permisos de red) |
| Ubicación | Azaila (Teruel) |
| Categoría | Energía |
| Ejercicio | 2026 |
El sector renovable tiene una nueva referencia regulatoria: la Dirección General de Política Energética y Minas ha otorgado a Iberdrola Renovables Aragón, SAU la autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto BESS Hibridación FV Teruel, un sistema de almacenamiento por baterías de 27,64 MW que se integrará con la planta fotovoltaica ya operativa FV Teruel (42,56 MW) en Azaila (Teruel). La resolución, publicada el 20 de octubre de 2026 en el BOE con referencia BOE-A-2026-21858, entra en vigor el mismo día de su publicación.
Lo relevante no es solo el proyecto en sí: es el modelo que valida. Hibridar almacenamiento con generación solar existente, aprovechando la infraestructura de evacuación ya operativa, se consolida como una vía regulatoriamente viable y sin declaración de impacto ambiental obligatoria.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución otorga dos autorizaciones simultáneas a Iberdrola Renovables Aragón:
- Autorización administrativa previa para el proyecto BESS Hibridación FV Teruel.
- Autorización administrativa de construcción para el mismo proyecto y para una parte de su infraestructura de evacuación.
Los elementos técnicos autorizados incluyen:
- Sistema de almacenamiento por baterías (BESS) de 27,64 MW de potencia instalada.
- Líneas subterráneas a 30 kV para la integración del sistema.
- Ampliación de la subestación existente vinculada a la planta FV Teruel.
- Aprovechamiento de las infraestructuras de evacuación ya operativas, sin necesidad de nueva conexión a red.
Un dato regulatorio relevante: el proyecto fue eximido de declaración de impacto ambiental al no encajar en los supuestos de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental. Esto simplifica significativamente el proceso administrativo y reduce los plazos de tramitación.
A efectos administrativos y de permisos de red, la potencia total de la instalación híbrida se computa en 70,2 MW (suma de los 42,56 MW solares y los 27,64 MW de almacenamiento).
Impacto económico y operativo
Para Iberdrola Renovables Aragón, la hibridación permite optimizar el retorno de la infraestructura de evacuación existente: en lugar de construir una nueva conexión a red para el BESS, se reutiliza la ya instalada para FV Teruel. Esto reduce costes de inversión en infraestructura y acorta plazos de puesta en marcha.
Desde el punto de vista del mercado eléctrico, añadir 27,64 MW de almacenamiento a una planta solar de 42,56 MW permite:
- Desplazar la generación a franjas horarias de mayor precio en el mercado mayorista.
- Reducir los vertidos de energía en momentos de baja demanda.
- Ofrecer servicios de flexibilidad y balance al operador del sistema (REE), con potencial de ingresos adicionales.
- Mejorar la firmeza de la capacidad declarada ante Red Eléctrica de España.
Para el conjunto del sector renovable, la resolución establece un precedente: la hibridación solar-BESS sobre infraestructura existente es tramitable sin declaración de impacto ambiental (bajo la Ley 21/2013) y con autorización administrativa directa de la Dirección General de Política Energética y Minas.
¿A quién afecta?
- Iberdrola Renovables Aragón, SAU: titular directo de la autorización y responsable de la ejecución del proyecto BESS Hibridación FV Teruel.
- Promotores de plantas fotovoltaicas existentes que estén evaluando añadir almacenamiento: esta resolución es una referencia de tramitación aplicable a proyectos similares.
- Desarrolladores de proyectos BESS en España: el modelo de hibridación con evacuación existente queda validado regulatoriamente.
- Asesores y consultores energéticos que acompañen procesos de autorización de almacenamiento: deben conocer los criterios aplicados en esta resolución.
- CFOs y directores de operaciones de empresas del sector renovable en Aragón y resto de España: impacto en planificación de inversiones y estrategia de activos.
- Operadores del mercado eléctrico que gestionen activos de generación solar con capacidad de hibridación.
Ejemplo práctico
Una empresa promotora que disponga de una planta fotovoltaica operativa de potencia similar a FV Teruel (en torno a 40-50 MW) y quiera añadir un sistema BESS puede tomar esta resolución como hoja de ruta:
- Si la planta ya cuenta con subestación e infraestructura de evacuación operativa, no necesita solicitar una nueva conexión a red para el BESS: puede tramitar la hibridación sobre la conexión existente.
- Si el proyecto BESS no supera los umbrales de la Ley 21/2013, puede quedar eximido de declaración de impacto ambiental, reduciendo el plazo y coste de tramitación.
- La potencia total a declarar ante la administración y Red Eléctrica será la suma de la potencia solar más la del BESS: en el caso de Iberdrola, 42,56 MW + 27,64 MW = 70,2 MW.
- La infraestructura adicional autorizada incluye líneas subterráneas a 30 kV y ampliación de subestación, elementos que deben contemplarse en el proyecto de construcción.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar el portfolio de plantas solares existentes para identificar cuáles tienen infraestructura de evacuación con capacidad disponible susceptible de hibridación con BESS.
- Analizar si los proyectos BESS previstos quedan fuera del ámbito de la Ley 21/2013 para determinar si pueden tramitarse sin declaración de impacto ambiental, reduciendo plazos y costes.
- Preparar la documentación técnica (potencia BESS, líneas de evacuación, ampliación de subestación) siguiendo el modelo de tramitación validado en esta resolución ante la Dirección General de Política Energética y Minas.
- Calcular la potencia híbrida total (generación + almacenamiento) para la solicitud de permisos de red ante Red Eléctrica de España, tal como establece esta resolución (70,2 MW en el caso de referencia).
- Consultar con asesores especializados en regulación energética para verificar que el proyecto concreto cumple los requisitos aplicados en BOE-A-2026-21858 y puede acogerse al mismo modelo de tramitación.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el proyecto BESS Hibridación FV Teruel y qué potencia tiene autorizada?
Es un sistema de almacenamiento por baterías (BESS) de 27,64 MW de potencia instalada promovido por Iberdrola Renovables Aragón, SAU, en Azaila (Teruel). Se hibridará con la planta fotovoltaica existente FV Teruel (42,56 MW), alcanzando una potencia híbrida total de 70,2 MW a efectos administrativos y de permisos de red.
¿Necesita este proyecto declaración de impacto ambiental?
No. La resolución de 25 de septiembre de 2026 exime al proyecto BESS Hibridación FV Teruel de declaración de impacto ambiental al no encajar en los supuestos establecidos por la Ley 21/2013 de evaluación ambiental. Esto simplifica y acelera la tramitación administrativa.
¿Puede un promotor solar reutilizar su infraestructura de evacuación existente para un BESS?
Sí, y esta resolución lo valida expresamente. El proyecto BESS Hibridación FV Teruel aprovecha las infraestructuras de evacuación ya operativas de la planta FV Teruel, sin necesidad de una nueva conexión a red. La infraestructura adicional autorizada se limita a líneas subterráneas a 30 kV y ampliación de la subestación existente.
¿Cómo se computa la potencia total de una instalación híbrida solar-BESS a efectos de permisos?
Según esta resolución, la potencia total de la instalación híbrida se calcula sumando la potencia de generación solar y la del sistema de almacenamiento. En el caso de referencia: 42,56 MW (FV Teruel) + 27,64 MW (BESS) = 70,2 MW totales, que es la cifra que se declara a efectos administrativos y de permisos de red.
¿Qué organismo ha otorgado la autorización y cuándo entra en vigor?
La autorización ha sido otorgada por la Dirección General de Política Energética y Minas mediante resolución de 25 de septiembre de 2026, publicada en el BOE el 20 de octubre de 2026 (referencia BOE-A-2026-21858) y con entrada en vigor el mismo día de su publicación.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21858