Datos clave
| Normativa | Decisión de Ejecución (UE) 2026/2139 de la Comisión — CELEX:32026D2139 |
|---|---|
| Publicación | 29 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 25 de septiembre de 2026 |
| Afectados | Operadores ferroviarios, fabricantes de material rodante y autoridades ferroviarias en Suecia |
| Categoría | Normativa Europea |
| Norma de referencia | Reglamento (UE) n.º 1300/2014 (ETI-PRM) — accesibilidad ferroviaria |
| Base jurídica | Directiva (UE) 2016/797 sobre interoperabilidad del sistema ferroviario |
| Notificación | C(2026) 6692 |
Los fabricantes de trenes y operadores ferroviarios con actividad en Suecia tienen desde el 25 de septiembre de 2026 una regla diferente a la del resto de Europa en un aspecto técnico concreto: la posición del escalón de acceso y salida de los vehículos. La Comisión Europea ha aprobado mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2026/2139 la excepción solicitada por Suecia respecto al Reglamento (UE) n.º 1300/2014, que regula la accesibilidad en el sistema ferroviario europeo a través de las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad para Personas con Movilidad Reducida (ETI-PRM).
Esta decisión no es un cambio menor de formato: afecta directamente al diseño homologable de los vehículos que circulen por la red sueca y a la capacidad de esos mismos vehículos de cruzar fronteras hacia otros Estados miembros sin necesidad de adaptaciones adicionales.
¿Qué establece esta normativa?
El Reglamento (UE) n.º 1300/2014 establece los requisitos técnicos de accesibilidad que deben cumplir los vehículos ferroviarios en toda la Unión Europea. Entre esos requisitos figura la posición exacta del escalón de acceso y salida del vehículo, un parámetro técnico que afecta directamente al diseño del material rodante y a la accesibilidad para personas con movilidad reducida.
La Directiva (UE) 2016/797 sobre interoperabilidad del sistema ferroviario permite a los Estados miembros solicitar excepciones a estos requisitos en casos debidamente justificados. Suecia ha ejercido ese derecho, y la Comisión ha aprobado la excepción mediante esta Decisión de Ejecución.
| Aspecto | Estándar europeo general (ETI-PRM) | Situación en Suecia tras la excepción |
|---|---|---|
| Norma aplicable | Reglamento (UE) n.º 1300/2014 | Especificaciones nacionales suecas |
| Requisito sobre el escalón | Posición del escalón definida por ETI-PRM | Exenta de aplicar ese requisito concreto |
| Interoperabilidad transfronteriza | Plena compatibilidad con red UE | Posible limitación en ese aspecto técnico |
| Base jurídica de la excepción | — | Directiva (UE) 2016/797, art. de excepciones |
Impacto económico y operativo
Para los fabricantes de material rodante, esta excepción tiene dos lecturas posibles:
- Oportunidad de diseño: Los vehículos destinados exclusivamente al mercado sueco pueden diseñarse conforme a las especificaciones nacionales, sin necesidad de cumplir el requisito europeo sobre el escalón. Esto puede simplificar el proceso de homologación en Suecia y reducir costes de adaptación técnica para ese mercado concreto.
- Riesgo de interoperabilidad: Los vehículos diseñados bajo las especificaciones suecas pueden encontrar restricciones si se pretende operarlos en otros países de la UE donde el Reglamento (UE) n.º 1300/2014 se aplica en su totalidad. La excepción limita la libre circulación transfronteriza de ese material rodante en el aspecto técnico concreto del escalón de acceso.
Para los operadores ferroviarios que gestionen rutas internacionales con entrada o salida de Suecia, la diferencia normativa en este punto técnico puede generar costes adicionales de adaptación o certificación si los vehículos deben cumplir ambos estándares (el sueco y el europeo general).
Para las autoridades ferroviarias suecas, la excepción implica mantener y aplicar un marco técnico propio para este requisito, con la carga administrativa y de supervisión que eso conlleva.
¿A quién afecta?
- Fabricantes de material rodante que diseñen, certifiquen u homologuen vehículos ferroviarios para operar en Suecia.
- Operadores ferroviarios con rutas que incluyan territorio sueco, especialmente en servicios transfronterizos con otros países de la UE.
- Autoridades ferroviarias suecas responsables de la supervisión y certificación del material rodante en su red.
- Empresas de ingeniería y consultoría ferroviaria que asesoren en procesos de homologación o interoperabilidad en el mercado sueco.
- Importadores y distribuidores de componentes ferroviarios cuyo producto incluya el sistema de escalón de acceso como elemento técnico regulado.
Ejemplo práctico
Un fabricante europeo de trenes regionales está desarrollando una nueva flota para un operador sueco. Sin la excepción aprobada por la Decisión (UE) 2026/2139, el fabricante estaría obligado a diseñar el escalón de acceso conforme a la posición exacta exigida por el Reglamento (UE) n.º 1300/2014, aunque esa posición no se adapte bien a la infraestructura de andenes de la red sueca.
Con la excepción en vigor, el fabricante puede diseñar el escalón conforme a las especificaciones nacionales suecas, facilitando la homologación local y evitando costosas adaptaciones técnicas. Sin embargo, si ese mismo fabricante quisiera después vender o ceder esos vehículos a un operador de otro país de la UE, debería verificar si el diseño del escalón cumple el estándar europeo general, ya que la excepción solo aplica en territorio sueco. En la práctica, esto puede significar que esos vehículos queden «vinculados» operativamente a la red sueca.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar los proyectos de material rodante activos para Suecia: Si tienes en curso el diseño o la homologación de vehículos para el mercado sueco, verifica si el requisito del escalón de acceso estaba siendo tratado conforme al ETI-PRM europeo o conforme a especificaciones nacionales. La excepción ya está en vigor desde el 25 de septiembre de 2026.
- Evaluar el impacto en la interoperabilidad transfronteriza: Si los vehículos diseñados para Suecia también deben operar en otros países de la UE, analiza si el diseño del escalón bajo especificaciones suecas cumple o no el estándar europeo general. De no cumplirlo, identifica qué adaptaciones serían necesarias.
- Actualizar los expedientes técnicos y de certificación: Los documentos de homologación de vehículos afectados deben reflejar la excepción aprobada y la normativa nacional sueca aplicable en lugar del requisito del Reglamento (UE) n.º 1300/2014.
- Consultar con las autoridades ferroviarias suecas: Para confirmar cuáles son exactamente las especificaciones nacionales que aplican en sustitución del requisito europeo eximido, y asegurarse de que el diseño las cumple.
- Informar a los equipos de compras y contratos: Si eres operador ferroviario y tienes contratos de adquisición de material rodante en curso, verifica si las cláusulas técnicas hacen referencia al Reglamento (UE) n.º 1300/2014 en este punto concreto y si deben actualizarse.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente el requisito del escalón del que queda exenta Suecia?
El Reglamento (UE) n.º 1300/2014 (ETI-PRM) establece la posición exacta que debe tener el escalón de acceso y salida de los vehículos ferroviarios, como parte de los requisitos de accesibilidad para personas con movilidad reducida. Suecia queda exenta de aplicar ese requisito concreto de posicionamiento del escalón, pudiendo aplicar en su lugar las especificaciones técnicas nacionales suecas.
¿Desde cuándo está en vigor la excepción para Suecia?
La excepción está en vigor desde el 25 de septiembre de 2026, fecha de adopción de la Decisión de Ejecución (UE) 2026/2139 de la Comisión. La decisión fue publicada el 29 de septiembre de 2026 y notificada con el número C(2026) 6692.
¿Pueden los trenes diseñados bajo la excepción sueca circular por otros países de la UE?
La excepción aprobada puede limitar la interoperabilidad transfronteriza de los vehículos afectados. Los trenes diseñados conforme a las especificaciones nacionales suecas (en lugar del estándar ETI-PRM europeo) pueden encontrar restricciones para circular en otros países de la UE donde el Reglamento (UE) n.º 1300/2014 se aplica íntegramente. Cada caso debe analizarse individualmente con las autoridades competentes.
¿Qué base jurídica ampara esta excepción?
La base jurídica es la Directiva (UE) 2016/797 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre interoperabilidad del sistema ferroviario, que prevé la posibilidad de que los Estados miembros soliciten excepciones a los requisitos técnicos en casos debidamente justificados. Suecia ejerció ese derecho y la Comisión lo aprobó mediante esta Decisión de Ejecución.
¿Afecta esta excepción a los contratos de compra de trenes ya firmados?
Potencialmente sí. Si los contratos de adquisición de material rodante para Suecia incluyen cláusulas técnicas que hacen referencia al cumplimiento del Reglamento (UE) n.º 1300/2014 en el punto del escalón de acceso, puede ser necesario revisar y actualizar esas cláusulas para reflejar la excepción aprobada y las especificaciones nacionales suecas aplicables. Se recomienda revisar los expedientes contractuales en curso.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=CELEX:32026D2139