Agricultura y Pesca

75,7 M€ para riego en Mancha Oriental: qué cambia para los regantes de Albacete y Cuenca

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Equipo Editorial CambiosLegales
20 Jun 2026 7 min 4 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 1 de junio de 2026, de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ)
Publicación20 de junio de 2026
Entrada en vigor20 de junio de 2026
AfectadosRegantes y agricultores de la Mancha Oriental integrados en la JCRMO (Albacete y Cuenca)
CategoríaAgricultura y Pesca
Ejercicio2026
Importe total de las obrasMás de 75,7 millones de euros (con IVA)
Superficie afectadaUnas 9.000 hectáreas de regadío
Reducción de extracción subterránea35 hm³ anuales sustituidos por agua superficial
Fuente de financiaciónFondo de Restauración Ecológica y Resiliencia
Base legalArt. 125 Texto Refundido de la Ley de Aguas; Art. 11 Ley de Régimen Jurídico del Sector Público
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Los regantes integrados en la JCRMO asumen desde el 20 de junio de 2026 nuevas obligaciones de gestión sobre infraestructuras públicas de alto valor. La Resolución de 1 de junio de 2026 de la Confederación Hidrográfica del Júcar publica el convenio de encomienda de gestión que formaliza esta transferencia, amparada en el artículo 125 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y en el artículo 11 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

No se trata de una subvención ni de una ayuda directa al agricultor individual: es una asignación de responsabilidad operativa a la comunidad de regantes sobre infraestructuras financiadas con fondos públicos. Entender el alcance de esta encomienda es clave para anticipar costes de operación y obligaciones de mantenimiento.

75,7 M€
Valor total de las obras (con IVA) financiadas con el Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia
9.000 ha
Hectáreas de regadío afectadas en Albacete y Cuenca
35 hm³/año
Extracción subterránea del acuífero Mancha Oriental que se sustituye por agua superficial

¿Qué establece esta normativa?

El convenio formaliza una encomienda de gestión: la CHJ construye y financia las infraestructuras (segunda fase de sustitución de bombeos), y una vez ejecutadas las obras, las entrega a la JCRMO para que sea esta quien las mantenga, conserve y explote en el tiempo.

Los proyectos constructivos afectados corresponden a la terminación de la segunda fase de la sustitución de bombeos de la Mancha Oriental. El objetivo técnico es doble:

  • Objetivo principal: sustituir 35 hm³ anuales de extracción de agua subterránea del acuífero Mancha Oriental por agua superficial procedente del tramo III del Acueducto Tajo-Segura, contribuyendo al buen estado cuantitativo de esa masa de agua.
  • Beneficio secundario: reducir el consumo energético asociado a los sistemas de bombeo de los regadíos.

La financiación procede íntegramente del Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia, lo que implica que las obras son de titularidad pública aunque su gestión operativa recaiga sobre la comunidad de regantes.

Impacto económico y operativo

La encomienda de gestión no implica un desembolso directo por parte de los regantes para la construcción de las obras, que ya están financiadas con fondos públicos. Sin embargo, sí genera responsabilidades operativas y costes de mantenimiento continuados que la JCRMO deberá asumir una vez entregadas las infraestructuras.

Los principales vectores de impacto económico y operativo son:

  • Costes de mantenimiento y conservación: la JCRMO pasa a ser responsable del mantenimiento de infraestructuras valoradas en más de 75,7 M€, lo que implica dotaciones presupuestarias anuales para su conservación.
  • Reducción del coste energético: la sustitución de bombeos de extracción subterránea por agua superficial del Acueducto Tajo-Segura reduce el consumo eléctrico de los sistemas de riego, con un impacto positivo en la factura energética de los regantes.
  • Mejora de la disponibilidad hídrica: las 9.000 hectáreas afectadas en Albacete y Cuenca acceden a una fuente de agua más estable y regulada, reduciendo la dependencia del acuífero y los riesgos asociados a restricciones por sobreexplotación.
  • Cumplimiento ambiental: la reducción de 35 hm³ anuales de extracción subterránea mejora el estado cuantitativo del acuífero Mancha Oriental, lo que puede traducirse en menor presión regulatoria sobre los derechos de uso del agua de los regantes integrados en la JCRMO.

¿A quién afecta?

  • Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental (JCRMO): es la entidad que asume directamente la encomienda de gestión y, por tanto, las obligaciones de mantenimiento, conservación y explotación de las nuevas infraestructuras.
  • Regantes y agricultores integrados en la JCRMO con fincas en las provincias de Albacete y Cuenca dentro del ámbito de las 9.000 hectáreas afectadas.
  • Gestores y directivos de la JCRMO: deberán planificar la capacidad técnica y presupuestaria para asumir la operación de las nuevas infraestructuras.
  • Asesores agrícolas y técnicos de riego que presten servicios a explotaciones en la Mancha Oriental y deban actualizar los planes de gestión hídrica de sus clientes.

Ejemplo práctico

Una explotación agrícola de 50 hectáreas de regadío en Albacete, integrada en la JCRMO y actualmente dependiente de bombeos de extracción subterránea del acuífero Mancha Oriental, se verá afectada de la siguiente forma:

  • Una vez ejecutadas las obras de la segunda fase, su sistema de riego pasará a abastecerse con agua superficial del tramo III del Acueducto Tajo-Segura en lugar de agua extraída del acuífero.
  • El coste energético de bombeo se reducirá, ya que el agua superficial requiere menor presión de extracción que la subterránea.
  • La JCRMO, como entidad gestora de las infraestructuras, será responsable de su mantenimiento y conservación. Este coste se repercutirá previsiblemente entre los regantes integrados a través de las cuotas o derramas de la comunidad.
  • La explotación se beneficiará de una mayor seguridad jurídica en el acceso al agua, al reducirse la presión sobre el acuífero y el riesgo de restricciones por sobreexplotación.

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¿Qué deben hacer los regantes ahora?

  1. Verificar la integración en la JCRMO: confirmar si la explotación está dentro del ámbito territorial y de la comunidad de regantes afectada por el convenio (Albacete y Cuenca, unas 9.000 ha).
  2. Contactar con la JCRMO: solicitar información sobre el calendario de ejecución de las obras de la segunda fase y la fecha prevista de entrega de las infraestructuras a la comunidad.
  3. Revisar el plan de gestión hídrica: actualizar los planes de uso del agua para incorporar el suministro desde el tramo III del Acueducto Tajo-Segura y reducir la dependencia del acuífero.
  4. Anticipar el impacto en cuotas: preguntar a la JCRMO cómo se repercutirán los costes de mantenimiento y conservación de las nuevas infraestructuras entre los regantes integrados.
  5. Evaluar el ahorro energético: estimar la reducción de la factura eléctrica asociada al menor uso de bombeos de extracción subterránea, para incorporarla a la planificación económica de la explotación.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto valen las obras que asume la JCRMO con esta encomienda?

Las infraestructuras de la segunda fase de sustitución de bombeos de la Mancha Oriental suman más de 75,7 millones de euros con IVA, financiados con el Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia. La JCRMO no paga la construcción, pero asume el mantenimiento, conservación y explotación una vez entregadas las obras.

¿Cuántas hectáreas y en qué provincias afecta este convenio?

El convenio afecta a unas 9.000 hectáreas de regadío ubicadas en las provincias de Albacete y Cuenca, dentro del ámbito de la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental.

¿Qué volumen de agua subterránea se deja de extraer con estas obras?

El objetivo es sustituir 35 hm³ anuales de extracción subterránea del acuífero Mancha Oriental por agua superficial procedente del tramo III del Acueducto Tajo-Segura, contribuyendo al buen estado cuantitativo de esa masa de agua.

¿Cuándo entra en vigor este convenio de encomienda de gestión?

El convenio fue publicado en el BOE el 20 de junio de 2026 y entró en vigor en esa misma fecha. La Resolución que lo publica es de 1 de junio de 2026 y está firmada por la Confederación Hidrográfica del Júcar.

¿Qué base legal ampara esta encomienda de gestión a la JCRMO?

El convenio se ampara en el artículo 125 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y en el artículo 11 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que regulan la encomienda de gestión entre administraciones y entidades del sector público.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-13445



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