Datos clave
| Normativa | Resolución de 4 de junio de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 14 de abril de 2026 |
|---|---|
| Publicación | 10 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 10 de junio de 2026 (aplicación inmediata para toda la campaña 2026) |
| Afectados | Buques pesqueros españoles autorizados para campañas científicas voluntarias en 2026 |
| Categoría | Agricultura y Pesca |
| Ejercicio | 2026 |
| Stocks incorporados | 17 stocks en total |
| Norma modificada | Resolución de 14 de abril de 2026 (distribución anual de cuotas para fines científicos) |
| Base legal de exclusión | Artículo 4.6 de la Orden APA/441/2023 |
| Recurso | Alzada ante el Ministro en el plazo de un mes |
Los buques pesqueros españoles que participan en campañas científicas voluntarias en 2026 tienen desde el 10 de junio una nueva distribución de cuotas de captura. La Resolución de 4 de junio de 2026 de la Secretaría General de Pesca modifica la distribución aprobada el 14 de abril de 2026, completando la asignación de kilogramos pendiente tras verificar el estado de superación de cuotas en determinados stocks.
La modificación es de aplicación inmediata y afecta a toda la campaña 2026. No hay periodo transitorio: los cambios rigen desde el mismo día de publicación en el BOE.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución de abril de 2026 estableció la distribución anual del porcentaje de capturas para fines científicos en el marco de las campañas científicas autorizadas. Sin embargo, quedaron stocks pendientes de distribución, bien porque era necesario verificar previamente si algún buque había superado su cuota, bien por otras circunstancias administrativas.
La resolución de junio de 2026 completa esa distribución con los siguientes elementos clave:
- 17 stocks incorporados a la distribución de cuotas científicas para 2026.
- Asignación de kilogramos específicos a cada buque autorizado para campañas científicas voluntarias.
- Exclusión de buques con cuotas superadas en los stocks ANF/8ABDE, HKE y SOL/8AB, conforme al artículo 4.6 de la Orden APA/441/2023.
- Restricción sobre el stock SBR/678: únicamente puede capturarse como especie accesoria, quedando prohibida la pesca dirigida a este stock.
| Stock | Situación | Observación |
|---|---|---|
| ANF/8ABDE | Cuota superada verificada | Buques con superación quedan excluidos de la distribución |
| HKE | Cuota superada verificada | Buques con superación quedan excluidos de la distribución |
| SOL/8AB | Cuota superada verificada | Buques con superación quedan excluidos de la distribución |
| SBR/678 | Restricción de modalidad | Solo captura accesoria; prohibida la pesca dirigida |
La norma que se modifica es la Resolución de 14 de abril de 2026. La nueva resolución no la deroga, sino que la completa añadiendo los stocks y asignaciones que quedaban pendientes.
Impacto económico y operativo
Para los armadores y patrones de buques pesqueros que participan en campañas científicas voluntarias, esta resolución tiene consecuencias operativas directas e inmediatas:
- Acceso a nuevas cuotas: Los buques que no hayan superado sus cuotas en los stocks afectados reciben ahora asignaciones concretas en kilogramos para 17 stocks. Esto amplía las posibilidades de captura legal en el marco de las campañas científicas de 2026.
- Exclusión sin recurso inmediato: Los buques que hayan superado cuotas en ANF/8ABDE, HKE o SOL/8AB quedan excluidos de la distribución por imperativo del artículo 4.6 de la Orden APA/441/2023. Esta exclusión no es discrecional: es automática una vez verificada la superación.
- Restricción operativa en SBR/678: Los buques que operen en zonas donde se encuentre el stock SBR/678 deben asegurarse de que cualquier captura de esta especie sea registrada como accesoria. La pesca dirigida a este stock está prohibida en el marco de las campañas científicas 2026.
- Vigencia inmediata: No hay margen de adaptación. La resolución es aplicable desde el 10 de junio de 2026 para toda la campaña, lo que implica que cualquier salida al mar posterior a esa fecha debe ajustarse ya a las nuevas asignaciones.
¿A quién afecta?
- Buques pesqueros españoles autorizados para participar en campañas científicas voluntarias en 2026.
- Armadores y patrones de buques con asignaciones en los 17 stocks incorporados.
- Buques con cuotas superadas en ANF/8ABDE, HKE o SOL/8AB: afectados por la exclusión automática de la nueva distribución.
- Buques que operen en zonas del stock SBR/678: afectados por la restricción de modalidad de captura.
- Gestores de flota y responsables de cumplimiento de empresas pesqueras que participan en programas de investigación científica.
Ejemplo práctico
Un buque pesquero español autorizado para campañas científicas voluntarias en 2026 opera habitualmente en zonas donde se encuentran los stocks HKE (merluza) y ANF/8ABDE (rape). Durante la primera parte de la campaña, el buque ha superado la cuota asignada para ambos stocks.
Cuando la Secretaría General de Pesca verifica esta situación y publica la resolución de junio de 2026, ese buque queda automáticamente excluido de la distribución de kilogramos para HKE y ANF/8ABDE en los 17 stocks incorporados. No recibe asignación adicional para estos stocks, conforme al artículo 4.6 de la Orden APA/441/2023.
Si el mismo buque opera también en zonas donde se localiza el stock SBR/678, debe asegurarse de que cualquier captura de esta especie quede registrada como accesoria en el diario de pesca, nunca como especie objetivo de la campaña. De lo contrario, incurriría en una infracción de las condiciones de la autorización científica.
Por el contrario, un buque que no haya superado ninguna cuota en los stocks verificados sí recibirá la asignación de kilogramos correspondiente para los 17 stocks incorporados, pudiendo continuar su actividad en el marco de la campaña científica 2026.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Verificar el estado de cuotas de tu buque en los stocks ANF/8ABDE, HKE y SOL/8AB. Si hay superación, el buque queda excluido de la nueva distribución y no tiene asignación adicional para estos stocks en 2026.
- Consultar la asignación de kilogramos recibida para los 17 stocks incorporados en la resolución. Cada buque autorizado tiene una asignación específica: es imprescindible conocerla antes de la próxima salida al mar.
- Actualizar los procedimientos operativos para el stock SBR/678: asegurarse de que cualquier captura de esta especie se registre exclusivamente como accesoria en el diario de pesca y en los sistemas de declaración.
- Revisar la autorización de campaña científica del buque para confirmar que sigue vigente y que las nuevas asignaciones están correctamente reflejadas.
- Si consideras que la exclusión es incorrecta, tienes un plazo de un mes desde el 10 de junio de 2026 para presentar recurso de alzada ante el Ministro. Pasado ese plazo, la resolución es firme en vía administrativa.
Preguntas frecuentes
¿Qué stocks se han incorporado en la nueva distribución de cuotas científicas 2026?
La resolución de 4 de junio de 2026 incorpora 17 stocks en total a la distribución de cuotas de captura científica. Entre los stocks verificados por superación de cuota figuran ANF/8ABDE, HKE y SOL/8AB. El stock SBR/678 también se incorpora, pero con la restricción de que solo puede capturarse como especie accesoria, no como pesca dirigida.
¿Por qué mi buque puede quedar excluido de la distribución de cuotas científicas?
La exclusión se produce automáticamente cuando la Secretaría General de Pesca verifica que el buque ha superado su cuota en alguno de los stocks afectados (ANF/8ABDE, HKE o SOL/8AB). La base legal es el artículo 4.6 de la Orden APA/441/2023. No es una decisión discrecional: si hay superación verificada, la exclusión es obligatoria.
¿Puedo pescar el stock SBR/678 en una campaña científica en 2026?
Sí, pero únicamente como captura accesoria. La resolución de junio de 2026 prohíbe expresamente la pesca dirigida al stock SBR/678 en el marco de las campañas científicas autorizadas para 2026. Cualquier captura de esta especie debe registrarse como accesoria en el diario de pesca.
¿Cuándo entra en vigor esta modificación y hasta cuándo aplica?
La resolución entró en vigor el 10 de junio de 2026, fecha de su publicación en el BOE, y es de aplicación inmediata para toda la campaña 2026. No existe periodo transitorio: cualquier salida al mar posterior a esa fecha debe ajustarse ya a las nuevas asignaciones.
¿Cómo puedo recurrir si no estoy de acuerdo con la distribución de cuotas?
Puedes presentar recurso de alzada ante el Ministro en el plazo de un mes desde el 10 de junio de 2026. Pasado ese plazo sin recurso, la resolución adquiere firmeza en vía administrativa. El recurso debe dirigirse al Ministerio competente en materia de pesca.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12599