Normativa Europea

Corrección técnica AIFMD y UCITS 2026: qué deben revisar las gestoras de fondos

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Equipo Editorial CambiosLegales
22 Jul 2026 7 min 3 visitas

Datos clave

NormativaRectificativo a la Directiva (UE) 2024/927 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024, que modifica las Directivas 2011/61/UE (AIFMD) y 2009/65/CE (UCITS)
Publicación22 de julio de 2026
Entrada en vigorNo especificada en el rectificativo
AfectadosGestoras de fondos de inversión alternativos (FIA) y fondos UCITS en la Unión Europea
CategoríaNormativa Europea
Directivas modificadasDirectiva 2011/61/UE (AIFMD) y Directiva 2009/65/CE (UCITS)
Fuente oficialEUR-Lex — OJ:L_202690614
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Las gestoras de fondos de inversión alternativos y fondos UCITS que operen en la Unión Europea tienen un nuevo texto de referencia obligatorio: el rectificativo publicado el 22 de julio de 2026 corrige imprecisiones formales de la Directiva (UE) 2024/927, aprobada el 13 de marzo de 2024. Esta directiva original ya introdujo cambios de calado en cinco grandes áreas del marco normativo de la gestión de activos en Europa. Aunque las correcciones son de naturaleza técnica y no modifican el fondo de la norma, trabajar con un texto que contenga errores formales puede generar problemas de interpretación y cumplimiento ante los supervisores nacionales.

¿Qué establece esta normativa?

La Directiva (UE) 2024/927 modificó dos pilares fundamentales de la regulación de fondos en Europa: la AIFMD (Directiva 2011/61/UE), que regula los fondos de inversión alternativos, y la UCITS (Directiva 2009/65/CE), que regula los fondos de inversión colectiva armonizados. Los cinco bloques de cambios que introdujo la directiva original son:

Área reguladaQué cambió la Directiva 2024/927
Delegación de funcionesNuevas condiciones y límites para que las gestoras deleguen funciones de gestión en terceros, dentro y fuera de la UE
Gestión del riesgo de liquidezObligaciones reforzadas para que los fondos dispongan de herramientas y procedimientos de gestión del riesgo de liquidez
Declaraciones a efectos de supervisión (reporting)Nuevas obligaciones de reporte periódico ante los supervisores nacionales y europeos
Servicios de depositario y custodiaActualización de las condiciones para la prestación de servicios de depositario y custodia de activos del fondo
Concesión de préstamos por fondos alternativosPosibilidad regulada de que los fondos de inversión alternativos (FIA) otorguen préstamos directamente

El rectificativo publicado el 22 de julio de 2026 subsana imprecisiones formales del texto de la directiva original. No introduce nuevas obligaciones ni modifica los plazos de transposición ya establecidos para los Estados miembros en 2024. Sin embargo, el texto corregido pasa a ser la versión oficial de referencia, desplazando al texto original publicado en el Diario Oficial de la UE el 26 de marzo de 2024.

Impacto económico y operativo

Aunque un rectificativo de naturaleza técnica no genera nuevos costes directos, su impacto operativo es real para las gestoras:

  • Revisión de documentación interna: Cualquier política, procedimiento o manual que cite literalmente el texto de la Directiva 2024/927 debe ser revisado para comprobar si las correcciones afectan a los párrafos referenciados.
  • Riesgo de cumplimiento: Trabajar con el texto original no corregido puede generar discrepancias interpretativas frente al supervisor, especialmente en las áreas de delegación y reporting, donde la literalidad del texto importa.
  • Transposición nacional: Los Estados miembros que aún estén completando la transposición de la Directiva 2024/927 deben hacerlo sobre el texto rectificado, no sobre el original.
  • Concesión de préstamos por FIA: Las gestoras que estén estructurando vehículos de direct lending al amparo de la nueva regulación deben verificar que sus análisis legales se basan en el texto corregido.

¿A quién afecta?

  • Gestoras de fondos de inversión alternativos (FIA) autorizadas en cualquier Estado miembro de la UE bajo la AIFMD (Directiva 2011/61/UE)
  • Gestoras de fondos UCITS autorizadas bajo la Directiva 2009/65/CE
  • Depositarios y entidades de custodia que presten servicios a fondos FIA o UCITS en la UE
  • Asesores legales y de cumplimiento normativo que trabajen con gestoras de activos en la UE
  • Autoridades nacionales competentes en proceso de transposición de la Directiva 2024/927
  • Fondos alternativos que operen o planeen operar estrategias de direct lending (concesión directa de préstamos)

Ejemplo práctico

Una gestora española de fondos de inversión alternativos (FIA) ha estado adaptando sus procedimientos internos de gestión del riesgo de liquidez durante 2024 y 2025, tomando como base el texto de la Directiva 2024/927 publicado el 26 de marzo de 2024. Con la publicación del rectificativo el 22 de julio de 2026, el departamento de cumplimiento normativo debe:

  1. Descargar el texto corregido desde EUR-Lex y compararlo con el texto original.
  2. Identificar si alguna de las correcciones formales afecta a los artículos que regulan la gestión del riesgo de liquidez o la delegación de funciones, que son las áreas donde la gestora ha realizado cambios operativos.
  3. Actualizar los manuales internos y las políticas documentadas para que citen el texto rectificado como fuente de referencia.
  4. Comunicar el cambio al depositario del fondo, que también debe trabajar con el texto oficial corregido en lo relativo a sus obligaciones de custodia.

Este proceso, aunque no implica cambios de fondo en la estrategia del fondo, requiere tiempo de revisión legal y actualización documental que debe planificarse.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Descargar el texto rectificado: Obtener la versión corregida de la Directiva (UE) 2024/927 desde el Diario Oficial de la UE en EUR-Lex y sustituir cualquier referencia al texto original de 26 de marzo de 2024.
  2. Revisar la documentación interna: Identificar todos los documentos internos (políticas, procedimientos, manuales de cumplimiento) que citen literalmente artículos de la Directiva 2024/927 y verificar si las correcciones les afectan.
  3. Informar al equipo legal y de compliance: Asegurarse de que los responsables de cumplimiento normativo y los asesores externos trabajan con el texto oficial corregido, no con el original.
  4. Verificar la transposición nacional aplicable: Comprobar el estado de transposición de la Directiva 2024/927 en el Estado miembro donde opera la gestora, teniendo en cuenta que la transposición debe basarse en el texto rectificado.
  5. Revisar estructuras de direct lending: Las gestoras que estén desarrollando o ya operen estrategias de concesión de préstamos por FIA deben confirmar con su asesor legal que el análisis normativo se basa en el texto corregido.
  6. Actualizar registros ante el supervisor: Si alguna comunicación o registro ante la autoridad nacional competente hace referencia expresa al texto de la directiva, valorar si procede una actualización.

Preguntas frecuentes

¿Qué corrige exactamente el rectificativo a la Directiva (UE) 2024/927?

El rectificativo subsana imprecisiones formales del texto de la Directiva (UE) 2024/927, publicada originalmente el 26 de marzo de 2024. No modifica el fondo normativo ni introduce nuevas obligaciones: los cambios son de naturaleza técnica y afectan a la redacción formal del texto oficial. Las cinco áreas reguladas por la directiva original (delegación, liquidez, reporting, depositario y préstamos por FIA) no cambian en su contenido sustantivo.

¿Cuándo deben haber transpuesto los Estados miembros la Directiva 2024/927?

Los plazos de transposición de la Directiva (UE) 2024/927 fueron establecidos en 2024, conforme al propio texto de la directiva original. El rectificativo publicado el 22 de julio de 2026 no modifica esos plazos, pero los Estados miembros que aún estén completando la transposición deben hacerlo tomando como base el texto rectificado, no el original.

¿Pueden los fondos alternativos (FIA) conceder préstamos directamente tras esta directiva?

Sí. La Directiva (UE) 2024/927 introdujo la posibilidad regulada de que los fondos de inversión alternativos (FIA) otorguen préstamos directamente, una de las cinco grandes novedades de la norma. El rectificativo de julio de 2026 no altera esta habilitación, pero las gestoras que estructuren vehículos de direct lending deben asegurarse de que su análisis normativo se basa en el texto corregido y en la transposición nacional vigente en su Estado miembro.

¿Afecta este rectificativo a los fondos UCITS o solo a los fondos alternativos?

Afecta a ambos. La Directiva (UE) 2024/927 modificó tanto la AIFMD (Directiva 2011/61/UE), que regula los fondos de inversión alternativos, como la UCITS (Directiva 2009/65/CE), que regula los fondos de inversión colectiva armonizados. Por tanto, el rectificativo es relevante para gestoras de FIA y gestoras de UCITS por igual.

¿Qué ocurre si mi gestora sigue usando el texto original de la directiva y no el rectificado?

Trabajar con el texto original no corregido puede generar discrepancias interpretativas frente al supervisor nacional, especialmente en áreas donde la literalidad del texto es determinante, como la delegación de funciones o las obligaciones de reporting. Aunque el rectificativo no introduce sanciones específicas, el riesgo de cumplimiento normativo aumenta si la documentación interna y los procedimientos no se basan en la versión oficial vigente.

Fuente oficial

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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=OJ:L_202690614



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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