Sector Público

Convenio Murcia-Gobierno 2026: servicio telefónico 24/7 para víctimas de violencia de género

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Equipo Editorial CambiosLegales
24 oct 2026 7 min 2 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 15 de octubre de 2026, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género — Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Publicación BOE24 de octubre de 2026
Entrada en vigor9 de octubre de 2026
Afectados directosMujeres víctimas de violencia de género en la Región de Murcia
CategoríaSector Público
Marco normativoConvenio de Estambul, Ley Orgánica 1/2004, Ley Orgánica 10/2022, Pacto de Estado contra la Violencia de Género (renovado 2025)
Medidas del Pacto de Estado461 medidas de protección (ampliación aprobada en 2025)
FinanciaciónCompartida entre Administración General del Estado y Comunidad Autónoma de Murcia
Referencia BOEBOE-A-2026-22295
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La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia han formalizado un convenio de colaboración para garantizar el servicio telefónico de atención a víctimas de violencia de género en el territorio murciano. El acuerdo, publicado en el BOE del 24 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-22295), entró en vigor el 9 de octubre de 2026.

Este convenio no crea un servicio nuevo desde cero: formaliza y refuerza la colaboración interadministrativa necesaria para desplegar de forma efectiva en Murcia un servicio que ya existe a nivel estatal, garantizando su continuidad, financiación y coordinación operativa en el territorio.

24/7
Disponibilidad del servicio telefónico: todos los días, a cualquier hora
461
Medidas de protección del Pacto de Estado renovado en 2025
Gratuito
Sin coste para las víctimas que contacten con el servicio

¿Qué establece esta normativa?

El convenio regula la colaboración entre la Administración General del Estado —a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género— y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la prestación del servicio telefónico de información, atención y asesoramiento jurídico en materia de violencia contra las mujeres.

Los elementos esenciales del acuerdo son los siguientes:

  • Disponibilidad continua: el servicio opera 24 horas al día, 7 días a la semana, sin interrupciones.
  • Gratuidad y confidencialidad: las víctimas no asumen ningún coste y se garantiza la protección de su identidad.
  • Contenido del servicio: información jurídica, atención personalizada y orientación sobre los recursos disponibles en el territorio murciano.
  • Cobertura ampliada: además de las víctimas de violencia de género (Ley Orgánica 1/2004), el servicio da cobertura a víctimas de violencias sexuales conforme a la Ley Orgánica 10/2022.
  • Financiación compartida: los costes del servicio se distribuyen entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Murcia.
  • Coordinación administrativa: el convenio establece mecanismos de coordinación entre ambas administraciones para el despliegue efectivo del servicio en el territorio.

El marco normativo que sustenta este acuerdo incluye el Convenio de Estambul (Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer), la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, renovado en 2025 con una ampliación hasta 461 medidas de protección.

Impacto económico y operativo

Desde el punto de vista económico, el convenio implica un modelo de financiación compartida entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Murcia. El resumen publicado no detalla los importes exactos de cada parte, pero el esquema de cofinanciación es el mecanismo habitual en este tipo de convenios de colaboración interadministrativa.

Operativamente, el impacto se traduce en:

  • Para la Comunidad Autónoma de Murcia: obligación de coordinación administrativa, aportación de financiación y garantía de que el servicio se despliega de forma efectiva en el territorio regional.
  • Para la Administración General del Estado: supervisión del cumplimiento de los estándares de calidad y disponibilidad del servicio, y cofinanciación del mismo.
  • Para entidades del tercer sector y organizaciones de atención a víctimas en Murcia: el convenio refuerza el marco institucional en el que operan, con mayor certidumbre sobre la continuidad del servicio telefónico de referencia.

La renovación del Pacto de Estado en 2025, que amplió las medidas de protección de la cifra anterior hasta las 461 medidas vigentes, es el contexto político y presupuestario que da cobertura a este tipo de convenios bilaterales con las comunidades autónomas.

¿A quién afecta?

  • Mujeres víctimas de violencia de género en la Región de Murcia: beneficiarias directas del servicio telefónico gratuito y confidencial.
  • Víctimas de violencias sexuales en Murcia: también cubiertas por el servicio conforme a la Ley Orgánica 10/2022.
  • Administración Regional de Murcia: asume obligaciones de coordinación, cofinanciación y despliegue operativo del servicio.
  • Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género: parte firmante del convenio, responsable de la supervisión y cofinanciación estatal.
  • Entidades del tercer sector y servicios sociales en Murcia: el convenio refuerza el ecosistema de recursos al que el servicio telefónico deriva a las víctimas.
  • Profesionales jurídicos y de atención a víctimas: el servicio incluye asesoramiento jurídico, lo que implica la participación de perfiles especializados en su prestación.

Ejemplo práctico

Una mujer residente en Murcia que se encuentra en una situación de violencia de género puede llamar al servicio telefónico en cualquier momento —a las 3 de la madrugada de un domingo festivo, por ejemplo— y recibir atención inmediata sin coste alguno. El servicio le proporcionará información sobre sus derechos, orientación jurídica sobre los pasos a seguir (denuncia, orden de protección, recursos de acogida) y derivación a los recursos disponibles en su municipio dentro de la Región de Murcia.

Si la situación implica además una agresión sexual, el servicio también está habilitado para atenderla bajo el paraguas de la Ley Orgánica 10/2022, sin necesidad de que la víctima conozca qué normativa le aplica: el servicio cubre ambas situaciones de forma integrada.

Este modelo de atención es posible gracias al convenio de financiación compartida entre el Gobierno central y la Comunidad Autónoma de Murcia, que garantiza la sostenibilidad económica del servicio.

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¿Qué deben hacer las administraciones y entidades ahora?

  1. Comunidad Autónoma de Murcia: verificar que los mecanismos de coordinación administrativa previstos en el convenio están operativos desde el 9 de octubre de 2026, fecha de entrada en vigor.
  2. Servicios sociales y entidades de atención a víctimas en Murcia: actualizar sus protocolos de derivación para incluir el servicio telefónico como recurso de primer contacto disponible 24/7.
  3. Organizaciones del tercer sector en Murcia: revisar si sus actividades de atención a víctimas de violencias sexuales quedan integradas en el marco del convenio conforme a la Ley Orgánica 10/2022.
  4. Responsables de cumplimiento en entidades públicas murcianas: incorporar este convenio al mapa de obligaciones de coordinación interadministrativa en materia de violencia de género.
  5. Profesionales jurídicos: tener en cuenta la disponibilidad de este servicio de asesoramiento jurídico telefónico al orientar a víctimas sobre los primeros pasos a seguir.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor el convenio entre el Gobierno y Murcia para el servicio telefónico de violencia de género?

El convenio entró en vigor el 9 de octubre de 2026, aunque su publicación en el BOE se produjo el 24 de octubre de 2026 (referencia BOE-A-2026-22295). El servicio telefónico ya estaba operativo desde esa fecha.

¿Qué cubre exactamente el servicio telefónico de atención a víctimas en Murcia?

El servicio ofrece información, atención personalizada y asesoramiento jurídico en materia de violencia contra las mujeres. Está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, es completamente gratuito y confidencial. Además, cubre también a víctimas de violencias sexuales conforme a la Ley Orgánica 10/2022, no solo a víctimas de violencia de género en el sentido estricto de la Ley Orgánica 1/2004.

¿Quién financia el servicio telefónico de atención a víctimas de violencia de género en Murcia?

La financiación es compartida entre la Administración General del Estado —a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género— y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El convenio formaliza este modelo de cofinanciación y coordinación administrativa, aunque no se publican los importes exactos de cada parte en el resumen oficial.

¿Cuántas medidas incluye el Pacto de Estado contra la Violencia de Género renovado en 2025?

El Pacto de Estado contra la Violencia de Género fue renovado en 2025 con una ampliación que eleva el total de medidas de protección a 461. Este pacto renovado es el marco político y presupuestario que da cobertura a convenios bilaterales como el firmado con Murcia.

¿Las víctimas de agresiones sexuales en Murcia también pueden usar este servicio telefónico?

Sí. El convenio extiende expresamente la cobertura del servicio a víctimas de violencias sexuales conforme a la Ley Orgánica 10/2022, por lo que no se limita únicamente a situaciones de violencia de pareja o expareja reguladas por la Ley Orgánica 1/2004. Ambos tipos de víctimas pueden acceder al servicio de forma gratuita y confidencial.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22295



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