Datos clave
| Normativa | Resolución de 6 de agosto de 2026, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla para la prestación del servicio telefónico de información, atención y asesoramiento jurídico en materia de violencia contra las mujeres |
|---|---|
| Publicación BOE | 15 de agosto de 2026 |
| Entrada en vigor | 4 de agosto de 2026 |
| Partes firmantes | Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y Ciudad Autónoma de Melilla |
| Categoría | Sector Público |
| Marco normativo | Convenio de Estambul, Ley Orgánica 1/2004, Ley Orgánica 10/2022 |
| Plan asociado | Plan Conjunto plurianual contra la violencia hacia las mujeres 2023-2027 y Pacto de Estado aprobado en febrero de 2025 |
| Financiación | Ministerio de Igualdad a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género |
La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y la Ciudad Autónoma de Melilla han suscrito un convenio para garantizar la continuidad y calidad del servicio telefónico de información, atención y asesoramiento jurídico a mujeres víctimas de violencia de género en el territorio de Melilla. La Resolución de 6 de agosto de 2026 (BOE-A-2026-17829) publica formalmente este acuerdo, que entró en vigor el 4 de agosto de 2026.
Este convenio no es una novedad aislada: se enmarca en una arquitectura normativa consolidada que obliga a las administraciones públicas a garantizar acceso accesible y confidencial a servicios de atención a víctimas.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio regula la prestación del servicio telefónico de atención a víctimas de violencia de género en Melilla bajo los siguientes parámetros:
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Tipo de servicio | Telefónico, de información, atención y asesoramiento jurídico |
| Disponibilidad | 24 horas al día, 365 días al año |
| Prestaciones incluidas | Atención psicológica de emergencia y orientación jurídica |
| Carácter del servicio | Accesible y confidencial |
| Ámbito territorial | Ciudad Autónoma de Melilla |
| Marco legal habilitante | Convenio de Estambul, Ley Orgánica 1/2004, Ley Orgánica 10/2022 |
| Plan plurianual de referencia | Plan Conjunto contra la violencia hacia las mujeres 2023-2027 |
| Pacto de Estado | Renovado en febrero de 2025 |
| Financiación | Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género |
| Colaboración local | Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla |
Las leyes que sustentan este convenio imponen a las administraciones la obligación de proveer servicios de atención accesibles y confidenciales. La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual establecen el marco de derechos que este servicio materializa en Melilla.
Impacto económico y operativo
Desde el punto de vista de la administración local de Melilla, este convenio supone la garantía de financiación externa para un servicio de obligado cumplimiento normativo. Los costes operativos del servicio —personal especializado en atención psicológica y asesoramiento jurídico disponible ininterrumpidamente— corren a cargo del Ministerio de Igualdad a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, no de los presupuestos municipales de Melilla.
El convenio se integra en el Plan Conjunto plurianual 2023-2027, lo que implica una planificación financiera de medio plazo ya comprometida a nivel estatal. El Pacto de Estado renovado en febrero de 2025 refuerza la estabilidad presupuestaria de estos servicios hasta, al menos, el horizonte del plan.
Para las administraciones implicadas, el impacto operativo se traduce en:
- Obligación de mantener el servicio activo sin interrupciones (24h/365 días).
- Coordinación entre la administración estatal (financiación y supervisión) y la local (prestación territorial).
- Cumplimiento de los estándares de confidencialidad y accesibilidad exigidos por el Convenio de Estambul y las leyes orgánicas de referencia.
¿A quién afecta?
- Mujeres víctimas de violencia de género residentes en Melilla: destinatarias directas del servicio telefónico de atención, asesoramiento jurídico y apoyo psicológico de emergencia.
- Ciudad Autónoma de Melilla: administración co-firmante responsable de la prestación territorial del servicio.
- Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género: organismo estatal que financia y supervisa el cumplimiento del convenio.
- Ministerio de Igualdad: fuente de financiación del servicio a través de la Delegación.
- Profesionales del servicio: psicólogos, juristas y operadores del servicio telefónico que deben garantizar la disponibilidad 24h/365 días.
- Otras administraciones autonómicas y locales: este tipo de convenios sirve de referencia para la articulación de servicios similares en otros territorios bajo el mismo marco del Plan Conjunto 2023-2027.
Ejemplo práctico
Una mujer residente en Melilla que sufre una situación de violencia de género a las 3 de la madrugada de un domingo puede acceder al servicio telefónico garantizado por este convenio y recibir, en esa misma llamada, atención psicológica de emergencia para gestionar la crisis inmediata y orientación jurídica sobre las medidas de protección disponibles (órdenes de alejamiento, acceso a recursos de acogida, denuncia, etc.).
Este acceso es posible gracias a que el convenio obliga a que el servicio esté operativo las 24 horas del día, los 365 días del año, sin excepciones por festivos, fines de semana o turnos de guardia. La financiación estatal a través del Ministerio de Igualdad garantiza que la Ciudad Autónoma de Melilla pueda mantener este nivel de servicio sin depender exclusivamente de su presupuesto propio.
¿Qué deben hacer las administraciones ahora?
- Verificar la activación del servicio: la Ciudad Autónoma de Melilla debe confirmar que el servicio telefónico está operativo desde el 4 de agosto de 2026, fecha de entrada en vigor del convenio.
- Revisar los estándares de disponibilidad: comprobar que el servicio cumple el requisito de disponibilidad ininterrumpida (24h/365 días) exigido por el convenio y por las leyes orgánicas de referencia.
- Garantizar la confidencialidad: los protocolos de atención deben respetar los requisitos de confidencialidad establecidos en el Convenio de Estambul y en la Ley Orgánica 10/2022.
- Coordinar con la Delegación del Gobierno: establecer los canales de reporte y supervisión previstos en el convenio para el seguimiento del Plan Conjunto plurianual 2023-2027.
- Planificar en el horizonte 2023-2027: integrar este servicio en la planificación presupuestaria y operativa del período cubierto por el Plan Conjunto, teniendo en cuenta el Pacto de Estado renovado en febrero de 2025.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entró en vigor el convenio entre el Gobierno y Melilla para la atención a víctimas de violencia de género?
El convenio entró en vigor el 4 de agosto de 2026, aunque su publicación en el BOE se produjo el 15 de agosto de 2026 (referencia BOE-A-2026-17829).
¿Quién financia el servicio telefónico de atención a víctimas de violencia de género en Melilla?
La financiación corre a cargo del Ministerio de Igualdad a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género. La Ciudad Autónoma de Melilla actúa como administración colaboradora en la prestación territorial del servicio.
¿Qué servicios incluye el convenio de atención telefónica a víctimas de violencia de género en Melilla?
El servicio incluye información, asesoramiento jurídico y atención psicológica de emergencia. Debe estar disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, con carácter accesible y confidencial.
¿En qué marco normativo y de planificación se encuadra este convenio?
El convenio se enmarca en el Convenio de Estambul, la Ley Orgánica 1/2004 y la Ley Orgánica 10/2022. A nivel de planificación, se integra en el Plan Conjunto plurianual contra la violencia hacia las mujeres 2023-2027 y en el Pacto de Estado renovado en febrero de 2025.
¿Afecta este convenio a otras ciudades o comunidades autónomas?
Este convenio específico afecta exclusivamente a la Ciudad Autónoma de Melilla. No obstante, el marco del Plan Conjunto 2023-2027 y el Pacto de Estado de 2025 contemplan acuerdos similares con otras administraciones territoriales para garantizar servicios equivalentes en todo el territorio nacional.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-17829