Datos clave
| Normativa | Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con el Centro Superior de Formación Europa Sur |
|---|---|
| Publicación BOE | 30 de marzo de 2026 |
| Entrada en vigor | 23 de marzo de 2026 |
| Afectados | Deportistas de alto nivel y alto rendimiento en España |
| Entidades firmantes | Consejo Superior de Deportes y Centro Superior de Formación Europa Sur |
| Marco | Programa de Atención al Deportista |
| Categoría | Legislación Laboral |
| Ejercicio | 2026 |
Los deportistas de alto nivel y alto rendimiento en España cuentan desde el 23 de marzo de 2026 con un nuevo recurso de formación e inserción laboral. El Consejo Superior de Deportes ha suscrito un convenio con el Centro Superior de Formación Europa Sur en el marco del Programa de Atención al Deportista, con el objetivo de facilitar acciones conjuntas que ayuden a estos deportistas a desarrollar una carrera profesional paralela o posterior a su etapa deportiva.
Este acuerdo responde a una necesidad real y documentada: los deportistas de élite dedican la mayor parte de su tiempo y energía a su rendimiento deportivo, lo que dificulta su formación académica y su acceso al mercado laboral en condiciones equivalentes al resto de la población activa. El convenio busca reducir esa brecha.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución publica el convenio de colaboración entre el Consejo Superior de Deportes y el Centro Superior de Formación Europa Sur. El acuerdo define un marco de actuación conjunta con tres ejes principales:
- Orientación: Asesoramiento personalizado a deportistas de alto nivel y alto rendimiento sobre itinerarios formativos y profesionales compatibles con su actividad deportiva.
- Formación académica y profesional: Acciones formativas adaptadas a los horarios y exigencias de los deportistas de élite, facilitando la obtención de titulaciones o certificaciones que mejoren su empleabilidad.
- Apoyo en la búsqueda de empleo: Servicios de intermediación laboral y acompañamiento en el proceso de incorporación al mercado de trabajo, teniendo en cuenta las competencias adquiridas durante la carrera deportiva.
El convenio se enmarca en el Programa de Atención al Deportista, el programa público del Consejo Superior de Deportes que centraliza los apoyos institucionales a los deportistas de élite en España. Con este acuerdo, el Centro Superior de Formación Europa Sur pasa a formar parte de la red de entidades colaboradoras de dicho programa.
Impacto económico y operativo
Este convenio no genera costes directos para empresas privadas ni modifica obligaciones fiscales o laborales existentes. Su impacto es principalmente institucional y social, aunque tiene implicaciones prácticas para varios actores del ecosistema deportivo y empresarial:
- Para los deportistas beneficiarios: Acceso gratuito a servicios de orientación, formación y apoyo al empleo a través de una entidad colaboradora del programa público, sin coste adicional.
- Para las empresas que contraten deportistas de élite: Mayor disponibilidad de candidatos con formación profesional acreditada y competencias transversales desarrolladas en el deporte de alto rendimiento (liderazgo, disciplina, trabajo en equipo, gestión de la presión).
- Para el Centro Superior de Formación Europa Sur: Incorporación a la red oficial del Programa de Atención al Deportista, lo que supone reconocimiento institucional y acceso a un colectivo específico de usuarios.
No se han publicado datos sobre el importe económico del convenio ni sobre el número de deportistas beneficiarios previstos en la resolución disponible.
¿A quién afecta?
- Deportistas de alto nivel: Aquellos reconocidos oficialmente por el Consejo Superior de Deportes en virtud de sus resultados en competiciones internacionales de máximo nivel.
- Deportistas de alto rendimiento: Aquellos que, sin alcanzar la categoría de alto nivel, desarrollan su actividad en centros de tecnificación o programas de rendimiento reconocidos.
- Entidades deportivas y federaciones: Que pueden derivar a sus deportistas hacia los servicios del convenio como parte de su apoyo institucional.
- Empresas interesadas en contratar talento deportivo: Que podrán encontrar candidatos con formación específica y competencias validadas a través de este programa.
- Centros de formación y orientación laboral: Que compiten o colaboran en el ecosistema de servicios para deportistas de élite.
Ejemplo práctico
Un deportista de alto rendimiento en atletismo, de 26 años, que lleva varios años compitiendo a nivel nacional e internacional pero no ha podido completar su formación universitaria por incompatibilidad de horarios, puede acudir al Centro Superior de Formación Europa Sur como entidad colaboradora del Programa de Atención al Deportista.
A través del convenio, recibirá:
- Una sesión de orientación profesional que identifique sus competencias transferibles (disciplina, liderazgo, gestión del estrés) y las vincule a salidas profesionales concretas.
- Acceso a formación académica o profesional con horarios adaptados a sus entrenamientos y competiciones.
- Apoyo activo en la búsqueda de empleo cuando decida o se vea obligado a reducir su actividad deportiva, con intermediación ante empresas del sector privado.
Este itinerario, que antes dependía de la iniciativa individual del deportista, queda ahora institucionalizado y respaldado por un convenio público entre el Consejo Superior de Deportes y una entidad formativa reconocida.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Si gestionas recursos humanos en una empresa: Identifica si tu política de selección contempla el perfil de deportistas de alto nivel o alto rendimiento. Este convenio amplía la oferta de candidatos con formación acreditada y competencias diferenciales.
- Si diriges una entidad deportiva o federación: Informa a tus deportistas de alto nivel y alto rendimiento sobre la existencia del Programa de Atención al Deportista y de los nuevos servicios disponibles a través del Centro Superior de Formación Europa Sur.
- Si eres asesor laboral o de RRHH: Incorpora este convenio a tu mapa de recursos institucionales disponibles para clientes del sector deportivo o para empresas que quieran diversificar sus fuentes de captación de talento.
- Si eres el propio deportista afectado: Contacta con el Consejo Superior de Deportes o con el Centro Superior de Formación Europa Sur para conocer los servicios concretos disponibles bajo este convenio y los requisitos de acceso.
Preguntas frecuentes
¿A qué deportistas afecta el convenio del CSD con Europa Sur?
Afecta exclusivamente a deportistas de alto nivel y alto rendimiento en España, categorías reconocidas oficialmente que tienen dificultades para compaginar su carrera deportiva con su desarrollo profesional y académico.
¿Qué acciones concretas incluye el convenio de formación para deportistas élite?
El convenio incluye orientación, formación académica y profesional, y apoyo en la búsqueda de empleo, todas ellas adaptadas a las circunstancias específicas de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
¿Cuándo entra en vigor el convenio entre el CSD y el Centro Superior de Formación Europa Sur?
El convenio entró en vigor el 23 de marzo de 2026, fecha de su suscripción, aunque su publicación en el BOE se produjo el 30 de marzo de 2026.
¿Qué es el Programa de Atención al Deportista y cómo se relaciona con este convenio?
Es el programa público del Consejo Superior de Deportes que apoya a deportistas de élite en España. Este convenio con el Centro Superior de Formación Europa Sur amplía su red de entidades colaboradoras para ofrecer formación e inserción laboral.
¿Qué entidad gestiona la formación e inserción laboral de deportistas bajo este convenio?
El Centro Superior de Formación Europa Sur, en colaboración con el Consejo Superior de Deportes, es la entidad encargada de ejecutar las acciones de formación y apoyo a la inserción laboral de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficialAviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-7276