Datos clave
| Normativa | Resolución 430/38444/2026, de 28 de octubre, de la Subsecretaría del Ministerio de Defensa |
|---|---|
| Publicación | 4 de noviembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 4 de noviembre de 2026 |
| Afectados | Funcionarios civiles de carrera de la Administración General del Estado (AGE) |
| Categoría | Sector Público |
| Plazo de solicitud | 15 días hábiles desde la publicación (desde el 4 de noviembre de 2026) |
| Base legal | Artículo 20 de la Ley 30/1984 y Real Decreto 364/1995 |
| Canal de solicitud | Portal Funciona (vía telemática preferente, con certificado electrónico) |
| Permanencia mínima exigida | 2 años en el destino definitivo actual (con excepciones tasadas) |
| Fuente oficial | BOE-A-2026-23129 |
El Ministerio de Defensa activa su proceso de provisión de puestos vacantes con dotación presupuestaria para el ejercicio 2026. La Resolución 430/38444/2026, publicada el 4 de noviembre, convoca un concurso específico de méritos al amparo del artículo 20 de la Ley 30/1984 y el Real Decreto 364/1995. El plazo para actuar es corto: 15 días hábiles desde la publicación, y la vía preferente es telemática.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución convoca un concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes con dotación presupuestaria en el Ministerio de Defensa. Se trata del mecanismo ordinario de movilidad voluntaria para funcionarios civiles de carrera de la AGE.
Los aspectos clave que regula son los siguientes:
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Tipo de concurso | Concurso específico de méritos |
| Puestos convocados | Vacantes con dotación presupuestaria en el Ministerio de Defensa |
| Quién puede participar | Funcionarios civiles de carrera de la AGE en cualquier situación administrativa, salvo suspensión firme vigente |
| Requisito de permanencia | Mínimo 2 años en el destino definitivo actual, con excepciones tasadas |
| Plazo de solicitud | 15 días hábiles desde la publicación (4 de noviembre de 2026) |
| Vía de presentación | Preferentemente telemática a través del Portal Funciona con certificado electrónico |
| Principio de igualdad | Se incorpora el principio de igualdad de género conforme al IV Plan de Igualdad de la AGE, aprobado en octubre de 2025 |
La convocatoria incorpora expresamente el IV Plan de Igualdad de la Administración General del Estado, aprobado en octubre de 2025, lo que implica que los criterios de valoración y el procedimiento deben respetar las medidas de igualdad de género contempladas en dicho plan.
Impacto económico y operativo
Para los funcionarios civiles de carrera, este concurso representa una oportunidad real de movilidad hacia puestos con dotación presupuestaria garantizada dentro del Ministerio de Defensa. Los puestos convocados tienen respaldo económico confirmado, lo que elimina la incertidumbre habitual en procesos de provisión provisional.
Desde el punto de vista operativo, los impactos más relevantes son:
- Plazo muy ajustado: 15 días hábiles es un margen estrecho. Quien no tenga el certificado electrónico operativo o no conozca el Portal Funciona puede quedar fuera del proceso por razones puramente técnicas.
- Condición de permanencia: La exigencia de 2 años en el destino definitivo actual limita la participación de quienes hayan cambiado recientemente de puesto. Las excepciones existen pero son tasadas, es decir, están definidas de forma cerrada en la normativa.
- Situaciones administrativas: Pueden participar funcionarios en cualquier situación administrativa (activo, excedencia, servicios especiales...), salvo los que tengan una suspensión firme en vigor. Esto amplía el universo de candidatos potenciales.
¿A quién afecta?
- Funcionarios civiles de carrera de la Administración General del Estado que deseen cambiar de destino hacia el Ministerio de Defensa.
- Funcionarios ya destinados en Defensa que quieran optar a otros puestos vacantes dentro del mismo ministerio.
- Funcionarios en situación de excedencia u otras situaciones administrativas (distintas de suspensión firme vigente) que quieran reincorporarse a través de este concurso.
- Responsables de RRHH y unidades de personal de organismos de la AGE, que deben informar a sus funcionarios del plazo y del procedimiento.
Ejemplo práctico
Un funcionario civil de carrera del Cuerpo General Administrativo destinado actualmente en el Ministerio de Hacienda, con más de 2 años en su puesto definitivo actual, puede presentarse a este concurso para optar a una plaza vacante con dotación presupuestaria en el Ministerio de Defensa.
Para hacerlo, debe:
- Acceder al Portal Funciona con su certificado electrónico antes de que venzan los 15 días hábiles desde el 4 de noviembre de 2026.
- Verificar que cumple el requisito de permanencia mínima de 2 años en su destino definitivo actual (o que se encuentra en alguna de las excepciones tasadas).
- Comprobar que no se encuentra en situación de suspensión firme vigente.
- Presentar la solicitud telemáticamente, que es la vía preferente establecida por la convocatoria.
Si ese mismo funcionario llevara solo 18 meses en su destino definitivo actual, no podría participar salvo que su caso encaje en alguna de las excepciones tasadas previstas en la resolución.
¿Qué deben hacer los funcionarios ahora?
- Calcular el plazo exacto: Los 15 días hábiles empiezan el 4 de noviembre de 2026. Identifica la fecha límite real contando solo días hábiles (excluye sábados, domingos y festivos nacionales).
- Verificar el requisito de permanencia: Comprueba que llevas al menos 2 años en tu destino definitivo actual. Si no es así, revisa si tu situación encaja en alguna excepción tasada de la convocatoria.
- Revisar tu situación administrativa: Confirma que no tienes una suspensión firme vigente, que es la única causa de exclusión por situación administrativa.
- Activar el certificado electrónico: La vía preferente es el Portal Funciona con certificado electrónico. Si no lo tienes operativo, gestiona su renovación o emisión con urgencia.
- Consultar los puestos vacantes convocados: Accede a la resolución completa en el BOE (BOE-A-2026-23129) para identificar los puestos concretos incluidos en la convocatoria.
- Preparar la documentación de méritos: Al ser un concurso específico de méritos, reúne con antelación los documentos que acrediten tus méritos relevantes para los puestos a los que optes.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo para solicitar el concurso de méritos del Ministerio de Defensa 2026?
El plazo es de 15 días hábiles contados desde la publicación de la resolución, que tuvo lugar el 4 de noviembre de 2026. La solicitud debe presentarse preferentemente por vía telemática a través del Portal Funciona con certificado electrónico.
¿Qué permanencia mínima se exige para participar en el concurso de Defensa?
Se exige una permanencia mínima de 2 años en el destino definitivo actual. Existen excepciones tasadas recogidas en la propia resolución, pero fuera de esos supuestos concretos, no cumplir este requisito impide la participación.
¿Pueden participar funcionarios en excedencia en el concurso de méritos de Defensa?
Sí. Pueden participar funcionarios civiles de carrera en cualquier situación administrativa, incluida la excedencia, con una única excepción: los que tengan una suspensión firme vigente en el momento de presentar la solicitud quedan excluidos.
¿Cómo se presenta la solicitud para el concurso específico de Defensa?
La vía preferente es telemática a través del Portal Funciona, utilizando certificado electrónico. La convocatoria establece esta vía como preferente, por lo que se recomienda tener el certificado operativo antes de que venza el plazo de 15 días hábiles.
¿Qué normativa ampara este concurso de méritos del Ministerio de Defensa?
La convocatoria se ampara en el artículo 20 de la Ley 30/1984 y en el Real Decreto 364/1995, que regulan la provisión de puestos de trabajo en la Administración General del Estado. Además, incorpora el principio de igualdad de género conforme al IV Plan de Igualdad de la AGE, aprobado en octubre de 2025.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-23129