Datos clave
| Normativa | Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2128 de la Comisión |
|---|---|
| Publicación | 21 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en los datos disponibles |
| Afectados | Fabricantes de piensos, ganaderos y operadores del sector de alimentación animal en la UE |
| Categoría | Agricultura y Pesca |
| Aditivo autorizado | Aceite esencial de citronela obtenido de Cymbopogon nardus (L.) Rendle |
| Tipo de aditivo | Zootécnico o sensorial |
| Especies | Todas las especies animales |
Los fabricantes de piensos que utilizan o quieren incorporar aceite esencial de citronela tienen desde el 21 de septiembre de 2026 un marco regulatorio claro: el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2128 autoriza formalmente este ingrediente como aditivo en piensos para todas las especies animales. La norma no es una recomendación: es una autorización vinculante con condiciones técnicas de uso que deben cumplirse para operar legalmente en el mercado europeo.
La autorización llega tras la evaluación de seguridad realizada por la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria), que ha verificado que el aditivo es seguro para los animales, los consumidores y el medio ambiente. Esto abre la puerta a su uso comercial, pero también establece obligaciones concretas para el sector.
¿Qué establece esta normativa?
El reglamento regula el uso del aceite esencial obtenido de la planta Cymbopogon nardus (L.) Rendle —la especie botánica de la que se extrae la citronela— como aditivo en la fabricación de piensos destinados a cualquier especie animal.
Los puntos clave que establece la norma son:
- Autorización formal: el aceite esencial de citronela queda habilitado como aditivo de categoría zootécnica o sensorial en piensos.
- Condiciones de uso: los fabricantes deben respetar las dosis máximas y los parámetros técnicos fijados en el propio reglamento para cada tipo de uso (zootécnico o sensorial).
- Obligación de etiquetado: los operadores deben adaptar el etiquetado de sus productos para reflejar la presencia y las condiciones de uso del aditivo conforme a los requisitos técnicos establecidos.
- Evaluación previa de la EFSA: la seguridad del aditivo ha sido validada para animales, consumidores y medio ambiente, lo que da respaldo científico a la autorización.
- Verificación para usuarios previos: las empresas que ya incorporaban este aceite esencial en sus formulaciones deben comprobar que sus prácticas actuales se ajustan a los nuevos parámetros regulatorios.
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Ingrediente autorizado | Aceite esencial de citronela (Cymbopogon nardus L. Rendle) |
| Categoría de aditivo | Zootécnico o sensorial |
| Especies destinatarias | Todas las especies animales |
| Organismo evaluador | EFSA (seguridad para animales, consumidores y medio ambiente) |
| Obligaciones principales | Adaptar formulaciones, etiquetados y verificar cumplimiento de dosis |
| Riesgo por incumplimiento | Sanciones o retirada de productos del mercado |
Impacto económico y operativo
Para el sector de fabricación de piensos, esta norma tiene una doble lectura: oportunidad y obligación.
Por un lado, abre legalmente el mercado europeo al uso de un aditivo natural con propiedades sensoriales y zootécnicas que hasta ahora carecía de respaldo regulatorio formal. Esto puede traducirse en nuevas líneas de producto o en la diferenciación de gamas con ingredientes naturales, una tendencia creciente en el mercado de alimentación animal.
Por otro lado, genera costes operativos directos para cualquier empresa del sector:
- Revisión y reformulación de productos: los fabricantes que ya usaban citronela deben auditar sus formulaciones actuales frente a las dosis y condiciones del reglamento.
- Actualización de etiquetados: todos los productos que contengan este aditivo deben adaptar su etiquetado a los requisitos técnicos fijados, lo que implica costes de rediseño, validación y reimpresión.
- Documentación y trazabilidad: los operadores deben poder acreditar el cumplimiento de las condiciones de uso ante una inspección.
- Riesgo de retirada de mercado: el incumplimiento de las condiciones de uso puede derivar en sanciones o en la retirada de los productos afectados, con el consiguiente impacto económico y reputacional.
¿A quién afecta?
- Fabricantes de piensos que incorporen o quieran incorporar aceite esencial de citronela en sus formulaciones para cualquier especie animal.
- Ganaderos que elaboren sus propios piensos o mezclas en explotación y utilicen este ingrediente.
- Operadores del sector de alimentación animal en la UE: distribuidores, importadores de materias primas y formuladores de aditivos que comercialicen este aceite esencial para uso en piensos.
- Empresas que ya usaban citronela en sus productos antes de la publicación del reglamento, que ahora deben verificar el cumplimiento de los nuevos parámetros.
Ejemplo práctico
Un fabricante de piensos para aves de corral que ya incluía aceite esencial de citronela en una de sus gamas como aromatizante natural debe, tras la publicación del Reglamento (UE) 2026/2128, realizar las siguientes comprobaciones:
- Verificar que la dosis utilizada en su formulación actual se ajusta a los límites máximos fijados en el reglamento para uso sensorial o zootécnico.
- Revisar el etiquetado del producto para comprobar que la mención del aditivo cumple los requisitos técnicos establecidos.
- Actualizar la documentación técnica del producto y la ficha de trazabilidad del aditivo.
- Si la dosis o la forma de declaración no se ajustan, reformular o rediseñar el etiquetado antes de que entre en vigor el plazo de adaptación.
Si no realiza estas comprobaciones y un inspector detecta una no conformidad, el producto puede ser retirado del mercado y la empresa puede enfrentarse a sanciones administrativas.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Identificar si usan citronela: revisar el catálogo de aditivos y materias primas actualmente en uso para determinar si el aceite esencial de Cymbopogon nardus está presente en alguna formulación.
- Consultar las condiciones técnicas del reglamento: acceder al texto completo del Reglamento (UE) 2026/2128 para conocer las dosis máximas autorizadas y los requisitos específicos según el tipo de uso (zootécnico o sensorial).
- Auditar las formulaciones actuales: comparar las dosis y condiciones de uso actuales con las establecidas en la norma y detectar posibles desviaciones.
- Actualizar etiquetados: adaptar las etiquetas de todos los productos afectados a los requisitos técnicos del reglamento, incluyendo la declaración correcta del aditivo.
- Documentar el cumplimiento: preparar y archivar la documentación técnica que acredite el cumplimiento de las condiciones de uso, disponible para una eventual inspección.
- Formar al equipo técnico: asegurarse de que los responsables de formulación y calidad conocen los nuevos requisitos y los aplican en los procesos de desarrollo de nuevos productos.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de aditivo es el aceite esencial de citronela según el Reglamento (UE) 2026/2128?
El reglamento lo autoriza como aditivo de categoría zootécnica o sensorial en piensos destinados a todas las especies animales. La distinción entre uso zootécnico y sensorial determina las condiciones y dosis aplicables en cada caso.
¿Qué pasa si mi empresa ya usaba citronela en piensos antes de este reglamento?
Las empresas que ya incorporaban este aceite esencial en sus formulaciones deben verificar que sus prácticas actuales cumplen los nuevos parámetros regulatorios. El incumplimiento de las condiciones de uso puede derivar en sanciones o en la retirada de los productos del mercado.
¿Quién evaluó la seguridad del aceite esencial de citronela para su uso en piensos?
La EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) realizó la evaluación previa de seguridad del aditivo, verificando que es seguro para los animales, los consumidores y el medio ambiente antes de que la Comisión Europea emitiera la autorización formal.
¿Qué obligaciones concretas genera este reglamento para los fabricantes de piensos?
Los fabricantes deben: respetar las dosis y condiciones técnicas fijadas en el reglamento, adaptar el etiquetado de sus productos para declarar correctamente el aditivo, y mantener documentación que acredite el cumplimiento ante una posible inspección.
¿Cuándo entra en vigor el Reglamento (UE) 2026/2128?
La fecha de entrada en vigor no ha sido especificada en los datos disponibles. Se recomienda consultar el texto completo del reglamento en el Diario Oficial de la UE para conocer el plazo exacto y cualquier período transitorio aplicable.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=CELEX:32026R2128