Datos clave
| Normativa | Orden EFD/1098/2026, de 15 de octubre |
|---|---|
| Norma modificada | Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio |
| Publicación BOE | 21 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | 10 de noviembre de 2026 (20 días tras publicación) |
| Afectados | Alumnado, centros educativos y profesorado del programa Bachibac |
| Categoría | Educación |
| Ejercicio | Curso 2026-2027 |
Los centros que imparten el programa Bachibac —doble titulación de Bachiller español y Baccalauréat francés— tienen una fecha marcada en el calendario: el 10 de noviembre de 2026. Desde ese día entra en vigor la Orden EFD/1098/2026, que modifica la regulación original del programa establecida en la Orden EDU/2157/2010 e introduce cambios concretos en tres frentes: el perfil lingüístico del profesorado, el contenido del título y el cálculo de la calificación global.
El cambio más operativo para los equipos directivos es la exigencia de acreditación B2 para docentes. No es una recomendación: es un requisito que los centros deben poder demostrar.
¿Qué establece esta normativa?
La Orden EFD/1098/2026 introduce cuatro modificaciones sobre la regulación vigente del programa Bachibac:
| Aspecto | Antes (Orden EDU/2157/2010) | Después (Orden EFD/1098/2026) |
|---|---|---|
| Tabla de correspondencias en el título | No constaba expresamente en el título | Debe constar expresamente la tabla de correspondencias entre materias del Bachillerato español y los enseignements de spécialité del Baccalauréat francés |
| Nivel lingüístico del profesorado de materias no lingüísticas en francés | No regulado con nivel mínimo concreto | Nivel mínimo B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas |
| Cálculo de la calificación global de la prueba externa | Sin especificación de decimales | Media aritmética con dos decimales |
| Dispersión normativa | Regulado en parte mediante resoluciones anuales | Consolidado en una sola norma, eliminando resoluciones anuales |
Este último punto —la consolidación normativa— es especialmente relevante para los equipos de gestión: hasta ahora, parte de la regulación se actualizaba cada año mediante resoluciones independientes, lo que obligaba a hacer seguimiento anual de cambios dispersos. Con esta orden, todo queda integrado en un único texto.
Impacto económico y operativo
Esta normativa no genera costes directos de tasa o tributo, pero sí tiene implicaciones operativas con coste real para los centros:
- Acreditación B2 del profesorado: Los centros que tengan docentes impartiendo materias no lingüísticas en francés sin acreditación B2 deberán financiar o facilitar la obtención de dicha certificación. El coste de exámenes oficiales de idiomas (DELF, DALF u otros reconocidos) oscila habitualmente entre 100 y 250 euros por candidato, según el organismo certificador.
- Actualización de títulos: Los títulos emitidos a partir de la entrada en vigor deberán incorporar la tabla de correspondencias. Esto implica revisar los modelos de expedición de títulos en coordinación con la administración educativa competente.
- Simplificación administrativa: La consolidación en una sola norma reduce la carga de seguimiento normativo anual que hasta ahora recaía sobre los coordinadores del programa.
- Cálculo de nota: El ajuste a dos decimales en la media aritmética de la prueba externa es un cambio técnico-administrativo que afecta a los procedimientos de calificación, pero no genera coste económico directo.
¿A quién afecta?
- Centros educativos españoles autorizados para impartir el programa Bachibac: deben revisar la acreditación lingüística de su plantilla y actualizar sus procedimientos de expedición de títulos.
- Profesorado que imparte materias no lingüísticas en francés: deben acreditar nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
- Alumnado del programa Bachibac: sus títulos reflejarán expresamente la tabla de correspondencias entre las materias cursadas en el sistema español y los enseignements de spécialité del Baccalauréat francés.
- Equipos directivos y coordinadores del programa: se benefician de la consolidación normativa, que elimina la necesidad de rastrear resoluciones anuales.
- Administraciones educativas autonómicas: deberán adaptar los modelos de título y los procedimientos de gestión del programa.
Ejemplo práctico
Un instituto público de Madrid con programa Bachibac cuenta con tres docentes que imparten materias no lingüísticas en francés (Historia, Filosofía y Geografía). Dos de ellos tienen ya el título DELF B2 en vigor. El tercero solo acredita nivel B1.
A partir del 10 de noviembre de 2026, ese tercer docente no cumple el requisito mínimo establecido por la Orden EFD/1098/2026. El centro debe actuar antes de esa fecha: bien acreditando que el docente ya dispone de un certificado equivalente reconocido, bien iniciando el proceso para que obtenga la certificación B2. Si el centro no puede garantizar este requisito, deberá revisar la asignación de esa materia dentro del programa Bachibac.
Respecto al título, el alumno que finalice el programa a partir de esa fecha recibirá un documento que recoge expresamente qué materias del Bachillerato español se corresponden con qué enseignements de spécialité del Baccalauréat francés, lo que facilita el reconocimiento académico en Francia.
¿Qué deben hacer los centros ahora?
- Auditar la acreditación lingüística del profesorado: identificar qué docentes imparten materias no lingüísticas en francés y verificar si disponen de certificación B2 o superior del Marco Común Europeo. Plazo: antes del 10 de noviembre de 2026.
- Gestionar las acreditaciones pendientes: para los docentes sin B2, iniciar el proceso de certificación con organismos reconocidos (Institut français, DELF/DALF, etc.) o explorar si disponen de titulación universitaria en francés que pueda ser equivalente.
- Actualizar el modelo de título: coordinarse con la administración educativa autonómica para incorporar la tabla de correspondencias entre materias españolas y los enseignements de spécialité franceses en los títulos emitidos a partir de la entrada en vigor.
- Revisar el procedimiento de calificación de la prueba externa: asegurarse de que el sistema de cálculo de la nota global aplica la media aritmética con dos decimales, tal como establece la nueva redacción.
- Archivar las resoluciones anuales anteriores: con la consolidación normativa, la referencia regulatoria pasa a ser exclusivamente la Orden EFD/1098/2026. Actualizar la documentación interna del programa.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigor la Orden EFD/1098/2026 sobre el programa Bachibac?
La orden entra en vigor el 10 de noviembre de 2026, veinte días después de su publicación en el BOE el 21 de octubre de 2026.
¿Qué nivel de idioma necesita el profesorado Bachibac que imparte en francés?
Los docentes que impartan materias no lingüísticas en francés dentro del programa Bachibac deben acreditar al menos el nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Este es el nivel mínimo exigido por la Orden EFD/1098/2026.
¿Qué cambia en el título de doble titulación Bachiller-Baccalauréat?
A partir de la entrada en vigor, el título deberá recoger expresamente la tabla de correspondencias entre las materias del Bachillerato español y los enseignements de spécialité del Baccalauréat francés. Antes, esta información no constaba en el propio título.
¿Cómo se calcula ahora la calificación global de la prueba externa Bachibac?
Se calcula como media aritmética con dos decimales, según la nueva redacción introducida por la Orden EFD/1098/2026. Este ajuste técnico afecta al procedimiento de calificación de los centros.
¿Qué norma modifica la Orden EFD/1098/2026 y qué ventaja aporta la consolidación normativa?
Modifica la Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, que regulaba el currículo mixto del programa Bachibac. La principal ventaja es que consolida en una sola norma lo que hasta ahora se regulaba también mediante resoluciones anuales, reduciendo la dispersión normativa y simplificando el seguimiento para los centros.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21874