Datos clave
| Normativa | Resolución de 7 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental — informe de impacto ambiental del proyecto «Hibridación Larral» |
|---|---|
| Publicación | 18 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 18 de septiembre de 2026 |
| Promotor | Planta Solar OPDE 8 SL |
| Potencia fotovoltaica existente | 40 MW (parque Larral) |
| Potencia del sistema de baterías | 26,74 MW |
| Superficie ocupada | 1,20 ha |
| Conexión eléctrica | Línea subterránea de 147 m a subestación Peñarral 132/30 kV |
| Plazo de ejecución estimado | Aproximadamente 11 meses |
| Organismos consultados | Más de 20 |
| Tipo de evaluación | Informe de impacto ambiental simplificado (favorable) |
| Categoría | Energía |
| Ejercicio | 2026 |
La planta fotovoltaica Larral, ubicada en la provincia de Zaragoza y operada por Planta Solar OPDE 8 SL, suma un nuevo hito en su desarrollo: la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha emitido un informe de impacto ambiental simplificado favorable para incorporar un sistema de almacenamiento en baterías de 26,74 MW a su infraestructura existente de 40 MW fotovoltaicos. La resolución, fechada el 7 de septiembre de 2026 y publicada en el BOE el 18 de septiembre, abre la puerta a la ejecución del proyecto sin necesidad de someterse a una evaluación ambiental ordinaria, un resultado que agiliza significativamente los plazos administrativos.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución formaliza el resultado del procedimiento de evaluación ambiental simplificada para el proyecto denominado «Infraestructura de almacenamiento con baterías "Hibridación Larral"». Los elementos técnicos y ambientales clave son los siguientes:
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Tipo de proyecto | Hibridación de planta fotovoltaica existente con sistema de almacenamiento en baterías |
| Potencia baterías | 26,74 MW |
| Planta solar asociada | Parque fotovoltaico Larral, 40 MW |
| Ubicación | Provincia de Zaragoza |
| Superficie | 1,20 hectáreas |
| Infraestructura de evacuación | Línea subterránea de 147 m conectada a la subestación Peñarral 132/30 kV |
| Resultado de la evaluación | Informe favorable — no requiere evaluación ordinaria |
| Organismos consultados | Más de 20 administraciones y organismos |
| Alternativa seleccionada | La que minimiza afecciones ambientales: fuera de espacios protegidos, dominio público hidráulico y vías pecuarias |
| Obligación del promotor | Incorporar prescripciones de las administraciones consultadas en el proyecto de ejecución |
El proceso ha incluido consultas a más de 20 organismos, y la alternativa de emplazamiento elegida evita deliberadamente espacios protegidos, el dominio público hidráulico y las vías pecuarias, lo que ha sido determinante para obtener el informe favorable sin necesidad de evaluación ordinaria.
Impacto económico y operativo
Para el promotor y para el sector energético en Aragón, este informe favorable tiene consecuencias prácticas inmediatas:
- Desbloqueamiento del proyecto: La ausencia de evaluación ordinaria elimina una fase administrativa que puede prolongarse entre 6 y 18 meses adicionales en proyectos de esta envergadura, acelerando el retorno de la inversión.
- Plazo de ejecución acotado: Con un horizonte estimado de 11 meses, el sistema de baterías podría estar operativo en el tercer o cuarto trimestre de 2027, dependiendo del inicio efectivo de las obras.
- Huella de suelo reducida: La ocupación de solo 1,20 hectáreas para 26,74 MW de almacenamiento refleja la alta densidad energética de los sistemas de baterías modernos, minimizando el impacto sobre el entorno y los costes de adquisición de suelo.
- Infraestructura de evacuación corta: La conexión mediante una línea subterránea de tan solo 147 metros a la subestación Peñarral 132/30 kV reduce los costes de obra civil y los riesgos de afección ambiental durante la construcción.
- Obligación de incorporar prescripciones: El promotor debe integrar en el proyecto de ejecución todas las condiciones impuestas por los organismos consultados, lo que puede implicar ajustes técnicos y costes adicionales no cuantificados en la resolución.
¿A quién afecta?
- Planta Solar OPDE 8 SL: Promotor directo del proyecto. Debe ahora redactar el proyecto de ejecución incorporando las prescripciones de los organismos consultados.
- Administración de Aragón: Implicada en el seguimiento y control del cumplimiento de las condiciones del informe ambiental.
- Administración de la provincia de Zaragoza: Competente en materia de ordenación del territorio y control de la ejecución local.
- Empresas del sector de almacenamiento energético: Este proyecto es un referente para futuras hibridaciones de plantas fotovoltaicas con baterías en Aragón y en España, ya que establece un precedente de evaluación simplificada favorable.
- Operadores de red y gestores de la subestación Peñarral: Deberán coordinar la conexión del nuevo sistema a la infraestructura de 132/30 kV existente.
Ejemplo práctico
Imaginemos que Planta Solar OPDE 8 SL inicia las obras del sistema de baterías en enero de 2027, una vez redactado el proyecto de ejecución con todas las prescripciones incorporadas. Con un plazo estimado de 11 meses, el sistema de 26,74 MW de almacenamiento estaría operativo aproximadamente en noviembre o diciembre de 2027.
Durante ese periodo, la planta fotovoltaica Larral (40 MW) seguiría operando con normalidad, ya que la infraestructura de baterías se instala en una superficie adicional de 1,20 hectáreas y se conecta mediante una línea subterránea de 147 metros que no interfiere con la operación existente. Una vez hibridada, la planta podrá almacenar energía en horas de alta generación y volcarla a la red en periodos de mayor demanda o precio, mejorando su rentabilidad operativa.
Este modelo de hibridación —planta fotovoltaica existente + baterías en terreno contiguo + conexión corta a subestación ya operativa— es precisamente el que la evaluación ambiental simplificada ha validado como de bajo impacto, y puede servir de guía para otros promotores en situaciones similares.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Si eres el promotor (OPDE 8 SL): Redacta el proyecto de ejecución incorporando todas las prescripciones de los más de 20 organismos consultados. Este es el requisito previo e indispensable para iniciar las obras.
- Si tienes una planta fotovoltaica en Aragón y estudias hibridarla: Analiza si tu emplazamiento cumple los criterios que han permitido la evaluación simplificada en Larral: fuera de espacios protegidos, dominio público hidráulico y vías pecuarias. Esto puede ahorrarte entre 6 y 18 meses de tramitación.
- Si eres proveedor de sistemas de almacenamiento: Este proyecto confirma la demanda activa de hibridación en Aragón. Contacta con los promotores de plantas fotovoltaicas existentes en la región para explorar oportunidades.
- Si eres gestor de red o coordinador de subestaciones: Prevé la futura conexión del sistema Larral a la subestación Peñarral 132/30 kV en tu planificación de capacidad para 2027.
- Si eres asesor o consultor ambiental: Documenta los criterios de la alternativa seleccionada en Larral (ausencia de afección a espacios protegidos, dominio hidráulico y vías pecuarias) como referencia para futuros proyectos de hibridación similares.
Preguntas frecuentes
¿Qué potencia tendrá el sistema de baterías de Larral en Zaragoza?
El sistema de almacenamiento tendrá una potencia de 26,74 MW y se hibridará con la planta fotovoltaica existente Larral, que cuenta con 40 MW de capacidad instalada.
¿Es necesaria una evaluación de impacto ambiental ordinaria para el proyecto Larral?
No. Tras consultar a más de 20 organismos, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha concluido que no es necesaria la evaluación ordinaria. El informe de impacto ambiental simplificado emitido es favorable.
¿Cuánto tiempo durará la construcción del sistema de baterías en Larral?
El plazo de ejecución estimado es de aproximadamente 11 meses desde el inicio de las obras.
¿Qué empresa promueve el proyecto de hibridación Larral?
El promotor es Planta Solar OPDE 8 SL. El proyecto ocupa 1,20 hectáreas y se conecta mediante una línea subterránea de 147 metros a la subestación Peñarral 132/30 kV.
¿Qué obligaciones tiene el promotor tras el informe favorable?
El promotor debe incorporar en el proyecto de ejecución todas las prescripciones establecidas por las administraciones consultadas durante el proceso de evaluación ambiental simplificada. Sin este paso, no puede iniciar las obras.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-19474