Energia

Inspecciones radiológicas en Galicia: el CSN asume el control directo en 2026

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Equipo Editorial CambiosLegales
2 de nov. 2026 6 min 0 visites

Datos clave

NormativaResolución de 23 de octubre de 2026, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la Adenda de modificación del Acuerdo de encomienda de funciones a la Xunta de Galicia
Publicación2 de noviembre de 2026
Entrada en vigor2 de noviembre de 2026 (efecto inmediato)
AfectadosTitulares de instalaciones radiactivas y de radiodiagnóstico médico en Galicia
CategoríaEnergía / Seguridad Nuclear
Organismo inspectorConsejo de Seguridad Nuclear (CSN), en sustitución temporal de la Xunta de Galicia
Origen de la delegación suspendidaAcuerdo de encomienda de funciones vigente desde 1991
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Si tienes instalaciones radiactivas, equipos de radiodiagnóstico médico o realizas transportes de material radiactivo en Galicia, tu relación administrativa cambia desde ya. El CSN pasa a ser tu único interlocutor para inspecciones y expedientes, sin período de transición.

La causa es concreta: la Xunta de Galicia venía ejerciendo funciones delegadas del CSN desde 1991 para inspeccionar instalaciones radiactivas, equipos de radiodiagnóstico médico y transportes de material radiactivo en su territorio. Al jubilarse el único inspector acreditado y no disponer la Xunta de un sustituto que cumpla los requisitos exigidos, ambas administraciones han acordado suspender temporalmente esa delegación mediante una Adenda al Acuerdo de encomienda original.

¿Qué establece esta normativa?

La Resolución del CSN de 23 de octubre de 2026 formaliza la suspensión temporal de la encomienda de funciones que la Xunta de Galicia venía ejerciendo desde 1991. Los puntos clave del acuerdo son:

  • Suspensión temporal de la delegación: La Xunta deja de ejercer las funciones de inspección radiológica que tenía encomendadas por el CSN.
  • Asunción directa por el CSN: El CSN pasa a realizar directamente, en territorio gallego, las inspecciones de instalaciones radiactivas, equipos de radiodiagnóstico médico y transportes de material radiactivo.
  • Transferencia de expedientes: Los expedientes en tramitación en la Xunta en el momento de la suspensión serán transferidos al CSN para su continuación.
  • Acceso a documentación: La Xunta facilitará al CSN el acceso a toda la documentación e información necesaria para la continuidad del servicio.
  • Condición de reactivación: La suspensión se mantendrá hasta que la Xunta acredite ante el CSN nuevos medios personales idóneos (es decir, inspectores con los requisitos exigidos).
  • Continuidad del servicio: El objetivo explícito del acuerdo es garantizar la continuidad del servicio y la seguridad radiológica en Galicia durante el período de suspensión.

Esta normativa modifica el Acuerdo de encomienda de funciones original suscrito en 1991 entre el CSN y la Xunta de Galicia, que llevaba más de 35 años en vigor sin interrupciones.

AspectoSituación anterior (hasta 01/11/2026)Situación actual (desde 02/11/2026)
Inspector competente en GaliciaInspector acreditado de la Xunta de GaliciaConsejo de Seguridad Nuclear (CSN)
Interlocutor para instalaciones radiactivasXunta de GaliciaCSN
Interlocutor para radiodiagnóstico médicoXunta de GaliciaCSN
Interlocutor para transporte de material radiactivoXunta de GaliciaCSN
Expedientes en tramitaciónGestionados por la XuntaTransferidos y gestionados por el CSN
Base jurídicaAcuerdo de encomienda 1991Acuerdo 1991 + Adenda de modificación 2026

Impacto económico y operativo

La normativa no genera costes económicos directos nuevos para los titulares de instalaciones afectadas: las tasas, tarifas e inspecciones obligatorias no cambian en importe ni en periodicidad. Lo que cambia es el canal administrativo y el organismo con el que debes relacionarte.

El impacto operativo real es el siguiente:

  • Cambio de interlocutor inmediato: Cualquier comunicación, solicitud, notificación o trámite relacionado con inspecciones radiológicas debe dirigirse ahora al CSN, no a la Xunta.
  • Expedientes en curso: Si tienes un expediente abierto con la Xunta, este será transferido al CSN. No necesitas iniciarlo de nuevo, pero debes confirmar con el CSN el estado de tu expediente.
  • Posible impacto en plazos: La transferencia de expedientes y la asunción directa por el CSN puede generar retrasos administrativos puntuales durante el período de adaptación. Conviene anticiparse y contactar proactivamente con el CSN.
  • Duración incierta: La suspensión no tiene plazo fijo. Se mantendrá hasta que la Xunta acredite nuevos inspectores con los requisitos exigidos. No hay fecha prevista publicada.

¿A quién afecta?

  • Titulares de instalaciones radiactivas en Galicia (hospitales, clínicas, industria, investigación).
  • Titulares de equipos de radiodiagnóstico médico en Galicia (centros de diagnóstico por imagen, clínicas con equipos de rayos X, TAC, mamografía, etc.).
  • Empresas y operadores que realicen transportes de material radiactivo en Galicia.
  • Gestores y responsables de protección radiológica de cualquiera de las instalaciones anteriores.
  • Asesores y consultores de seguridad nuclear o radiológica que gestionen trámites en nombre de los titulares.

Ejemplo práctico

Una clínica privada en A Coruña con equipos de radiodiagnóstico médico (TAC y mamógrafo) tenía pendiente una inspección periódica gestionada por la Xunta de Galicia. Con la entrada en vigor de esta Adenda el 2 de noviembre de 2026, ese expediente de inspección es transferido al CSN.

El responsable de protección radiológica de la clínica debe ahora:

  1. Dejar de dirigir comunicaciones a la Xunta para este trámite.
  2. Contactar con el CSN para confirmar la recepción y estado del expediente transferido.
  3. Coordinar la visita de inspección directamente con los técnicos del CSN, que se desplazarán desde su sede para realizar la inspección en Galicia.

No hay cambio en el coste de la inspección ni en los requisitos técnicos exigidos. El único cambio es el organismo que la ejecuta y con el que se tramita la documentación.

¿Necesitas hacer seguimiento de esta y otras normativas?

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Identificar si tienes instalaciones o equipos afectados en Galicia: Instalaciones radiactivas, equipos de radiodiagnóstico médico o actividad de transporte de material radiactivo en territorio gallego.
  2. Actualizar tu interlocutor administrativo: Sustituye a la Xunta de Galicia por el CSN en todos tus registros, contactos y procedimientos internos relacionados con inspecciones radiológicas.
  3. Verificar el estado de expedientes en tramitación: Si tienes algún expediente abierto con la Xunta, contacta con el CSN para confirmar que ha sido recibido correctamente y conocer el nuevo responsable de seguimiento.
  4. Revisar la documentación de tus instalaciones: Asegúrate de tener disponible y actualizada toda la documentación técnica y administrativa, ya que la Xunta debe facilitar acceso al CSN y este puede requerirte información directamente.
  5. Monitorizar la reactivación de la delegación: La situación es temporal. Cuando la Xunta acredite nuevos inspectores, la delegación se reactivará. Mantente informado para volver a operar con la Xunta cuando corresponda.

Preguntas frecuentes

¿Quién realiza ahora las inspecciones radiológicas en Galicia?

Desde el 2 de noviembre de 2026, el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) realiza directamente las inspecciones de instalaciones radiactivas, equipos de radiodiagnóstico médico y transportes de material radiactivo en Galicia. La Xunta de Galicia ha suspendido temporalmente las funciones delegadas que ejercía desde 1991, al no disponer de inspector acreditado con los requisitos exigidos tras la jubilación del único que tenía.

¿Qué pasa con mis expedientes en tramitación con la Xunta de Galicia?

Los expedientes que estaban en tramitación en la Xunta en el momento de la suspensión (2 de noviembre de 2026) serán transferidos al CSN. No es necesario iniciarlos de nuevo, pero se recomienda contactar con el CSN para confirmar la recepción y el estado actualizado de cada expediente.

¿Cuánto dura esta suspensión? ¿Cuándo volverá la Xunta a inspeccionar?

La suspensión no tiene plazo fijo establecido. Se mantendrá hasta que la Xunta de Galicia acredite ante el CSN nuevos medios personales idóneos, es decir, inspectores que cumplan los requisitos exigidos. No se ha publicado ninguna fecha prevista para esa reactivación.

¿Supone esta normativa un coste adicional para los titulares de instalaciones radiactivas en Galicia?

No. La normativa no introduce costes económicos directos nuevos para los titulares. Las tasas, tarifas e inspecciones obligatorias no cambian en importe ni en periodicidad. El único cambio es el organismo competente para realizar las inspecciones y gestionar los trámites administrativos.

¿Desde cuándo tenía la Xunta de Galicia delegadas estas funciones de inspección?

La Xunta de Galicia ejercía funciones delegadas del CSN para inspeccionar instalaciones radiactivas en su territorio desde 1991, es decir, durante más de 35 años de forma ininterrumpida. La Adenda publicada el 2 de noviembre de 2026 modifica ese Acuerdo de encomienda original para suspender temporalmente la delegación.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-23006



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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