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Recurso rechazado: no se puede impugnar ante la DGSJ una nota marginal ya inscrita en el Registro de la Propiedad

08 Aug 2026 33 visitas
A quién afecta:
Propietarios de inmuebles en ejecución hipotecaria y sus asesores jurídicos

Resumen

La Dirección General rechaza el recurso porque solo puede revisar calificaciones negativas del registrador, no cancelar asientos ya practicados. El afectado debe acudir a los tribunales para impugnar la nota marginal de ejecución hipotecaria.

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La DGSJ resuelve que el recurso registral no es la vía adecuada para impugnar asientos ya practicados, sino únicamente calificaciones negativas. El recurrente alegaba cosa juzgada material por un auto de la AP Toledo de 2021 que archivó una ejecución hipotecaria previa sobre la misma finca y préstamo. El registrador ex…

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Título oficial completo

Resolución de 27 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Ocaña, por la que extendió nota marginal de expedición de certificación de dominio y cargas.

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