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El Tribunal Supremo anula partes clave del registro obligatorio de alquileres turísticos de corta duración

26 Jun 2026 En vigor: 26 Jun 2026 162 visitas
A quién afecta:
Propietarios de apartamentos turísticos, plataformas de alquiler vacacional y Administración General del Estado

Resumen

El Tribunal Supremo ha anulado varios artículos del decreto que creaba el Registro Único de Arrendamientos para pisos turísticos, dando la razón parcialmente a las asociaciones de apartamentos de Barcelona y Girona.

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La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de Apartur y ATA contra el RD 1312/2024, declarando nulos los artículos 2 (apartados f e i), 5, 6, 8, 9, 10 y 12.b), que regulaban el núcleo del procedimiento del Registro Único de Arrendamientos. También se anulan parcialmente los artículos 1, 2.j) y …

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Título oficial completo

Sentencia de 21 de mayo de 2026, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por las entidades Associació d'Apartaments Turístics de Barcelona (Apartur) y Associació Turística d'Apartaments de Girona (ATA), en la representación que de ésta ostenta, contra el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración; y Auto de 11 de junio de 2026, de rectificación de errores.

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