Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El Registro de la Propiedad no puede denegar una georreferenciación solo porque el vecino opuesto no aporte la suya

08 Jul 2026 0 visitas
A quién afecta:
Propietarios que tramitan georreferenciación de fincas y sus vecinos colindantes

Resumen

La DGRN revoca la negativa registral a inscribir los límites georreferenciados de una finca en Granada. El vecino que se opuso no puede bloquear el proceso sin aportar su propia georreferenciación.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la calificación negativa del Registro de la Propiedad de Granada n.º 5, que denegó inscribir la representación gráfica alternativa de una finca en Cenes de la Vega. El propietario colindante se opuso alegando invasión de su parcela, pero…

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Título oficial completo

Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Granada n.º 5, por la que se deniega la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su descripción, habiendo concurrido oposición de propietario colindante en el curso del procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, por no aportar éste la georreferenciación que el mismo atribuye para su finca.

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