Inmobiliario BOE Importancia: 6/10

El Registro de la Propiedad no puede bloquear una adjudicación por una prohibición de disponer posterior de Hacienda

08 Aug 2026 23 visitas
A quién afecta:
Empresas y particulares adjudicatarios en subastas administrativas con cargas fiscales posteriores

Resumen

Una empresa recurrió la negativa del Registro de la Propiedad a inscribir un inmueble adjudicado por la Seguridad Social por existir una prohibición de disponer posterior de la AEAT. La resolución analiza si esa prohibición puede cerrar el registro frente a derechos anteriores.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso de la mercantil Gasparito S.L. contra la calificación negativa del Registro de la Propiedad de Cádiz n.º 3. El registrador suspendió la inscripción de una adjudicación obtenida en procedimiento de apremio de la Seguridad Social porque existía u…

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Título oficial completo

Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Cádiz n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una certificación de adjudicación por existir anotada, con posterioridad al gravamen que motiva la ejecución, una anotación preventiva de prohibición de disponer ordenada por la Dependencia Regional de Recaudación de Cádiz de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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