Inmobiliario BOE Importancia: 3/10

El Registro de la Propiedad no puede anular una inscripción ya hecha: solo los tribunales pueden hacerlo

08 Jul 2026 1 visitas
A quién afecta:
Propietarios de fincas colindantes afectados por inscripciones de georreferenciación registral

Resumen

Una propietaria colindante pidió anular una inscripción registral de georreferenciación de finca vecina, alegando falta de notificación y discriminación de género. La Dirección General confirma que los asientos ya practicados solo pueden rectificarse por orden judicial.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso de una cotitular de finca colindante que solicitaba anular la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de una finca vecina en Alcoletge (Lleida). La recurrente alegaba no haber sido notificada personalmente en el procedimiento…

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Título oficial completo

Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Lleida n.º 2 a anular una inscripción ya practicada de la representación gráfica georreferenciada de una finca.

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