Inmobiliario BOE Importancia: 3/10

El registrador no puede denegar el inicio de un expediente para regularizar una propiedad sin inscribir desde 1973

05 Nov 2026 1 visitas
A quién afecta:
Propietarios de inmuebles con tracto registral interrumpido y registradores de la propiedad

Resumen

La Dirección General da la razón al ciudadano: el registrador no podía bloquear el expediente para regularizar una vivienda cuya titularidad lleva más de 50 años sin actualizarse.

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La DGSJFP resuelve un recurso contra la negativa del Registro de la Propiedad de Dos Hermanas nº3 a expedir la certificación necesaria para tramitar un expediente de reanudación del tracto sucesivo interrumpido sobre una vivienda inscrita a nombre de Inmobiliaria Moneda SL desde 1975. El registrador alegó falta de docu…

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Título oficial completo

Resolución de 22 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Dos Hermanas n.º 3, por la que se deniega la expedición de una certificación para la tramitación de un expediente de reanudación del tracto sucesivo interrumpido.

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