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Alquiler turístico: necesitas permiso de la comunidad de vecinos si tu licencia es posterior al 3 de abril de 2025

09 Jul 2026 En vigor: 03 Apr 2025 0 visitas
A quién afecta:
Propietarios e inversores con pisos turísticos con licencia posterior al 3 de abril de 2025

Resumen

Desde abril de 2025, los pisos turísticos con licencia nueva necesitan autorización expresa de la comunidad de propietarios. Sin ese permiso, el registro de alquiler puede ser revocado.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica resuelve un recurso sobre la asignación del número de registro único de alquiler turístico de corta duración en Valencia. La registradora suspendió la asignación porque la licencia turística se obtuvo el 29 de octubre de 2025, es decir, después del 3 de abril de 2025, fecha en…

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Título oficial completo

Resolución de 27 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 13, por la que se suspende la asignación del número de registro único de alquiler de corta duración, turístico, solicitado para una finca por requerir autorización expresa de la comunidad de propietarios, al haber obtenido la resolución de inscripción en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana con posterioridad al día 3 de abril de 2025.

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