Datos clave
| Normativa | Decisión (UE) 2026/1087 del Consejo, de 11 de mayo de 2026 |
|---|---|
| Referencia CELEX | CELEX:32026D1087 |
| Publicación | 12 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | 11 de mayo de 2026 |
| Qué deroga | Decisión 2011/523/UE (suspensión parcial del Acuerdo de Cooperación UE-Siria) |
| Afectados | Empresas exportadoras e importadoras que operen o quieran operar con Siria |
| Categoría | Normativa Europea |
| Sectores con oportunidades | Construcción, energía, agroalimentario |
Las empresas españolas tienen acceso a un mercado que ha estado prácticamente cerrado durante 15 años. La Decisión (UE) 2026/1087 del Consejo deroga la Decisión 2011/523/UE, que suspendió parcialmente el Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe Siria como respuesta a la represión del régimen de Assad. Con su derogación, ese marco jurídico de cooperación comercial y económica vuelve a estar operativo.
El cambio no es menor: supone el restablecimiento del paraguas legal bajo el que pueden formalizarse contratos, operaciones de importación y exportación, y relaciones económicas con contrapartes sirias. El contexto político que lo hace posible es la caída del régimen de Assad.
¿Qué establece esta normativa?
La Decisión (UE) 2026/1087 tiene un contenido concreto y directo: deroga la Decisión 2011/523/UE. Esto significa eliminar la suspensión parcial que desde 2011 impedía aplicar el Acuerdo de Cooperación original entre la UE y Siria.
| Situación | Marco jurídico aplicable | Efecto práctico |
|---|---|---|
| Hasta el 10 de mayo de 2026 | Decisión 2011/523/UE en vigor | Acuerdo de Cooperación UE-Siria suspendido parcialmente. Comercio muy restringido. |
| Desde el 11 de mayo de 2026 | Decisión (UE) 2026/1087 en vigor | Acuerdo de Cooperación UE-Siria reactivado. Comercio posible bajo ese marco jurídico. |
El Acuerdo de Cooperación original entre la Comunidad Económica Europea y Siria establece el marco de relaciones comerciales y económicas bilaterales. Su reactivación no implica que todo esté libre de restricciones: la normativa advierte expresamente que pueden persistir otras medidas restrictivas sectoriales que deben verificarse caso a caso.
Impacto económico y operativo
La reactivación del acuerdo abre oportunidades reales, especialmente vinculadas a la reconstrucción de Siria. Los sectores expresamente identificados en la normativa son tres:
- Construcción: Infraestructuras, vivienda y obra civil en un país que necesita reconstrucción masiva tras años de conflicto.
- Energía: Rehabilitación y desarrollo de infraestructuras energéticas.
- Agroalimentario: Suministro de alimentos, maquinaria agrícola y productos del sector.
Para las empresas que ya tenían relaciones comerciales con Siria antes de 2011, esto supone la posibilidad de retomar contactos y contratos bajo un marco jurídico reconocido. Para las que nunca operaron allí, es una apertura de mercado nueva.
Sin embargo, la normativa es explícita en señalar que persisten riesgos operativos. El marco jurídico se ha reactivado, pero la situación sobre el terreno requiere evaluación específica. Además, pueden seguir vigentes medidas restrictivas sectoriales independientes del Acuerdo de Cooperación, que deben verificarse antes de comprometer recursos.
¿A quién afecta?
- Empresas exportadoras españolas que quieran vender productos o servicios en Siria, especialmente en construcción, energía y agroalimentario.
- Empresas importadoras que quieran traer productos de origen sirio a España o la UE.
- Empresas de ingeniería y construcción con capacidad para participar en proyectos de reconstrucción.
- Empresas del sector energético interesadas en proyectos de rehabilitación de infraestructuras en Siria.
- Empresas agroalimentarias exportadoras de productos, maquinaria o tecnología agrícola.
- Asesores de comercio exterior y departamentos de compliance que gestionan el mapa de sanciones y restricciones de sus clientes o empresas.
- CFOs y directores de expansión internacional que evalúen nuevos mercados en la región.
Ejemplo práctico
Una empresa española de materiales de construcción llevaba desde 2011 sin poder operar con su distribuidor en Damasco por la suspensión del Acuerdo de Cooperación. Desde el 11 de mayo de 2026, el marco jurídico que ampara esa relación comercial vuelve a estar activo.
Antes de reactivar el contrato, esta empresa debe hacer dos verificaciones obligatorias:
- Comprobar si el tipo de producto que exporta está sujeto a alguna medida restrictiva sectorial que siga vigente de forma independiente al Acuerdo de Cooperación.
- Realizar una evaluación de riesgo operativo sobre la situación actual en Siria: logística, cobro, seguridad jurídica del contrato y capacidad de la contraparte.
Si ambas verificaciones son favorables, puede retomar la relación comercial con respaldo jurídico bajo el Acuerdo de Cooperación UE-Siria reactivado.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Verificar si tu sector o producto tiene restricciones sectoriales vigentes: La derogación de la Decisión 2011/523/UE no elimina automáticamente todas las medidas restrictivas. Comprueba si tu actividad concreta sigue sujeta a alguna limitación independiente.
- Evaluar el riesgo operativo en Siria: La normativa advierte expresamente que persisten riesgos operativos. Antes de firmar contratos o comprometer inversión, realiza una evaluación de riesgo país actualizada.
- Identificar oportunidades en los sectores señalados: Si operas en construcción, energía o agroalimentario, analiza si hay oportunidades concretas en el proceso de reconstrucción siria que encajen con tu oferta.
- Actualizar el mapa de sanciones de tu empresa: Los departamentos de compliance y comercio exterior deben reflejar este cambio en sus registros y procedimientos internos de due diligence.
- Consultar con un especialista en comercio exterior: Dado que pueden coexistir el acuerdo reactivado con otras medidas restrictivas sectoriales, es recomendable obtener asesoramiento específico antes de iniciar operaciones.
Preguntas frecuentes
¿Puedo exportar a Siria desde España en 2026?
Sí. Desde el 11 de mayo de 2026, la UE ha reactivado el Acuerdo de Cooperación UE-Siria al derogar la suspensión parcial vigente desde 2011. Esto permite retomar o iniciar relaciones comerciales con contrapartes sirias bajo ese marco jurídico. No obstante, debes verificar si persisten otras medidas restrictivas sectoriales específicas que puedan afectar a tu actividad concreta.
¿Qué sectores españoles tienen más oportunidades en Siria tras el levantamiento de sanciones?
Según la normativa, los sectores con mayor potencial son construcción, energía y agroalimentario, especialmente vinculados a la reconstrucción del país tras la caída del régimen de Assad. Son los sectores expresamente identificados en la Decisión (UE) 2026/1087 del Consejo.
¿Qué sanciones o restricciones siguen vigentes con Siria?
La Decisión (UE) 2026/1087 deroga la suspensión del Acuerdo de Cooperación, pero la normativa advierte expresamente que pueden persistir otras medidas restrictivas s