Educación

Sueldos profesores concertados Ceuta y Melilla 2024-2026: incrementos y módulos

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Equipo Editorial CambiosLegales
10 Jun 2026 6 min 21 visitas

Datos clave

NormativaOrden EFD/581/2026, de 8 de junio
Publicación10 de junio de 2026
Entrada en vigor11 de junio de 2026
Efectos económicos desde1 de enero de 2024 (retroactivos)
AfectadosCentros educativos concertados en Ceuta y Melilla y su personal docente y de administración
CategoríaEducación
Ejercicio2024, 2025 y 2026
Base legalLey 31/2022 de PGE 2023, prorrogada para 2024, 2025 y 2026; RDL 4/2024; RDL 14/2025
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Los centros concertados de Ceuta y Melilla tienen pendiente una regularización retributiva con efectos desde el 1 de enero de 2024. La Orden EFD/581/2026, publicada el 10 de junio de 2026, actualiza los módulos económicos del Anexo V de la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado, prorrogados para 2024, 2025 y 2026, y fija los importes concretos que la Administración distribuye a estos centros para financiar sus costes de personal.

Los incrementos se alinean con los aprobados para el conjunto del sector público: el RDL 4/2024 fijó el alza de 2024 y 2025, y el RDL 14/2025 fijó la de 2026. La novedad más relevante para los titulares de los centros es la incorporación del MEI a cargo del empleador, que no existía en ejercicios anteriores con este importe.

+0,5%
Incremento retributivo desde enero 2024
+2,5%
Incremento retributivo desde enero 2025
+1,5%
Incremento retributivo desde enero 2026
0,75%
MEI a cargo del empleador en 2026

¿Qué establece esta normativa?

La orden actualiza los módulos económicos de distribución de fondos públicos para centros concertados, que son los importes anuales por unidad escolar que la Administración transfiere a cada centro para sufragar los costes de personal docente y de administración y servicios.

Los incrementos aplicados son acumulativos y tienen carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024:

EjercicioIncremento retributivoMEI empleadorBase normativa
Desde enero 2024+0,5%No aplica (ejercicio anterior)RDL 4/2024
Desde enero 2025+2,5%0,67%RDL 4/2024
Desde enero 2026+1,5%0,75%RDL 14/2025

Los módulos económicos actualizados por nivel educativo y unidad escolar son los siguientes:

Nivel educativoImporte por unidad (€/año)
Educación Infantil53.108 €
Educación Primaria53.108 €
ESO (1.º y 2.º)No desglosado individualmente en los datos disponibles
ESO (3.º y 4.º)89.828 €
Formación Profesional BásicaIncluida en el ámbito de aplicación

Adicionalmente, la orden incorpora un plus de residencia para el personal de administración y servicios destinado en Ceuta y Melilla, reconociendo el carácter de ciudad autónoma de ambas plazas.

Impacto económico y operativo

El impacto para los centros concertados es doble: por un lado, recibirán más fondos públicos al actualizarse los módulos; por otro, deben haber aplicado ya los incrementos salariales a su plantilla desde las fechas indicadas, lo que puede generar atrasos pendientes de liquidación si no se han abonado previamente.

Los puntos de mayor impacto operativo son:

  • Retroactividad desde enero 2024: los centros que no hayan aplicado el 0,5% de subida en 2024 deben calcular y abonar los atrasos correspondientes a todo el personal docente.
  • MEI a cargo del empleador: el 0,67% en 2025 y el 0,75% en 2026 suponen un coste adicional de Seguridad Social que el centro asume directamente, independientemente de los fondos recibidos.
  • Plus de residencia para PAS: el personal de administración y servicios en Ceuta y Melilla tiene derecho a este complemento, que debe reflejarse en nómina.
  • Actualización de contratos y convenio: los módulos actualizados deben trasladarse a las tablas salariales aplicables al personal del centro.

¿A quién afecta?

  • Titulares y directores de centros concertados ubicados en Ceuta y Melilla: deben aplicar los nuevos módulos y regularizar atrasos.
  • Docentes de centros concertados en Ceuta y Melilla: tienen derecho a percibir los incrementos retributivos desde las fechas indicadas.
  • Personal de administración y servicios (PAS) de estos centros: afectados por el plus de residencia y los incrementos generales.
  • Departamentos de RRHH y asesorías laborales que gestionan nóminas de estos centros: deben recalcular retribuciones y cotizaciones desde enero de 2024.
  • Administraciones educativas de Ceuta y Melilla: responsables de distribuir los fondos actualizados a los centros.

Los centros concertados en el resto de España no están afectados por esta orden, que es específica para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Ejemplo práctico

Un centro concertado de Melilla que imparte Educación Primaria con 10 unidades escolares recibe actualmente un módulo base de 53.108 € por unidad, es decir, 531.080 € anuales para financiar costes de personal.

Con los incrementos acumulados aplicados:

  • 2024: el módulo base se incrementa un 0,5%, lo que supone aproximadamente 2.655 € adicionales por año para ese centro (531.080 € × 0,5%).
  • 2025: sobre el módulo ya actualizado, se aplica un 2,5% adicional, más el MEI del 0,67% a cargo del empleador sobre la masa salarial.
  • 2026: nuevo incremento del 1,5% y MEI del 0,75%.

Si el centro no ha abonado los atrasos del 0,5% de 2024 a su plantilla docente, debe calcular el importe acumulado desde enero de 2024 hasta la fecha de regularización y liquidarlo en la próxima nómina, incluyendo las cotizaciones sociales correspondientes.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Revisar las nóminas desde enero de 2024: comprobar si se aplicó el incremento del 0,5% a todo el personal docente y de administración desde esa fecha.
  2. Calcular y abonar atrasos: si no se aplicaron los incrementos en su momento, liquidar las diferencias salariales acumuladas desde enero de 2024, incluyendo cotizaciones a la Seguridad Social.
  3. Incorporar el MEI a cargo del empleador: verificar que las cotizaciones de 2025 (0,67%) y 2026 (0,75%) reflejan correctamente este concepto en los TC2 y modelos de cotización.
  4. Aplicar el plus de residencia al PAS: revisar que el personal de administración y servicios tiene incorporado este complemento en nómina.
  5. Actualizar tablas salariales internas: trasladar los nuevos módulos a los contratos y acuerdos de personal vigentes en el centro.
  6. Coordinar con la asesoría laboral: encargar la revisión completa de cotizaciones y nóminas de los tres ejercicios afectados para evitar contingencias en inspecciones de trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto sube el sueldo de los profesores de concertados en Ceuta y Melilla con esta orden?

Los incrementos son acumulativos: 0,5% desde enero de 2024, 2,5% desde enero de 2025 y 1,5% desde enero de 2026. Estos porcentajes se aplican sobre las retribuciones base y se financian a través de los módulos económicos actualizados por la Orden EFD/581/2026.

¿Qué es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y cuánto cuesta al centro concertado?

El MEI es una cotización adicional a la Seguridad Social vinculada a la sostenibilidad del sistema de pensiones. En el caso de los centros concertados de Ceuta y Melilla, la parte a cargo del empleador es del 0,67% en 2025 y del 0,75% en 2026. Este coste no está cubierto por los módulos ordinarios y debe asumirlo directamente el titular del centro.

¿Cuánto recibe un centro concertado por unidad escolar en Infantil o Primaria en Ceuta o Melilla?

Según los módulos actualizados por la Orden EFD/581/2026, el importe es de 53.108 euros por unidad escolar tanto en Educación Infantil como en Educación Primaria. Para ESO de 3.º y 4.º, el módulo asciende a 89.828 euros por unidad.

¿Desde cuándo tienen efecto los incrementos salariales? ¿Son retroactivos?

Sí, los efectos son retroactivos. El incremento del 0,5% se aplica desde el 1 de enero de 2024, el del 2,5% desde el 1 de enero de 2025 y el del 1,5% desde el 1 de enero de 2026. Los centros que no hayan aplicado estos incrementos en su momento deben liquidar los atrasos correspondientes.

¿Afecta esta orden a los centros concertados de toda España o solo a Ceuta y Melilla?

Esta orden afecta exclusivamente a los centros concertados ubicados en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Los centros del resto del territorio nacional se rigen por sus propias normativas autonómicas de módulos económicos y no están incluidos en el ámbito de aplicación de la Orden EFD/581/2026.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12521



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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