Datos clave
| Normativa | Real Decreto 566/2026, de 8 de julio |
|---|---|
| Publicación BOE | 10 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | 10 de julio de 2026 |
| Beneficiaria | Cruz Roja Española |
| Objeto | Puesta en marcha del servicio ATENPRO 2.0 (teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las mujeres) |
| Usuarias activas (marzo 2026) | Más de 20.800 |
| Categoría | Ayudas y Subvenciones |
| Ejercicio | 2026 |
| Origen de la financiación | Modificación presupuestaria del crédito existente para la subvención a la FEMP para ATENPRO |
Más de 20.800 mujeres víctimas de violencia de género dependen actualmente del servicio ATENPRO para su seguridad. El Real Decreto 566/2026, de 8 de julio, regula la concesión directa de una subvención a Cruz Roja Española para modernizar ese servicio con la nueva versión ATENPRO 2.0. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, el 10 de julio de 2026.
La concesión directa —sin convocatoria pública ni concurrencia— se justifica por el interés público y humanitario del servicio, y por el hecho de que Cruz Roja es la única entidad con experiencia operativa y tecnológica acreditada en ATENPRO desde 2013.
¿Qué establece esta normativa?
El Real Decreto 566/2026 regula todos los aspectos de la concesión directa de la subvención a Cruz Roja Española para la puesta en marcha de ATENPRO 2.0. Los elementos clave son:
- Objeto: Financiar el desarrollo e implantación de ATENPRO 2.0, evolución tecnológica del actual servicio de teleasistencia móvil para víctimas de violencia contra las mujeres.
- Beneficiaria única: Cruz Roja Española, por ser la única entidad con capacidad operativa y tecnológica demostrada en el servicio desde 2013.
- Justificación de la concesión directa: El interés público y humanitario del servicio, junto con la ausencia de otra entidad con experiencia equivalente, justifican omitir la convocatoria competitiva.
- Estructura en dos fases:
- Fase 1 — Pilotaje: Sin usuarias reales. Permite probar y validar la nueva tecnología antes de su despliegue efectivo.
- Fase 2 — Rodaje: Con nuevas altas derivadas por entidades locales. Incorporación progresiva de usuarias al nuevo sistema.
- Continuidad garantizada: La norma asegura que el servicio actual no se interrumpe durante la transición tecnológica.
- Formación del personal: Se contempla la formación de los equipos de Cruz Roja para operar la nueva plataforma.
- Adquisición de suministros: Se incluye la compra de los nuevos dispositivos y materiales necesarios para ATENPRO 2.0.
- Financiación: Procede de una modificación presupuestaria del crédito ya existente para la subvención a la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias) destinada al servicio ATENPRO anterior.
| Aspecto | ATENPRO (actual) | ATENPRO 2.0 (nuevo) |
|---|---|---|
| Entidad gestora | Cruz Roja Española | Cruz Roja Española |
| Canal de financiación | Subvención a la FEMP | Subvención directa a Cruz Roja |
| Base tecnológica | Plataforma vigente desde 2013 | Nueva plataforma ATENPRO 2.0 |
| Incorporación de usuarias | Sistema en funcionamiento pleno | Fase piloto (sin usuarias) + rodaje (nuevas altas) |
| Formación del personal | No contemplada expresamente | Incluida en la subvención |
Impacto económico y operativo
Desde el punto de vista financiero, la subvención no supone una partida presupuestaria nueva: se reasigna el crédito que hasta ahora se canalizaba a través de la FEMP para el servicio ATENPRO. El cambio es estructural, no de volumen: el dinero público pasa a ir directamente a Cruz Roja, eliminando el intermediario municipal.
Operativamente, el impacto es significativo para las entidades implicadas:
- Cruz Roja asume la responsabilidad integral del desarrollo tecnológico, la formación de su personal y la adquisición de los nuevos dispositivos.
- Las entidades locales mantienen su papel como derivadoras de nuevas usuarias durante la fase de rodaje.
- La FEMP deja de ser el canal de financiación del servicio, lo que implica un ajuste en la gestión del crédito presupuestario correspondiente.
- Las más de 20.800 usuarias activas a marzo de 2026 no se ven afectadas durante la transición: el servicio actual continúa operativo hasta que ATENPRO 2.0 esté plenamente desplegado.
¿A quién afecta?
- Cruz Roja Española: Beneficiaria directa de la subvención. Debe ejecutar el proyecto ATENPRO 2.0, gestionar las fases de pilotaje y rodaje, formar a su personal y adquirir los nuevos suministros tecnológicos.
- Víctimas de violencia de género usuarias de ATENPRO: Más de 20.800 mujeres con dispositivo activo a marzo de 2026. Se benefician de la modernización tecnológica del servicio sin interrupción.
- Entidades locales: Participan en la fase de rodaje como derivadoras de nuevas altas al sistema ATENPRO 2.0.
- FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias): Deja de ser el canal de subvención para el servicio ATENPRO; el crédito se redirige directamente a Cruz Roja.
- Ministerio competente en materia de igualdad: Responsable de la modificación presupuestaria y del seguimiento de la subvención concedida.
Ejemplo práctico
Una entidad local que actualmente deriva usuarias al servicio ATENPRO —por ejemplo, un ayuntamiento con un servicio de atención a víctimas de violencia de género— no verá interrumpido el proceso de derivación durante la transición. Según el Real Decreto 566/2026, la fase de rodaje de ATENPRO 2.0 se activa precisamente con nuevas altas derivadas por entidades locales: el ayuntamiento podrá seguir remitiendo casos a Cruz Roja, que los incorporará al nuevo sistema en lugar del antiguo.
Esto significa que, para la entidad local, el procedimiento operativo no cambia de forma inmediata: sigue derivando a Cruz Roja. El cambio es transparente para el municipio, aunque a medio plazo deberá familiarizarse con los nuevos protocolos y dispositivos de ATENPRO 2.0 que Cruz Roja irá comunicando tras la fase de pilotaje.
¿Qué deben hacer las organizaciones ahora?
- Cruz Roja Española: Iniciar los trámites internos para la aceptación formal de la subvención y arrancar la planificación de la fase de pilotaje de ATENPRO 2.0, incluyendo la adquisición de suministros y el plan de formación del personal.
- Entidades locales con convenios ATENPRO: Revisar los protocolos de derivación vigentes y estar atentas a las comunicaciones de Cruz Roja sobre los nuevos procedimientos de alta en ATENPRO 2.0 durante la fase de rodaje.
- FEMP: Gestionar el ajuste presupuestario derivado de la reasignación del crédito que hasta ahora canalizaba hacia el servicio ATENPRO, en coordinación con el Ministerio.
- Organismos públicos competentes en igualdad: Verificar que la modificación presupuestaria queda correctamente reflejada y establecer los mecanismos de seguimiento y justificación de la subvención conforme a la normativa de subvenciones públicas.
- Todas las partes: Consultar el texto íntegro del Real Decreto 566/2026 en el BOE para conocer las condiciones específicas, obligaciones de justificación y plazos de ejecución de la subvención.
Preguntas frecuentes
¿Por qué se concede la subvención directamente a Cruz Roja sin convocatoria pública?
El Real Decreto 566/2026 justifica la concesión directa por dos razones: el interés público y humanitario del servicio, y el hecho de que Cruz Roja Española es la única entidad con experiencia operativa y tecnológica acreditada en el servicio ATENPRO desde 2013. Al no existir otra entidad con capacidad equivalente, la convocatoria competitiva no sería procedente.
¿Cuántas mujeres se benefician actualmente del servicio ATENPRO?
A marzo de 2026, el servicio ATENPRO cuenta con más de 20.800 usuarias activas. Todas ellas son víctimas de violencia de género que disponen de un dispositivo de teleasistencia móvil gestionado por Cruz Roja Española.
¿Qué diferencia hay entre la fase de pilotaje y la fase de rodaje de ATENPRO 2.0?
La fase de pilotaje se realiza sin usuarias reales: permite probar y validar la nueva tecnología antes de su despliegue efectivo. La fase de rodaje se activa con nuevas altas derivadas por entidades locales, incorporando progresivamente usuarias al nuevo sistema ATENPRO 2.0 mientras el servicio actual sigue operativo.
¿De dónde sale el dinero para financiar ATENPRO 2.0?
La financiación procede de una modificación presupuestaria del crédito ya existente que hasta ahora se destinaba a la subvención a la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias) para el servicio ATENPRO. No se trata de una partida nueva, sino de una reasignación del crédito ya disponible.
¿Las usuarias actuales de ATENPRO perderán el servicio durante la transición?
No. El Real Decreto 566/2026 garantiza expresamente la continuidad del servicio durante la transición tecnológica. Las más de 20.800 usuarias activas a marzo de 2026 seguirán siendo atendidas por el sistema actual mientras ATENPRO 2.0 completa sus fases de pilotaje y rodaje.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-15033