Datos clave
| Normativa | Resolución de 14 de abril de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas |
|---|---|
| Publicación BOE | 27 de abril de 2026 |
| Entrada en vigor | 14 de abril de 2026 |
| Empresa titular | Molinos del Moncayo, SL |
| Ubicación | Fuendejalón, Zaragoza |
| Potencia solar autorizada | 45 MW (Central solar fotovoltaica Las Azubías) |
| Potencia almacenamiento autorizada | 5 MW (Almacenamiento hibridación Las Azubías) |
| Parque eólico existente hibridado | Las Azubías, 46 MW |
| Tipo de autorización | Autorización administrativa previa (primer paso antes de construcción) |
| Categoría | Energía / Renovables |
| Referencia BOE | BOE-A-2026-9173 |
Molinos del Moncayo SL da un paso decisivo en la ampliación de su capacidad renovable en Aragón. La Dirección General de Política Energética y Minas ha otorgado la autorización administrativa previa para la Central solar fotovoltaica Las Azubías, de 45 MW de potencia instalada, y para el módulo de almacenamiento con baterías Las Azubías, de 5 MW, ambos en Fuendejalón, Zaragoza. La resolución, con referencia BOE-A-2026-9173, fue dictada el 14 de abril de 2026 y publicada el 27 de abril de 2026.
El elemento diferencial del proyecto es su diseño como hibridación con el parque eólico Las Azubías, ya existente y con 46 MW de potencia. Compartir la infraestructura de evacuación entre solar, almacenamiento y eólico es la clave de eficiencia del conjunto.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución otorga la autorización administrativa previa a Molinos del Moncayo SL para dos instalaciones diferenciadas que funcionarán de forma coordinada:
| Instalación | Denominación | Potencia | Tecnología |
|---|---|---|---|
| Módulo solar | Central solar fotovoltaica Las Azubías | 45 MW | Fotovoltaica |
| Módulo de almacenamiento | Almacenamiento hibridación Las Azubías | 5 MW | Baterías |
| Parque hibridado (existente) | Parque eólico Las Azubías | 46 MW | Eólica |
La autorización incluye también la infraestructura de evacuación asociada a las nuevas instalaciones, que se integrará con la ya existente del parque eólico. Esta es la clave del modelo de hibridación: en lugar de construir una nueva línea de evacuación desde cero, el proyecto aprovecha la conexión a red ya disponible.
Es fundamental entender qué es y qué no es esta autorización. La autorización administrativa previa es el primer escalón del proceso administrativo en España para instalaciones de generación eléctrica. Confirma la viabilidad del proyecto desde el punto de vista regulatorio, pero no autoriza aún el inicio de obras. Los pasos siguientes son la autorización de construcción y, finalmente, la autorización de explotación para la puesta en marcha definitiva.
Impacto económico y operativo
La hibridación solar-eólica-almacenamiento que plantea este proyecto tiene implicaciones operativas y económicas concretas para el promotor y para el sector:
- Optimización del punto de conexión: Compartir la infraestructura de evacuación del parque eólico de 46 MW permite maximizar el uso del punto de acceso a red ya concedido. Esto evita los costes y plazos asociados a solicitar y construir una nueva conexión.
- Complementariedad de perfiles de generación: La solar genera principalmente en horas centrales del día, mientras que el eólico tiene un perfil más distribuido. La combinación reduce la variabilidad total del conjunto y mejora la predictibilidad de la energía entregada a la red.
- El almacenamiento de 5 MW añade flexibilidad: Las baterías permiten desplazar energía generada en momentos de baja demanda o precio bajo hacia franjas de mayor valor, mejorando los ingresos del conjunto.
- Contribución a objetivos de renovables: El proyecto se enmarca en los objetivos de transición energética del mix eléctrico español, lo que puede facilitar el acceso a financiación verde o instrumentos de apoyo público.
Para el sector renovable en Aragón, esta autorización confirma que el modelo de hibridación sobre infraestructura existente sigue siendo una vía viable y que la administración está tramitando estos proyectos. Es una señal relevante para otros promotores con parques eólicos que estudien añadir capacidad solar o almacenamiento.
¿A quién afecta?
- Molinos del Moncayo SL: Titular directo de la autorización. Debe avanzar ahora hacia la autorización de construcción.
- Promotores de energías renovables en Aragón y España: La resolución es un precedente y referencia para proyectos de hibridación solar-eólica similares.
- Empresas con parques eólicos existentes: El modelo demuestra que añadir solar y almacenamiento sobre infraestructura eólica ya autorizada es una vía administrativa viable.
- Inversores y financiadores del sector renovable: La obtención de la autorización previa reduce el riesgo regulatorio del proyecto y es un hito relevante para estructuras de financiación.
- Empresas de ingeniería, EPC y suministro de equipos fotovoltaicos y baterías: El avance del proyecto activa la cadena de valor asociada a la construcción.
- Operadores de red y REE: Deben integrar la planificación de la nueva capacidad en Fuendejalón dentro de la gestión de la red en Aragón.
Ejemplo práctico
Imagina que eres el director de desarrollo de negocio de una empresa que opera un parque eólico de 50 MW en Aragón con infraestructura de evacuación propia. Tienes capacidad de evacuación sin usar en ciertas horas del día porque el viento no siempre sopla al máximo.
El modelo de Las Azubías te muestra el camino: solicitar autorización para añadir un módulo solar fotovoltaico (en este caso, 45 MW) y un sistema de almacenamiento con baterías (5 MW) que compartan tu punto de conexión existente. La solar cubre las horas de sol que el eólico no aprovecha plenamente, y las baterías gestionan los excedentes puntuales.
El resultado es un conjunto hibridado que maximiza el retorno de la infraestructura de evacuación ya amortizada, sin necesitar un nuevo punto de acceso a red, que es uno de los mayores cuellos de botella del sector renovable en España. La autorización administrativa previa, como la que acaba de obtener Molinos del Moncayo, es el primer hito formal que valida esta estrategia ante la administración.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Si eres Molinos del Moncayo SL: Iniciar los trámites para la autorización de construcción, que es el siguiente paso obligatorio tras la autorización previa obtenida el 14 de abril de 2026.
- Si tienes un parque eólico