Energía

Repsol amplía Aguayo II: 1.014 MW de almacenamiento hidroeléctrico en Cantabria

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Equipo Editorial CambiosLegales
26 Jun 2026 7 min 3 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 11 de junio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación26 de junio de 2026
Entrada en vigor26 de junio de 2026
Titular autorizadoRepsol Generación Eléctrica, SAU
ProyectoAmpliación central hidroeléctrica reversible Aguayo-Aguayo II
Potencia de turbinación1.014 MW
Potencia de bombeo1.181 MW
Municipios afectadosSan Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha y Molledo (Cantabria)
CategoríaEnergía
Ejercicio2026
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Repsol Generación Eléctrica, SAU, obtiene luz verde definitiva para ejecutar la mayor ampliación de almacenamiento hidroeléctrico por bombeo en España en los últimos años. La Resolución de 11 de junio de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas otorga a la compañía tanto la autorización administrativa previa de modificaciones como la autorización administrativa de construcción para la ampliación de la central de Aguayo II en Cantabria.

La resolución, publicada en el BOE el 26 de junio de 2026, incluye además la declaración de utilidad pública del proyecto, un instrumento jurídico clave que facilita la ocupación de los terrenos necesarios para construir las infraestructuras de evacuación.

1.014 MW
Potencia de turbinación autorizada
1.181 MW
Potencia de bombeo autorizada
220 kV
Línea transmitida de Red Eléctrica a Repsol
3 municipios
San Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha y Molledo

¿Qué establece esta normativa?

La resolución otorga a Repsol Generación Eléctrica, SAU, dos autorizaciones simultáneas que desbloquean la ejecución del proyecto:

  • Autorización administrativa previa de modificaciones: valida los cambios técnicos introducidos respecto al proyecto original de la central de Aguayo.
  • Autorización administrativa de construcción: habilita el inicio efectivo de las obras de ampliación.

Además, la resolución incluye dos elementos adicionales de gran relevancia operativa:

ElementoDetalle
Declaración de utilidad públicaFacilita la ocupación de los terrenos necesarios para las infraestructuras del proyecto
Transmisión de línea eléctricaAutoriza la transmisión de una línea de 220 kV de Red Eléctrica a Repsol, desafectándola de la red de transporte
Condicionado ambientalEl proyecto debe cumplir la declaración de impacto ambiental aprobada en 2020
Condicionados técnicosExigidos por múltiples organismos; su cumplimiento es obligatorio para la ejecución del proyecto
Observaciones municipalesLos ayuntamientos afectados han planteado observaciones sobre vallados y viales temporales, pendientes de resolución definitiva por los cauces ambientales correspondientes

El proyecto afecta a los términos municipales de San Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha y Molledo, todos en Cantabria. La central hidroeléctrica reversible funciona como una gran «batería» de almacenamiento energético: bombea agua hacia un embalse superior cuando hay exceso de electricidad en la red y la turbina para generar electricidad cuando la demanda es alta.

Impacto económico y operativo

La ampliación de Aguayo II representa una de las mayores inversiones en almacenamiento hidroeléctrico por bombeo en España. Las implicaciones económicas y operativas son relevantes en varios planos:

  • Para Repsol Generación Eléctrica: la autorización desbloquea la ejecución de un proyecto de gran envergadura que refuerza su posición en el mercado eléctrico español, especialmente en servicios de flexibilidad y balance de red.
  • Para el sistema eléctrico nacional: sumar 1.014 MW de turbinación y 1.181 MW de bombeo incrementa significativamente la capacidad de almacenamiento gestionable en España, clave para integrar renovables intermitentes.
  • Para Red Eléctrica: la desafectación de la línea de 220 kV supone un cambio en la titularidad de una infraestructura de evacuación, con implicaciones en la gestión de la red de transporte.
  • Para los municipios afectados: la declaración de utilidad pública implica que Repsol puede iniciar procedimientos de ocupación de terrenos, con las compensaciones que correspondan a propietarios y administraciones locales.
  • Pendiente de resolución: las observaciones de los ayuntamientos sobre vallados y viales temporales no están cerradas; su resolución definitiva depende de los cauces ambientales correspondientes, lo que puede condicionar plazos de ejecución.

¿A quién afecta?

  • Repsol Generación Eléctrica, SAU: titular de la autorización, responsable del cumplimiento de todos los condicionados técnicos y ambientales.
  • Red Eléctrica de España: transmite a Repsol la titularidad de la línea de 220 kV desafectada de la red de transporte.
  • Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo: municipio directamente afectado por las obras; ha planteado observaciones sobre vallados y viales temporales.
  • Ayuntamiento de Bárcena de Pie de Concha: ídem, con observaciones pendientes de resolución definitiva.
  • Ayuntamiento de Molledo: ídem, afectado por las infraestructuras del proyecto.
  • Propietarios de terrenos en los municipios afectados: la declaración de utilidad pública habilita procedimientos de ocupación que pueden afectar a fincas privadas.
  • Operadores del mercado eléctrico: la entrada en operación de esta capacidad de almacenamiento tendrá efectos en el mercado de servicios de ajuste y balance de la red.

Ejemplo práctico

Una central hidroeléctrica reversible como Aguayo II actúa como una gran batería de almacenamiento. Con 1.181 MW de potencia de bombeo, la instalación puede absorber excedentes de generación renovable (eólica o solar) bombeando agua al embalse superior. Cuando el sistema necesita energía, turbina esa agua generando hasta 1.014 MW de potencia eléctrica.

Para un operador del mercado eléctrico, esto significa que Repsol podrá ofrecer servicios de regulación y balance a Red Eléctrica con una capacidad equivalente a la de una central nuclear de tamaño medio. La desafectación de la línea de 220 kV garantiza la evacuación directa de esa energía sin depender de la red de transporte gestionada por el operador del sistema.

Para los propietarios de terrenos en San Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha o Molledo, la declaración de utilidad pública implica que Repsol puede iniciar expedientes de ocupación. Si un propietario tiene fincas en la zona de afección, debe estar atento a las notificaciones del procedimiento expropiatorio o de servidumbre que se derive de esta resolución.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Repsol Generación Eléctrica: revisar y cumplir todos los condicionados técnicos exigidos por los organismos sectoriales y la declaración de impacto ambiental de 2020 antes de iniciar las obras.
  2. Repsol Generación Eléctrica: gestionar la transmisión formal de la línea de 220 kV desde Red Eléctrica, completando los trámites administrativos de desafectación.
  3. Ayuntamientos de San Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha y Molledo: activar los cauces ambientales correspondientes para resolver las observaciones pendientes sobre vallados y viales temporales, a fin de no bloquear el calendario de obras.
  4. Propietarios de terrenos afectados: consultar si sus fincas están incluidas en el ámbito de la declaración de utilidad pública y, en su caso, asesorarse sobre sus derechos en el procedimiento de ocupación.
  5. Operadores del mercado eléctrico y competidores: incorporar la futura capacidad de Aguayo II en sus modelos de planificación de generación y almacenamiento, dado el impacto que tendrá en los mercados de servicios de ajuste.

Preguntas frecuentes

¿Qué potencia tendrá la central de Aguayo II tras la ampliación?

La central tendrá una potencia de turbinación de 1.014 MW y una potencia de bombeo de 1.181 MW, según la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas publicada el 26 de junio de 2026.

¿Qué significa la declaración de utilidad pública para los propietarios de terrenos?

La declaración de utilidad pública habilita a Repsol Generación Eléctrica a iniciar procedimientos de ocupación de los terrenos necesarios para las infraestructuras del proyecto en San Miguel de Aguayo, Bárcena de Pie de Concha y Molledo. Los propietarios afectados tienen derecho a ser notificados y a recibir la compensación correspondiente conforme a la legislación de expropiación forzosa.

¿Qué condiciones ambientales debe cumplir el proyecto?

El proyecto debe cumplir la declaración de impacto ambiental aprobada en 2020, así como los condicionados técnicos exigidos por múltiples organismos sectoriales. Las observaciones de los ayuntamientos afectados sobre vallados y viales temporales están pendientes de resolución definitiva a través de los cauces ambientales correspondientes.

¿Qué ocurre con la línea de 220 kV de Red Eléctrica?

La resolución autoriza la transmisión de una línea de 220 kV de Red Eléctrica a Repsol Generación Eléctrica, desafectándola de la red de transporte. Esto permite a Repsol gestionar directamente la evacuación de la energía generada por la central ampliada.

¿Cuándo entra en vigor esta autorización?

La resolución fue publicada en el BOE el 26 de junio de 2026 y entró en vigor en esa misma fecha. A partir de ese momento, Repsol puede iniciar los trámites previos a la construcción, siempre que cumpla los condicionados técnicos y ambientales establecidos.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-13934



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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