Datos clave
| Normativa | Corrección del Reglamento (UE) 2024/3110 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024 |
|---|---|
| Publicación | 13 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en la corrección |
| Norma derogada | Reglamento (UE) n.º 305/2011 |
| Afectados | Fabricantes, importadores y distribuidores de productos de construcción en la UE |
| Categoría | Normativa Europea |
| Tipo de acto | Corrección técnica (errata) del reglamento principal |
Si fabricas, importas o distribuyes productos de construcción en la Unión Europea, el marco normativo bajo el que operabas ha cambiado. El Reglamento (UE) 2024/3110, aprobado el 27 de noviembre de 2024, deroga el hasta ahora vigente Reglamento (UE) 305/2011 y establece nuevas normas armonizadas para la comercialización de productos de construcción en todo el mercado único europeo.
La publicación del 13 de julio de 2026 es una corrección de erratas —de naturaleza técnica o lingüística— que no modifica el fondo del reglamento, pero que confirma su plena vigencia y la necesidad de adaptación por parte de los operadores económicos del sector.
¿Qué establece esta normativa?
El Reglamento (UE) 2024/3110 establece normas armonizadas para la comercialización de productos de construcción en toda la UE. Sus pilares fundamentales son tres:
- Declaración de prestaciones actualizada: los fabricantes deben declarar las características esenciales de sus productos conforme a los nuevos requisitos, que sustituyen al esquema anterior del Reglamento 305/2011.
- Marcado CE renovado: el acceso al mercado europeo sigue condicionado al marcado CE, pero con los procedimientos y exigencias técnicas actualizadas que introduce el nuevo reglamento.
- Responsabilidades de los operadores económicos: se delimitan y actualizan las obligaciones específicas de fabricantes, importadores y distribuidores a lo largo de la cadena de suministro.
| Aspecto | Reglamento (UE) 305/2011 (derogado) | Reglamento (UE) 2024/3110 (vigente) |
|---|---|---|
| Marco de referencia | Norma armonizada anterior | Normas armonizadas actualizadas |
| Declaración de prestaciones | Requisitos del esquema 305/2011 | Requisitos renovados y actualizados |
| Marcado CE | Procedimientos anteriores | Procedimientos y exigencias técnicas nuevas |
| Responsabilidades en cadena | Régimen previo | Obligaciones específicas actualizadas por operador |
| Estado | Derogado | Vigente |
La corrección publicada el 13 de julio de 2026 es una errata de carácter técnico o lingüístico. No altera el fondo normativo del reglamento principal, pero su publicación en el Diario Oficial de la UE refuerza la obligación de cumplimiento del texto corregido.
Impacto económico y operativo
La entrada en vigor del nuevo reglamento implica costes reales de adaptación para las empresas del sector. Los principales focos de impacto son:
- Revisión y actualización de la documentación técnica: las declaraciones de prestaciones existentes deben revisarse para verificar su conformidad con los nuevos requisitos. Esto puede implicar la elaboración de nuevos documentos o la actualización de los existentes.
- Procesos de certificación: los procedimientos de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones (AVCP) pueden verse afectados, lo que puede requerir nuevos ensayos o auditorías con organismos notificados.
- Cadena de suministro: importadores y distribuidores deben verificar que los productos que comercializan cumplen con el nuevo marco, lo que puede implicar exigir documentación actualizada a sus proveedores o fabricantes.
- Formación interna: los equipos de calidad, cumplimiento y comercial deben conocer los nuevos requisitos para evitar errores en la comercialización.
La plena aplicación del reglamento requerirá adaptaciones en procesos de certificación y documentación técnica. El coste de adaptación variará en función del tamaño de la empresa, el número de productos en cartera y el grado de divergencia entre los requisitos anteriores y los nuevos.
¿A quién afecta?
- Fabricantes de productos de construcción establecidos en la UE: responsables directos de la declaración de prestaciones y el marcado CE.
- Importadores de productos de construcción procedentes de terceros países: deben garantizar que los productos importados cumplen el nuevo reglamento antes de su comercialización en la UE.
- Distribuidores de productos de construcción: deben verificar que los productos que ponen en el mercado disponen de la documentación conforme al nuevo marco.
- Empresas constructoras y promotoras que especifican o adquieren productos de construcción: deben asegurarse de que sus proveedores cumplen con el nuevo reglamento.
- Organismos notificados y laboratorios de ensayo: deberán adaptar sus procedimientos de evaluación al nuevo marco normativo.
Ejemplo práctico
Un fabricante español de ventanas de PVC que actualmente comercializa sus productos con marcado CE bajo el Reglamento (UE) 305/2011 debe revisar si su declaración de prestaciones y sus procedimientos de certificación son conformes con los nuevos requisitos del Reglamento (UE) 2024/3110.
En la práctica, esto implica: revisar la documentación técnica de cada referencia de producto, contactar con el organismo notificado para verificar si los certificados existentes siguen siendo válidos bajo el nuevo marco, y actualizar las declaraciones de prestaciones si los requisitos han cambiado. Si el fabricante también exporta a otros países de la UE, debe asegurarse de que la documentación actualizada está disponible en los idiomas requeridos por cada Estado miembro.
Un importador que traiga perfiles de acero estructural desde un país tercero deberá, antes de comercializarlos, verificar que el fabricante de origen ha adaptado su documentación al nuevo reglamento y que el producto puede recibir el marcado CE conforme al nuevo esquema.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Identificar todos los productos afectados: hacer un inventario de los productos de construcción que la empresa fabrica, importa o distribuye y que actualmente tienen marcado CE bajo el Reglamento 305/2011.
- Revisar la documentación técnica existente: comparar las declaraciones de prestaciones actuales con los nuevos requisitos del Reglamento (UE) 2024/3110 para detectar brechas de cumplimiento.
- Contactar con el organismo notificado: consultar si los certificados de evaluación existentes siguen siendo válidos bajo el nuevo marco o si se requieren nuevas evaluaciones o ensayos.
- Actualizar las declaraciones de prestaciones: adaptar los documentos a los nuevos requisitos y asegurarse de que están disponibles en los formatos y lenguas exigidos.
- Revisar la cadena de suministro: importadores y distribuidores deben exigir a sus proveedores la documentación actualizada conforme al nuevo reglamento antes de comercializar los productos.
- Formar a los equipos internos: los departamentos de calidad, cumplimiento normativo y comercial deben conocer los cambios para evitar errores en la comercialización.
- Consultar el texto completo del Reglamento (UE) 2024/3110 en el Diario Oficial de la UE para conocer los plazos de aplicación específicos y los requisitos detallados.
Preguntas frecuentes
¿El Reglamento (UE) 2024/3110 ya está en vigor o hay un periodo transitorio?
El Reglamento (UE) 2024/3110 fue aprobado el 27 de noviembre de 2024. La corrección publicada el 13 de julio de 2026 es de carácter técnico y no especifica una nueva fecha de entrada en vigor. Los plazos de aplicación concretos y los posibles periodos transitorios deben consultarse en el texto completo del reglamento publicado en el Diario Oficial de la UE (referencia OJ:L_202690575).
¿Qué pasa con los certificados y declaraciones de prestaciones emitidos bajo el Reglamento 305/2011?
El Reglamento (UE) 305/2011 ha sido derogado por el Reglamento (UE) 2024/3110. Los fabricantes deben revisar si sus certificados y declaraciones de prestaciones actuales siguen siendo válidos bajo el nuevo marco o si deben ser actualizados. Se recomienda contactar con el organismo notificado correspondiente para confirmar la validez de la documentación existente.
¿La corrección publicada el 13 de julio de 2026 cambia algo en la práctica?
No. La corrección es de carácter técnico o lingüístico y no altera el fondo normativo del Reglamento (UE) 2024/3110. Su publicación confirma la vigencia del texto corregido, pero no introduce nuevas obligaciones ni modifica los requisitos sustantivos del reglamento principal.
¿Los importadores de productos de construcción de fuera de la UE tienen las mismas obligaciones que los fabricantes?
No exactamente, pero sí tienen responsabilidades propias. Según el nuevo reglamento, los importadores deben verificar que los productos que comercializan en la UE cumplen los requisitos del Reglamento (UE) 2024/3110, que el fabricante ha elaborado la documentación técnica correcta y que el producto puede recibir el marcado CE. Si el fabricante de origen no cumple, el importador no puede comercializar el producto en la UE.
¿Qué sectores de la construcción se ven más afectados por este reglamento?
El reglamento afecta a todos los productos de construcción comercializados en la UE que requieren marcado CE: materiales estructurales (acero, hormigón, madera), sistemas de ventanas y puertas, materiales de aislamiento, productos para cubiertas, sistemas de instalaciones (fontanería, electricidad), revestimientos y acabados, entre otros. Cualquier empresa que fabrique, importe o distribuya estos productos en el mercado europeo está afectada.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=OJ:L_202690575