Datos clave
| Normativa | Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia |
|---|---|
| Publicación en BOE | 1 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | 1 de octubre de 2026 |
| Afectados | Opositores al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (convocatoria Orden PJC/1437/2024) |
| Categoría | Sector Público — Empleo Público |
| Recurso judicial | Contencioso-administrativo 457/2026 |
| Órgano judicial | Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera |
| Plazo para comparecer | 9 días desde la publicación (1 de octubre de 2026) |
| Acto impugnado | Anulación de la pregunta 126 del modelo A del tercer ejercicio, nueva plantilla de respuestas y relaciones de aprobados |
Un opositor ha recurrido ante la Audiencia Nacional la decisión del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. El recurso contencioso-administrativo 457/2026, interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, impugna directamente la anulación de la pregunta 126 del modelo A del tercer ejercicio de la convocatoria regulada por la Orden PJC/1437/2024.
La Resolución de 10 de septiembre de 2026, publicada en el BOE el 1 de octubre de 2026, emplaza a todos los interesados a comparecer en el procedimiento. El plazo es de 9 días y ya está corriendo.
¿Qué establece esta resolución?
La Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia ha publicado un emplazamiento formal dirigido a todos los participantes en el proceso selectivo de la convocatoria Orden PJC/1437/2024. Este emplazamiento es el mecanismo legal por el que se notifica a los posibles interesados que existe un recurso judicial en curso que puede afectar a sus derechos.
Los actos concretos que se impugnan en el recurso son los siguientes:
- La anulación de la pregunta 126 del modelo A del tercer ejercicio de las pruebas selectivas.
- La nueva plantilla de respuestas elaborada tras dicha anulación.
- Las relaciones de aprobados publicadas como consecuencia de los cambios anteriores.
En términos prácticos: si el tribunal anuló una pregunta y eso modificó quién aprobó y quién no, el recurso busca revertir esa decisión. Si prospera, las listas de aprobados podrían volver a cambiar.
Impacto operativo para los opositores
Este tipo de litigios sobre pruebas selectivas puede tener consecuencias directas sobre la obtención o pérdida de una plaza en la Administración de Justicia. Las implicaciones son distintas según la situación de cada opositor:
| Situación del opositor | Posible impacto del recurso | ¿Debe personarse? |
|---|---|---|
| Aprobó con la plantilla modificada (tras anular la pregunta 126) | Si el recurso prospera, podría perder la plaza | Sí, para defender su aprobado |
| No aprobó con la plantilla modificada pero sí habría aprobado con la original | Si el recurso prospera, podría recuperar la plaza | Sí, para reforzar la posición del recurrente |
| Aprobó en ambos escenarios (con y sin la pregunta 126) | Impacto menor, pero la posición en la lista puede variar | Recomendable por precaución |
| No aprobó en ningún escenario | Impacto mínimo o nulo | No es necesario, salvo asesoramiento específico |
¿A quién afecta?
- Opositores que se presentaron al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia en la convocatoria Orden PJC/1437/2024.
- Candidatos que realizaron el tercer ejercicio y cuya puntuación pudo verse alterada por la anulación de la pregunta 126 del modelo A.
- Opositores que figuran en las relaciones de aprobados publicadas tras la modificación de la plantilla.
- Opositores que quedaron fuera de las listas de aprobados y que podrían haber entrado con la plantilla original.
- Academias de oposiciones y asesores que preparan candidatos para este cuerpo, que deben informar a sus alumnos del plazo.
Ejemplo práctico
Imagina que un opositor respondió correctamente la pregunta 126 del modelo A según la plantilla original, pero el Tribunal Calificador decidió anular esa pregunta. Al anularla, esa pregunta dejó de puntuar para todos los candidatos. Si ese opositor necesitaba el punto de esa pregunta para superar el umbral de aprobado, la anulación le dejó fuera de la lista de aprobados.
Ahora, el recurso 457/2026 impugna precisamente esa anulación. Si la Audiencia Nacional da la razón al recurrente y ordena que la pregunta 126 vuelva a ser válida con la respuesta correcta original, las puntuaciones se recalcularían y las listas de aprobados cambiarían de nuevo.
Para ese opositor perjudicado, personarse en el procedimiento antes de que venza el plazo de 9 días es la única forma de que sus argumentos sean escuchados por el tribunal y de que su situación sea tenida en cuenta en la sentencia.
¿Qué debes hacer ahora?
- Verifica si participaste en la convocatoria Orden PJC/1437/2024 del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. Si es así, este emplazamiento te afecta directamente.
- Comprueba tu situación respecto a la pregunta 126 del modelo A del tercer ejercicio. Analiza si la anulación de esa pregunta modificó tu puntuación final y si eso te perjudicó o benefició.
- Consulta a un abogado especialista en derecho administrativo y oposiciones antes de que venza el plazo de 9 días desde el 1 de octubre de 2026. La personación en un procedimiento contencioso-administrativo requiere representación letrada.
- Decide si personarte como parte interesada ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, en el recurso 457/2026. No personarse implica que la sentencia te afectará sin haber podido alegar nada.
- Actúa con urgencia. El plazo de 9 días es muy corto. No esperes a los últimos días para buscar asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para personarme en el recurso contencioso-administrativo 457/2026?
El plazo es de 9 días desde la publicación del emplazamiento en el BOE (1 de octubre de 2026). Pasado ese plazo, no podrás comparecer como parte interesada en el procedimiento ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera.
¿Qué impugna exactamente el recurso 457/2026 sobre las oposiciones de Tramitación Procesal?
El recurso impugna la anulación de la pregunta 126 del modelo A del tercer ejercicio de las pruebas selectivas, así como todos los actos derivados de esa decisión: la nueva plantilla de respuestas y las relaciones de aprobados publicadas tras la anulación.
¿A qué convocatoria afecta este recurso y quién puede verse afectado?
Afecta a la convocatoria regulada por la Orden PJC/1437/2024 para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. Pueden verse afectados todos los opositores que participaron en ese proceso selectivo, especialmente quienes aprobaron o quedaron fuera por escaso margen.
¿Dónde debo comparecer y ante qué órgano judicial?
Debes personarte ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, que es el órgano que conoce el recurso contencioso-administrativo 457/2026.
¿Qué pasa si no me persono en el plazo de 9 días?
Si no te personas en el plazo establecido, perderás la posibilidad de defender tus intereses como parte en el procedimiento. El litigio continuará y la sentencia te afectará igualmente (para bien o para mal), pero sin que hayas podido alegar nada a tu favor.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-20458)
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20458