Datos clave
| Normativa | Resolución de 28 de abril de 2026, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Fundación FEDER para la Investigación |
|---|---|
| Publicación | 8 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en la resolución |
| Afectados | Investigadores y grupos que han presentado solicitudes a la convocatoria de ayudas a la investigación de enfermedades raras del ISCIII |
| Categoría | Educación / Investigación biomédica |
| Objeto del convenio | Evaluación de propuestas de investigación sobre enfermedades raras por parte de la Fundación FEDER para la Investigación |
| Tipo de acto | Adenda de modificación y prórroga de convenio de colaboración público-privada |
Los investigadores y grupos de investigación que han presentado solicitudes a la convocatoria de ayudas del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) para proyectos sobre enfermedades raras tienen ya confirmado el marco en que serán evaluados sus proyectos. La Resolución de 28 de abril de 2026, publicada en el BOE el 8 de mayo de 2026, formaliza la adenda que modifica y prorroga el convenio entre el ISCIII y la Fundación FEDER para la Investigación.
Esta prórroga no introduce un nuevo proceso de evaluación desde cero: consolida y extiende la colaboración ya existente, aprovechando el conocimiento especializado de FEDER en el ámbito de las enfermedades poco frecuentes. Para quienes tienen una solicitud en curso, esto significa que el proceso evaluador continúa sin cambios de organismo ni de criterios de base.
¿Qué establece esta normativa?
La adenda publicada por el ISCIII tiene un objeto concreto y acotado: modificar y prorrogar el convenio de colaboración con la Fundación FEDER para la Investigación para que esta fundación siga participando en la evaluación de las propuestas presentadas a la convocatoria de ayudas destinadas a investigar enfermedades raras.
Los elementos clave que establece la resolución son los siguientes:
- Partes del convenio: Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) y Fundación FEDER para la Investigación.
- Objeto: Colaboración de FEDER en la evaluación de las propuestas de investigación presentadas a la convocatoria de ayudas a la investigación de enfermedades raras.
- Tipo de acto: Adenda de modificación y prórroga del convenio original.
- Justificación: Garantizar la continuidad del proceso evaluador y aprovechar la experiencia y conocimiento especializado de la fundación en enfermedades poco frecuentes.
- Marco: Refuerza la colaboración público-privada en el ecosistema de investigación biomédica sobre enfermedades raras.
La resolución no especifica la fecha exacta de entrada en vigor de la adenda. Para conocer los plazos concretos, es necesario consultar el texto íntegro publicado en el BOE (BOE-A-2026-10040).
Impacto económico y operativo
Esta resolución no genera costes directos para los investigadores ni para las entidades que han presentado solicitudes. Su impacto es fundamentalmente operativo y procedimental: determina quién evalúa los proyectos y bajo qué marco de colaboración.
Los efectos prácticos más relevantes son:
- Continuidad del proceso evaluador: La prórroga evita vacíos o retrasos en la evaluación de las propuestas ya presentadas. El proceso no se interrumpe ni se reinicia con un nuevo evaluador.
- Estabilidad del criterio evaluador: Al mantenerse FEDER como entidad colaboradora en la evaluación, los criterios y la experiencia acumulada en convocatorias anteriores se preservan. Esto es relevante para los investigadores que ya conocen el perfil evaluador de la fundación.
- Refuerzo de la colaboración público-privada: La adenda consolida el modelo en que una fundación especializada en enfermedades raras aporta valor técnico al proceso de selección de proyectos financiados con fondos públicos del ISCIII.
- Impacto indirecto en la financiación de proyectos: Una evaluación bien estructurada y con criterios especializados incide en la calidad de las decisiones de financiación, lo que afecta a los grupos de investigación que compiten por estas ayudas.
No se han publicado datos sobre el importe económico del convenio ni sobre el volumen total de la convocatoria de ayudas en la resolución analizada.
¿A quién afecta?
Esta resolución afecta de forma directa e indirecta a los siguientes perfiles:
- Investigadores y grupos de investigación que han presentado propuestas a la convocatoria de ayudas del ISCIII para proyectos sobre enfermedades raras: son los principales afectados, ya que esta adenda determina el marco en que serán evaluados sus proyectos.
- Instituciones de investigación biomédica (hospitales, universidades, centros de investigación) que participan en convocatorias del ISCIII en el ámbito de las enfermedades poco frecuentes.
- Gestores de I+D de centros y hospitales que coordinan la presentación de solicitudes a convocatorias del ISCIII.
- Fundación FEDER para la Investigación, como entidad colaboradora que asume la función evaluadora dentro del convenio prorrogado.
- Responsables de política científica y financiación de la investigación que siguen el modelo de colaboración público-privada en biomedicina.
Ejemplo práctico
Un grupo de investigación de un hospital universitario ha presentado una propuesta a la convocatoria de ayudas del ISCIII para desarrollar un proyecto sobre el diagnóstico precoz de una enfermedad rara de origen genético. El grupo lleva semanas a la espera de conocer el resultado de la evaluación.
Con la publicación de esta adenda, ese grupo tiene confirmado que la Fundación FEDER para la Investigación sigue siendo la entidad que colabora en la evaluación de su propuesta, en el marco del convenio prorrogado con el ISCIII. No hay cambio de evaluador, no hay reinicio del proceso y no hay incertidumbre sobre quién valora su proyecto.
Para el responsable del grupo, esto significa que puede continuar el proceso sin necesidad de adaptar su propuesta a nuevos criterios evaluadores ni esperar a que un nuevo organismo se familiarice con la convocatoria. La prórroga garantiza que el conocimiento especializado de FEDER en enfermedades raras sigue aplicándose a la valoración de su solicitud.
¿Qué deben hacer los investigadores ahora?
- Verificar el estado de tu solicitud: Si has presentado una propuesta a la convocatoria de ayudas del ISCIII para enfermedades raras, comprueba el estado de tu expediente a través de los canales habituales del instituto. La prórroga del convenio no modifica los plazos de resolución de la convocatoria.
- Consultar el texto íntegro de la adenda: La resolución publicada en el BOE el 8 de mayo de 2026 (referencia BOE-A-2026-10040) incluye el texto completo de la adenda. Revísalo para conocer la fecha de entrada en vigor y cualquier modificación específica respecto al convenio original.
- Mantener actualizada la documentación de tu propuesta: Asegúrate de que toda la documentación presentada está completa y actualizada, por si el proceso evaluador requiere información adicional.
- Seguir los canales de comunicación del ISCIII: Las notificaciones sobre el resultado de la evaluación se producirán a través de los canales oficiales del Instituto de Salud Carlos III. No es necesario realizar ninguna acción adicional como consecuencia directa de esta prórroga.
- Gestores de I+D: Informar a los investigadores de sus centros que tienen solicitudes en curso de que el marco evaluador se mantiene sin cambios sustanciales, evitando alarmas innecesarias.