Sector Público

Plazas de Tramitación Procesal en Madrid 2026: destinos y plazos para opositores

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Equipo Editorial CambiosLegales
25 Jun 2026 6 min 4 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 12 de junio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de Madrid)
Publicación25 de junio de 2026
Entrada en vigor25 de junio de 2026
AfectadosFuncionarios aprobados en el proceso selectivo de promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (convocatoria Orden PJC/150/2024)
CategoríaSector Público — Administración de Justicia
Convocatoria baseOrden PJC/150/2024, de 19 de febrero
Plazo para solicitar destino10 días hábiles desde la publicación en el BOE (desde el 25 de junio de 2026)
Vía de solicitudTelemáticamente o en Oficinas de Atención al Ciudadano
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Si superaste el proceso selectivo de promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia convocado por la Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero, el reloj ya está corriendo. La Dirección General de Recursos Humanos de la Comunidad de Madrid ha publicado la relación de plazas vacantes disponibles y el plazo para elegir es de 10 días hábiles desde el 25 de junio de 2026. No actuar tiene consecuencias directas: destino forzoso sin posibilidad de elegir.

10 días hábiles
Plazo máximo para solicitar destino desde el 25/06/2026
2 años
Bloqueo de participación en concursos de traslado tras la adjudicación

¿Qué establece esta normativa?

La resolución publica las plazas vacantes en el ámbito de la Comunidad de Madrid que se ofrecen a quienes aprobaron el proceso selectivo de acceso por promoción interna y sistema de concurso-oposición al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. Las plazas se distribuyen en múltiples localidades madrileñas.

Las localidades con plazas ofertadas incluyen:

  • Alcalá de Henares
  • Alcobendas
  • Arganda del Rey
  • Getafe
  • Collado Villalba
  • Coslada
  • Fuenlabrada
  • Madrid capital

Las reglas de adjudicación son claras y no admiten excepciones:

Situación del aspiranteConsecuencia
Solicita plaza dentro del plazo y obtiene una de las pedidasSe le adjudica la plaza solicitada según orden de puntuación
Solicita plaza pero no obtiene ninguna de las pedidasDestino forzoso por orden alfabético de localidades
No presenta solicitud de destino en el plazoDestino forzoso por orden alfabético de localidades

El criterio de adjudicación entre aspirantes es el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo, equivalente a los obtenidos por concurso de traslado.

Impacto económico y operativo

Aunque esta resolución no implica costes directos para empresas privadas, tiene un impacto operativo muy relevante para los funcionarios afectados y para las unidades judiciales que recibirán nuevas incorporaciones:

  • Para los aprobados: el destino adjudicado determina el lugar de trabajo durante un mínimo de dos años. Elegir bien —o no elegir— tiene consecuencias directas sobre conciliación, desplazamientos y condiciones laborales reales.
  • Bloqueo de movilidad: durante dos años desde la adjudicación, el funcionario no puede participar en concursos de traslado. Esto convierte la elección de destino en una decisión de medio plazo, no solo inmediata.
  • Para las unidades judiciales receptoras: la incorporación de nuevos funcionarios por promoción interna refuerza la capacidad operativa de juzgados y tribunales en las localidades con plazas ofertadas, especialmente en Madrid capital, Alcalá de Henares y Getafe.

¿A quién afecta?

  • Funcionarios que superaron el proceso selectivo de promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia convocado por Orden PJC/150/2024.
  • Funcionarios en activo en cuerpos inferiores de la Administración de Justicia en Madrid que participaron en la convocatoria de promoción interna.
  • Responsables de Recursos Humanos de la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid, que deben gestionar las incorporaciones.
  • Juzgados y tribunales en las localidades con plazas ofertadas, que recibirán nuevas incorporaciones.

Ejemplo práctico

Imagina que eres funcionario aprobado en la convocatoria de promoción interna (Orden PJC/150/2024) y resides en Alcobendas. La resolución publicada el 25 de junio de 2026 incluye plazas en Alcobendas, Madrid capital y Fuenlabrada, entre otras localidades.

Tienes 10 días hábiles desde el 25 de junio para presentar tu solicitud de destino —telemáticamente o en una Oficina de Atención al Ciudadano— indicando por orden de preferencia las plazas que deseas. Si tu puntuación en el proceso selectivo es suficientemente alta, obtendrás la plaza en Alcobendas (tu primera preferencia). Si no, el sistema te asignará la siguiente disponible según tu puntuación.

Si no presentas ninguna solicitud en ese plazo, la administración te asignará destino forzosamente por orden alfabético de localidades, sin que puedas elegir. Y ese destino será definitivo durante al menos dos años, sin posibilidad de participar en concursos de traslado hasta que transcurra ese periodo.

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¿Qué deben hacer los aprobados ahora?

  1. Verificar si estás en la lista de aprobados del proceso selectivo de promoción interna convocado por Orden PJC/150/2024. Solo los aprobados en ese proceso pueden solicitar plaza en esta convocatoria.
  2. Consultar la relación completa de plazas ofertadas publicada por la Dirección General de Recursos Humanos de Madrid en el BOE del 25 de junio de 2026, disponible en la fuente oficial.
  3. Preparar y presentar la solicitud de destino antes de que venza el plazo de 10 días hábiles (desde el 25 de junio de 2026). Puedes hacerlo telemáticamente o en las Oficinas de Atención al Ciudadano.
  4. Ordenar las plazas por preferencia real, teniendo en cuenta que el destino adjudicado será definitivo y que no podrás participar en concursos de traslado durante dos años.
  5. No dejar pasar el plazo: si no solicitas destino o no obtienes ninguna de las plazas pedidas, la adjudicación forzosa se realiza por orden alfabético de localidades, sin posibilidad de elección.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar destino tras la publicación en el BOE?

Dispones de 10 días hábiles desde la publicación de la resolución en el BOE, que tuvo lugar el 25 de junio de 2026. Es imprescindible presentar la solicitud dentro de ese plazo para poder elegir destino. Pasado ese plazo, la administración asigna destino forzoso.

¿Qué pasa si no presento solicitud de destino en el plazo?

Si no presentas solicitud en los 10 días hábiles, o si presentas solicitud pero no obtienes ninguna de las plazas pedidas, serás destinado forzosamente por orden alfabético de localidades. No tendrás capacidad de elección sobre tu destino definitivo.

¿Cuándo podré pedir traslado tras la adjudicación de destino?

Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo, equivalente a los obtenidos por concurso. No podrás participar en ningún concurso de traslado hasta que hayan transcurrido dos años desde la adjudicación de tu destino.

¿En qué localidades de Madrid hay plazas ofertadas?

Las plazas se distribuyen en múltiples localidades madrileñas: Alcalá de Henares, Alcobendas, Arganda del Rey, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada y Madrid capital, entre otras. La relación completa figura en la resolución publicada en el BOE el 25 de junio de 2026.

¿Cómo se decide quién obtiene cada plaza cuando hay varios aspirantes?

La adjudicación se realiza según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo de promoción interna. A mayor puntuación, mayor prioridad para elegir entre las plazas disponibles. En caso de empate, se aplican los criterios establecidos en la convocatoria (Orden PJC/150/2024).

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-13806



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Equipo Editorial CambiosLegales

El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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