Datos clave
| Normativa | Resolución de 21 de mayo de 2026, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno (Consellería de Justicia, Transparencia y Participación) |
|---|---|
| Publicación | 5 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 5 de junio de 2026 |
| Afectados | Personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario al Cuerpo de Auxilio Judicial (Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre) |
| Plazas publicadas | 42 plazas desiertas en órganos judiciales de las tres provincias valencianas |
| Plazo de solicitud | 10 días hábiles desde la publicación en BOE y DOGV |
| Categoría | Sector Público |
| Ejercicio | 2026 |
Si estás entre los aprobados de la oposición extraordinaria al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, el reloj ya corre. La Dirección General de Justicia y Autogobierno de la Comunitat Valenciana ha publicado, mediante Resolución de 21 de mayo de 2026, las 42 plazas vacantes en órganos judiciales de Valencia, Alicante y Castellón que se ofrecen a quienes superaron el proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
No se trata de un trámite menor: el destino que elijas —o el que te asignen si no actúas— será definitivo, con restricciones de movilidad durante dos años. Actuar dentro del plazo y con criterio es clave.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución publica la relación de plazas desiertas en órganos judiciales de las tres provincias de la Comunitat Valenciana —Valencia, Alicante y Castellón— que se ponen a disposición de los aspirantes aprobados en el proceso selectivo extraordinario de acceso al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
Las reglas del proceso de elección de destino son las siguientes:
- Solicitud exclusivamente electrónica a través de la sede de la Generalitat Valenciana.
- Plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación simultánea en el BOE y en el DOGV (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana), es decir, desde el 5 de junio de 2026.
- Orden de adjudicación según la puntuación obtenida en el proceso selectivo: a mayor puntuación, mayor preferencia en la elección.
- Adjudicación forzosa para quienes no presenten solicitud o no obtengan ninguna de las plazas pedidas.
- Destino definitivo: una vez adjudicado, no se puede participar en concursos de traslado durante los dos años siguientes.
- Irrevocabilidad de la solicitud: una vez cerrado el plazo, no se pueden anular ni modificar las solicitudes presentadas.
En total se ofrecen 42 plazas desiertas repartidas entre órganos judiciales de las tres provincias valencianas. La resolución especifica el detalle de cada plaza (juzgado u órgano, localidad y provincia), información que los aspirantes deben consultar en el texto oficial publicado en el BOE y en el DOGV.
Impacto económico y operativo
Para los aprobados, este proceso tiene consecuencias directas sobre su vida profesional y económica a corto y medio plazo:
- Destino definitivo durante al menos dos años: la plaza adjudicada no es provisional. Esto implica que la localidad de trabajo, los gastos de desplazamiento o mudanza, y las condiciones de vida quedan fijados durante ese periodo mínimo.
- Coste de no actuar: si no se presenta solicitud, la adjudicación es forzosa. El aspirante podría acabar en cualquiera de las 42 plazas disponibles, sin posibilidad de elección ni de recurso posterior al cierre del plazo.
- Irrevocabilidad de la solicitud: una vez enviada y cerrado el plazo, no se puede modificar ni retirar. Un error en la priorización de plazas tiene consecuencias durante dos años.
- Sin posibilidad de traslado durante dos años: los aprobados que obtengan destino quedan excluidos de los concursos de traslado del cuerpo durante ese periodo, lo que limita la movilidad geográfica.
¿A quién afecta?
- Personas que aprobaron el proceso selectivo extraordinario al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia convocado por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
- Aspirantes cuyo ámbito de destino asignado corresponde a la Comunitat Valenciana (provincias de Valencia, Alicante y Castellón).
- Opositores que aún no tienen plaza adjudicada y están pendientes de este proceso de elección de destino.
Esta resolución no afecta a funcionarios en activo del Cuerpo de Auxilio Judicial que no participaron en dicho proceso selectivo, ni a aspirantes de otras comunidades autónomas cuyas plazas se gestionen por otras resoluciones.
Ejemplo práctico
Imagina que eres uno de los aprobados de la Orden JUS/1327/2022 y tienes una puntuación media en el proceso selectivo. Dispones de 10 días hábiles desde el 5 de junio de 2026 para acceder a la sede electrónica de la Generalitat Valenciana y ordenar tus preferencias entre las 42 plazas disponibles en Valencia, Alicante y Castellón.
Si priorizas mal —por ejemplo, solicitas solo plazas muy demandadas por aspirantes con mayor puntuación— y no obtienes ninguna de las pedidas, la Dirección General te adjudicará una plaza de forma forzosa entre las que queden disponibles. Esa plaza será tu destino definitivo durante, al menos, los dos años siguientes, sin posibilidad de participar en concursos de traslado durante ese periodo.
Además, una vez que el plazo cierre, no podrás modificar ni retirar tu solicitud. Por eso es fundamental revisar el listado completo de las 42 plazas, valorar la localización de cada órgano judicial y presentar una solicitud bien ordenada antes de que venza el plazo.
¿Qué deben hacer los aprobados ahora?
- Verificar que estás incluido en el proceso: comprueba que tu aprobado corresponde al proceso selectivo extraordinario convocado por la Orden JUS/1327/2022 y que tu ámbito de destino es la Comunitat Valenciana.
- Consultar el listado completo de las 42 plazas: accede al texto íntegro de la resolución en el BOE y en el DOGV para conocer todos los órganos judiciales, localidades y provincias disponibles.
- Calcular el plazo exacto: el plazo de 10 días hábiles comenzó el 5 de junio de 2026. Identifica la fecha límite exacta descontando sábados, domingos y festivos en la Comunitat Valenciana.
- Preparar y priorizar la solicitud: ordena tus preferencias de plaza de forma estratégica, teniendo en cuenta tu posición en el orden de puntuación y la previsible demanda de cada destino.
- Presentar la solicitud por vía electrónica: accede a la sede electrónica de la Generalitat Valenciana y presenta tu solicitud dentro del plazo. Recuerda que una vez cerrado el plazo no podrás modificarla ni retirarla.
- No dejar pasar el plazo sin actuar: si no presentas solicitud, la adjudicación será forzosa y sin posibilidad de elección. El riesgo de inacción es máximo en este proceso.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas plazas de Auxilio Judicial hay disponibles en la Comunitat Valenciana para la OPE 2022?
La Resolución de 21 de mayo de 2026 publica 42 plazas desiertas en órganos judiciales de las tres provincias valencianas (Valencia, Alicante y Castellón) para los aprobados en el proceso selectivo extraordinario convocado por la Orden JUS/1327/2022.
¿Cuál es el plazo para solicitar destino en la Comunitat Valenciana?
El plazo es de 10 días hábiles contados desde la publicación simultánea en el BOE y en el DOGV, que tuvo lugar el 5 de junio de 2026. Pasado ese plazo, no se pueden presentar, modificar ni anular solicitudes.
¿Qué pasa si no presento solicitud de destino dentro del plazo?
Si no presentas solicitud o no obtienes ninguna de las plazas pedidas, la adjudicación será forzosa: la Dirección General te asignará una de las plazas disponibles sin que puedas elegir. El destino asignado tendrá igualmente carácter definitivo.
¿Puedo cambiar de destino después de la adjudicación?
No durante los primeros dos años. Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo e impiden participar en concursos de traslado durante dos años desde la adjudicación. Tampoco se pueden modificar las solicitudes una vez cerrado el plazo de presentación.
¿Cómo se determina quién elige primero entre las 42 plazas?
La adjudicación se realiza según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. Los aspirantes con mayor puntuación tienen preferencia para elegir entre las plazas disponibles. Por eso es importante conocer tu posición en el orden de prelación antes de priorizar tus preferencias.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12087