Sector Público

Permisos militares 2026: 19 semanas por nacimiento y nuevo permiso para donación de órganos

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Equipo Editorial CambiosLegales
31 Jul 2026 6 min 32 visitas

Datos clave

NormativaOrden DEF/787/2026, de 23 de julio
Norma modificadaOrden DEF/253/2015, de 9 de febrero
Publicación BOE31 de julio de 2026
Entrada en vigor31 de julio de 2026
AfectadosMilitares profesionales de las Fuerzas Armadas españolas
CategoríaSector Público
Ejercicio2026
Directiva transpuestaDirectiva UE 2019/1158 (conciliación vida familiar y profesional)
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Los militares profesionales de las Fuerzas Armadas españolas estrenan un régimen de permisos renovado a partir del 31 de julio de 2026. La Orden DEF/787/2026 modifica la Orden DEF/253/2015 para alinearse con el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) y completar la transposición de la Directiva UE 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y profesional.

Los cambios son inmediatos: no hay periodo transitorio. Cualquier militar que se encuentre en situación de permiso o que lo solicite a partir de esta fecha debe acogerse ya al nuevo régimen.

19 semanas
Permiso por nacimiento por progenitor
32 semanas
Permiso por nacimiento en monoparentalidad
8 semanas
Máximo permiso parental no retribuido (menores hasta 8 años)
1/3 jornada
Límite para reducción retribuida íntegramente (violencia sexual)

¿Qué establece esta normativa?

La Orden DEF/787/2026 introduce cinco bloques de cambios concretos en el régimen de permisos de los miembros de las Fuerzas Armadas:

MateriaSituación anterior (DEF/253/2015)Nueva regulación (DEF/787/2026)
Permiso por nacimiento por progenitorNo alineado con TREBEP actualizado19 semanas por progenitor
Permiso por nacimiento en monoparentalidadNo recogía este supuesto específico32 semanas para el progenitor único
Protección por violenciaSolo víctimas de violencia de géneroSe extiende a víctimas de violencia sexual; reducción de jornada con retribución íntegra si no supera un tercio
Permiso para donación de órganosNo existíaNuevo permiso para actos preparatorios de donación de órganos o tejidos
Permiso parental no retribuido (menores hasta 8 años)Regulación previaSe mantiene con un máximo de 8 semanas
Cálculo retributivo en reducciones de jornada con guardiasSin aclaración expresaSe excluyen del descuento los días de descanso obligatorio posteriores a la guardia

La ampliación del permiso de nacimiento es la medida de mayor calado. Completa la transposición de la Directiva UE 2019/1158, que obliga a equiparar los derechos de ambos progenitores en el ámbito del empleo público. La norma también aclara una cuestión técnica relevante para los militares con servicio de guardias: cuando hay reducción de jornada, los días de descanso obligatorio que siguen a una guardia no computan como jornada reducida a efectos de descuento retributivo.

Impacto económico y operativo

Para la Administración de Defensa, el impacto principal es de planificación de efectivos: la ampliación a 19 semanas por progenitor implica ausencias más prolongadas que deben cubrirse con los recursos disponibles en cada unidad.

  • Mayor duración de ausencias planificadas: el incremento de semanas de permiso por nacimiento exige una gestión más anticipada de las coberturas operativas.
  • Nuevo permiso para donación de órganos: aunque su frecuencia será baja, las unidades deben conocer su existencia y tramitarlo correctamente desde ya.
  • Reducción de jornada con retribución íntegra para víctimas de violencia sexual: si la reducción no supera un tercio de la jornada, no hay descuento salarial. Esto tiene impacto directo en la nómina del militar afectado y en la gestión de personal de la unidad.
  • Aclaración sobre guardias y descuentos: la nueva regla sobre descanso obligatorio posterior a guardia evita descuentos indebidos en nómina, reduciendo potenciales reclamaciones administrativas.

¿A quién afecta?

  • Militares profesionales de las Fuerzas Armadas españolas que sean o vayan a ser progenitores (permiso por nacimiento).
  • Militares en situación de familia monoparental (permiso ampliado a 32 semanas).
  • Militares víctimas de violencia sexual (nueva protección con reducción de jornada retribuida).
  • Militares que contemplen donar órganos o tejidos (nuevo permiso para actos preparatorios).
  • Militares con menores a cargo de hasta 8 años que soliciten permiso parental no retribuido (máximo 8 semanas).
  • Militares con servicio de guardias y reducción de jornada (nueva regla de cálculo retributivo).
  • Mandos, jefes de unidad y personal de recursos humanos de Defensa, responsables de gestionar y tramitar estos permisos.

Ejemplo práctico

Un sargento de las Fuerzas Armadas cuya pareja da a luz en agosto de 2026 tiene derecho a 19 semanas de permiso por nacimiento bajo el nuevo régimen, frente a la regulación anterior. Si fuera el único progenitor (familia monoparental), el permiso ascendería a 32 semanas.

Supongamos además que este militar realiza guardias y tiene reconocida una reducción de jornada. Bajo la nueva norma, los días de descanso obligatorio que siguen a cada guardia no se descuentan de su retribución como si fueran jornada reducida. Esto evita que su nómina sufra recortes indebidos por una interpretación incorrecta del cálculo.

Por otro lado, si una cabo primera es víctima de violencia sexual y solicita una reducción de jornada que no supera un tercio de su jornada habitual, percibirá su retribución íntegra sin descuento proporcional, gracias a la nueva protección incorporada.

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¿Qué deben hacer las unidades y mandos ahora?

  1. Actualizar los procedimientos internos de tramitación de permisos para reflejar las 19 semanas por nacimiento y las 32 semanas en monoparentalidad, con efecto inmediato desde el 31 de julio de 2026.
  2. Informar al personal de la unidad sobre la existencia del nuevo permiso para actos preparatorios de donación de órganos o tejidos, para que puedan solicitarlo cuando proceda.
  3. Revisar los protocolos de protección para incluir a las víctimas de violencia sexual, no solo de violencia de género, en las medidas de reducción de jornada con retribución íntegra.
  4. Verificar el cálculo de nóminas de militares con guardias y reducción de jornada, asegurando que los días de descanso obligatorio posteriores a guardia no se descuentan indebidamente.
  5. Planificar coberturas operativas con mayor antelación, dado el incremento en la duración de los permisos por nacimiento.
  6. Consultar la Orden DEF/787/2026 completa en el BOE oficial para resolver dudas sobre casos específicos.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas semanas de permiso por nacimiento tienen los militares en 2026?

Desde el 31 de julio de 2026, cada progenitor militar tiene derecho a 19 semanas de permiso por nacimiento. En el caso de familias monoparentales, el único progenitor puede disfrutar de 32 semanas. Estos cambios los introduce la Orden DEF/787/2026, que modifica la Orden DEF/253/2015.

¿En qué consiste el nuevo permiso para donación de órganos en las Fuerzas Armadas?

La Orden DEF/787/2026 incorpora un permiso específico para que los militares profesionales puedan ausentarse con motivo de actos preparatorios de donación de órganos o tejidos. Es un permiso nuevo que no existía en la regulación anterior (Orden DEF/253/2015). La norma no especifica su duración exacta más allá de su vinculación a los actos preparatorios necesarios.

¿Tienen derecho a reducción de jornada retribuida los militares víctimas de violencia sexual?

Sí. La nueva norma extiende la protección, que antes solo cubría a víctimas de violencia de género, a las víctimas de violencia sexual. Si la reducción de jornada solicitada no supera un tercio de la jornada habitual, la retribución es íntegra, sin descuento proporcional.

¿Cómo afecta la reducción de jornada al cálculo de la nómina de militares con guardias?

La Orden DEF/787/2026 aclara que, en los casos de reducción de jornada con servicio de guardias, los días de descanso obligatorio posteriores a la guardia quedan excluidos del descuento retributivo. Esto evita que esos días computen como jornada reducida y generen un recorte indebido en la nómina del militar.

¿Cuándo entra en vigor la Orden DEF/787/2026 y a quién se aplica?

La Orden DEF/787/2026 entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE: el 31 de julio de 2026. Se aplica a todos los militares profesionales de las Fuerzas Armadas españolas. No hay periodo transitorio: los nuevos derechos son exigibles desde esa fecha.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-16655)

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16655



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