Datos clave
| Normativa | Resolución de 30 de octubre de 2026, de la Presidencia de la AEAT |
|---|---|
| Publicación BOE | 7 de noviembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 7 de noviembre de 2026 |
| Afectados | Aspirantes al grupo profesional I2 del personal laboral de la AEAT (acceso libre y promoción interna horizontal) |
| Categoría | Sector Público |
| Marco legal | V Convenio Colectivo del personal laboral de la AEAT |
| Convocatoria origen | Resolución de 24 de septiembre de 2026 |
| Plazo de subsanación | 10 días hábiles desde la publicación en el BOE (desde el 7 de noviembre de 2026) |
Si presentaste solicitud para las oposiciones del grupo profesional I2 de la AEAT y apareces en la lista de excluidos, el reloj ya está corriendo. La Resolución de 30 de octubre de 2026, publicada en el BOE el 7 de noviembre de 2026, aprueba las relaciones provisionales de admitidos y excluidos tanto para el sistema de acceso libre como para el de promoción interna horizontal, en el marco del V Convenio Colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Esta resolución también anuncia la fecha, hora y lugar del ejercicio único del proceso selectivo, y corrige un error en la distribución geográfica de plazas: la denominación «Provincia Oviedo» queda sustituida por «Provincia Asturias».
¿Qué establece esta normativa?
La resolución regula los siguientes aspectos del proceso selectivo para el grupo profesional I2 del personal laboral de la AEAT:
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Relaciones provisionales publicadas | Admitidos y excluidos, tanto por acceso libre como por promoción interna horizontal |
| Plazo de subsanación para excluidos | 10 días hábiles desde la publicación en el BOE (desde el 7 de noviembre de 2026) |
| Consecuencia de no subsanar | Exclusión definitiva del proceso selectivo |
| Ejercicio | Ejercicio único; se anuncia fecha, hora y lugar en la propia resolución |
| Documentación obligatoria para el ejercicio | DNI, permiso de conducción o pasaporte + copia de la solicitud presentada |
| Conservación de nota de convocatoria anterior | Posible si el aspirante obtuvo al menos el 50% de la puntuación máxima y el ejercicio es análogo |
| Corrección geográfica | «Provincia Oviedo» sustituida por «Provincia Asturias» en la distribución de plazas |
El proceso se rige por el V Convenio Colectivo del personal laboral de la AEAT y la convocatoria fue publicada originalmente mediante Resolución de 24 de septiembre de 2026.
Impacto económico y operativo
Para los candidatos, el impacto de esta resolución es fundamentalmente operativo y de carrera profesional:
- Candidatos excluidos: tienen una ventana de 10 días hábiles para corregir los defectos de su solicitud. Perder este plazo equivale a perder la plaza definitivamente en esta convocatoria, con el coste en tiempo, preparación y tasas de inscripción que ello implica.
- Candidatos de promoción interna horizontal: el proceso les permite mejorar su posición dentro del personal laboral de la AEAT sin necesidad de acceder desde fuera, lo que tiene impacto directo en retribución y condiciones laborales.
- Conservación de nota anterior: los aspirantes que en la convocatoria anterior obtuvieron al menos el 50% de la puntuación máxima podrán conservar dicha nota si el ejercicio de esta convocatoria es análogo. Esto reduce significativamente el riesgo para quienes ya tienen una buena base de preparación.
- Corrección geográfica: la sustitución de «Provincia Oviedo» por «Provincia Asturias» puede afectar a candidatos que optaron por plazas en esa demarcación, al clarificar el ámbito territorial de las plazas convocadas.
¿A quién afecta?
- Personas que presentaron solicitud para el proceso selectivo del grupo profesional I2 de la AEAT por acceso libre.
- Empleados de la AEAT que optaron a la promoción interna horizontal dentro del grupo I2.
- Aspirantes que figuran en la lista provisional de excluidos y deben subsanar su solicitud antes de que venza el plazo de 10 días hábiles.
- Candidatos que participaron en la convocatoria anterior y obtuvieron al menos el 50% de la puntuación máxima, que pueden conservar su nota si el ejercicio es análogo.
- Aspirantes con plaza solicitada en la demarcación de Asturias (antes denominada «Provincia Oviedo» en los listados), afectados por la corrección geográfica.
Ejemplo práctico
Imagina que un aspirante presentó su solicitud para el grupo I2 por acceso libre y, al consultar la lista provisional publicada el 7 de noviembre de 2026, comprueba que figura como excluido por un defecto en la documentación aportada (por ejemplo, falta de acreditación de un requisito).
Desde ese mismo día, el contador de los 10 días hábiles empieza a correr. Si el defecto es subsanable (un documento que no se adjuntó, un dato incorrecto en el formulario), el aspirante debe presentar la documentación correcta o la aclaración necesaria dentro de ese plazo. Si no actúa, la exclusión se convierte en definitiva y pierde toda opción a la plaza en esta convocatoria.
Por otro lado, si ese mismo aspirante participó en la convocatoria anterior y obtuvo, por ejemplo, un 60% de la puntuación máxima (es decir, superó el umbral del 50%), podrá solicitar que se le conserve esa nota en esta convocatoria, siempre que el ejercicio único sea de naturaleza análoga al anterior. Esto le da una ventaja competitiva real frente a quienes parten de cero.
¿Qué deben hacer los aspirantes ahora?
- Consultar la lista provisional: accede al BOE del 7 de noviembre de 2026 o a la sede electrónica de la AEAT para comprobar si figuras como admitido o excluido, y en qué modalidad (acceso libre o promoción interna horizontal).
- Si estás excluido, actúa de inmediato: identifica el motivo de exclusión y reúne la documentación o corrección necesaria. Tienes 10 días hábiles desde el 7 de noviembre de 2026. No esperes al último día.
- Prepara la documentación para el ejercicio: aunque estés admitido, recuerda que el día del examen deberás presentar DNI, permiso de conducción o pasaporte y una copia de tu solicitud. Sin estos documentos, no podrás acceder al ejercicio.
- Verifica tu demarcación geográfica: si solicitaste plaza en Asturias (antes listada como «Provincia Oviedo»), confirma que tu asignación es correcta tras la corrección publicada en esta resolución.
- Comprueba si puedes conservar nota anterior: si participaste en la convocatoria previa y obtuviste al menos el 50% de la puntuación máxima, consulta si el ejercicio de esta convocatoria es análogo y, en su caso, solicita la conservación de tu nota en los términos que establezca la resolución.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para subsanar mi exclusión en las oposiciones AEAT Grupo I2?
Los candidatos excluidos disponen de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el BOE, es decir, desde el 7 de noviembre de 2026. Quien no subsane en ese plazo quedará definitivamente excluido del proceso selectivo.
¿Qué documentación debo llevar el día del ejercicio único de la AEAT Grupo I2?
La resolución exige acudir con DNI, permiso de conducción o pasaporte y una copia de la solicitud presentada. Sin alguno de estos documentos no se podrá acceder al ejercicio.
¿Puedo conservar la nota de la convocatoria anterior en el proceso selectivo AEAT Grupo I2?
Sí, siempre que en la convocatoria anterior hayas obtenido al menos el 50% de la puntuación máxima y el ejercicio de esta convocatoria sea de naturaleza análoga. En ese caso, podrás conservar dicha puntuación.
¿Qué significa la corrección de «Provincia Oviedo» a «Provincia Asturias» en las oposiciones AEAT?
La resolución corrige un error en la distribución geográfica de plazas: la denominación «Provincia Oviedo» queda sustituida por «Provincia Asturias». Afecta a los aspirantes que solicitaron plaza en esa demarcación territorial, que deben verificar que su asignación es correcta.
¿Cuál es la diferencia entre acceso libre y promoción interna horizontal en el proceso AEAT Grupo I2?
El proceso selectivo contempla dos vías: el acceso libre, abierto a cualquier aspirante que cumpla los requisitos, y la promoción interna horizontal, reservada a empleados de la AEAT que ya pertenecen al personal laboral y aspiran a consolidar o mejorar su posición dentro del mismo grupo profesional I2 del V Convenio Colectivo.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-23351