Datos clave
| Normativa | Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración para la prestación del servicio de llamadas comerciales y se establecen las condiciones para su uso |
|---|---|
| Publicación | 16 de abril de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada expresamente |
| Afectados | Empresas de telemarketing, call centers y operadoras de telecomunicaciones |
| Categoría | Normativa Empresarial |
| Ejercicio | 2026 |
| Fuente oficial | BOE-A-2026-8409 |
Cualquier empresa que realice llamadas comerciales o publicitarias en España tiene una nueva obligación operativa desde abril de 2026: usar exclusivamente los rangos de numeración atribuidos por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales para este tipo de comunicaciones. La Resolución de 14 de abril de 2026 (BOE-A-2026-8409) establece las condiciones concretas de uso y el marco sancionador aplicable.
El objetivo no es burocrático: es que cualquier ciudadano pueda identificar antes de descolgar que la llamada que recibe es de origen comercial. Esto cambia la operativa de marcación de miles de empresas en España.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución regula dos aspectos fundamentales:
- Atribución de recursos de numeración pública: La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones asigna rangos de numeración específicos y exclusivos para llamadas comerciales. Estos números son recursos públicos gestionados por el Estado.
- Condiciones de uso: Se fijan condiciones concretas que deben cumplir quienes utilicen esta numeración, orientadas a garantizar que el consumidor pueda identificar el carácter comercial de la llamada antes de responder.
La norma no permite que las empresas de telemarketing continúen usando numeración ordinaria —la misma que emplea cualquier empresa para sus comunicaciones internas o con clientes— cuando el propósito de la llamada es comercial o publicitario. La separación es obligatoria y verificable.
Adicionalmente, el texto establece que el incumplimiento de estas condiciones puede conllevar sanciones administrativas, aunque el importe concreto de las mismas no está especificado en el resumen publicado.
Impacto económico y operativo
El impacto de esta norma no es principalmente económico en términos de tasas o pagos directos: es fundamentalmente operativo. Las empresas afectadas deben asumir los costes de adaptación de sus infraestructuras de telecomunicaciones.
Los principales focos de impacto son:
- Adaptación de sistemas de marcación: Los call centers y departamentos de telemarketing deberán reconfigurar sus plataformas para emitir llamadas desde los rangos de numeración atribuidos, no desde su numeración habitual.
- Coordinación con operadoras: Las empresas que externalizan sus llamadas comerciales a operadoras de telecomunicaciones deberán verificar que estas cumplen con la nueva numeración asignada.
- Riesgo sancionador: El uso de numeración no autorizada para llamadas comerciales expone a la empresa a sanciones administrativas. Este riesgo es inmediato una vez entre en vigor la norma.
- Impacto en tasas de respuesta: La identificación visual del número como comercial puede reducir la tasa de contestación de llamadas, lo que obliga a replantear estrategias de contacto.
¿A quién afecta?
La resolución afecta directamente a tres tipos de entidades:
- Empresas de telemarketing: Cualquier empresa cuya actividad principal sea la realización de llamadas comerciales o publicitarias a consumidores.
- Call centers: Centros de atención y contacto que realicen campañas de llamadas salientes con finalidad comercial, ya sea en nombre propio o de terceros.
- Operadoras de telecomunicaciones: Las que presten servicios de numeración o enrutamiento de llamadas comerciales deberán adaptar su infraestructura a los rangos atribuidos.
También afecta indirectamente a cualquier empresa —independientemente de su sector— que externalice o gestione internamente campañas de llamadas comerciales: seguros, banca, energía, telecomunicaciones, inmobiliarias o cualquier sector que use el teléfono como canal de captación.
Ejemplo práctico
Una empresa de seguros que gestiona internamente su departamento de captación telefónica realiza actualmente sus llamadas comerciales desde su centralita corporativa, usando la misma numeración que emplea para atención al cliente o comunicaciones internas.
Con la nueva normativa, esas llamadas de captación deben realizarse desde los rangos de numeración específicamente atribuidos para llamadas comerciales. Esto implica que la empresa debe:
- Solicitar o verificar con su operadora que dispone de numeración dentro de los rangos atribuidos por la resolución.
- Reconfigurar su sistema de marcación para que las llamadas salientes de carácter comercial salgan desde esa numeración y no desde la corporativa.
- Formar a su equipo sobre qué tipo de llamadas deben realizarse desde cada numeración.
Si continúa usando su numeración habitual para llamadas comerciales, incurre en incumplimiento de las condiciones de uso y queda expuesta a sanciones administrativas.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Identificar si realizas llamadas comerciales: Revisa si tu empresa o algún proveedor externo realiza llamadas de captación, venta o publicidad en tu nombre. Si es así, esta norma te afecta directamente.
- Contactar con tu operadora de telecomunicaciones: Pregunta si la numeración que usas para llamadas salientes comerciales está dentro de los rangos atribuidos por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones. Si no lo está, inicia el proceso de adaptación.
- Revisar contratos con proveedores de call center: Si externalizas tus llamadas comerciales, incluye en el contrato la obligación del proveedor de cumplir con la numeración regulada. El riesgo sancionador puede recaer también sobre el contratante.
- Adaptar los sistemas de marcación: Configura tus plataformas de contact center para que las llamadas comerciales salgan exclusivamente desde los rangos autorizados.
- Monitorizar la fecha de entrada en vigor: La resolución no especifica una fecha concreta de entrada en vigor. Consulta el texto completo en el BOE y establece una alerta para no superar el plazo de adaptación.
- Documentar el cumplimiento: Mantén registro de la numeración utilizada y de las gestiones realizadas con tu operadora. En caso de inspección, esta documentación acredita la diligencia de la empresa.
Preguntas frecuentes
¿Qué números deben usar las empresas de telemarketing a partir de 2026?
Deben utilizar los rangos de numeración pública atribuidos específicamente para llamadas comerciales por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones. No pueden usar numeración ordinaria para este tipo de llamadas.
¿Qué pasa si una empresa de telemarketing no adapta su sistema de marcación?
El incumplimiento de las condiciones de uso de la numeración atribuida puede conllevar sanciones administrativas, según establece la Resolución de 14 de abril de 2026. El importe concreto de las sanciones no está especificado en el texto publicado.
¿Cuándo entra en vigor la nueva normativa de numeración para llamadas comerciales?
La Resolución fue publicada el 16 de abril de 2026. La fecha de entrada en vigor no ha sido especificada expresamente en el texto publicado. Se recomienda consultar la normativa completa en el BOE para confirmar el plazo exacto.
¿A qué empresas afecta esta resolución sobre numeración de llamadas comerciales?
Afecta directamente a empresas de telemarketing, call centers y operadoras de telecomunicaciones que realicen o gestionen llamadas de carácter comercial o publicitario.
¿Por qué se han creado estos rangos de numeración exclusivos para telemarketing?
El objetivo es que los consumidores puedan identificar visualmente el origen comercial de una llamada antes de contestar, aumentando la transparencia y reduciendo el fraude en comunicaciones comerciales no solicitadas.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficialAviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.b