Agricultura y Pesca

Nuevas vedas de pesca de cerco en el Mediterráneo 2026: qué cambia para los 200 buques afectados

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Equipo Editorial CambiosLegales
7 nov 2026 7 min 2 visitas

Datos clave

NormativaOrden APA/1178/2026, de 5 de noviembre
Norma modificadaOrden APA/852/2023, de 13 de julio (plan de gestión artes de cerco, subcaladero Mediterráneo)
Publicación en BOE7 de noviembre de 2026
Entrada en vigor8 de noviembre de 2026
AfectadosAprox. 200 buques censados en pesca de cerco en el Mediterráneo español
Zonas afectadas11 zonas del litoral mediterráneo (desde Girona hasta Cádiz y Baleares)
Especies objetivoBoquerón y sardina
CategoríaAgricultura y Pesca
Ejercicio2026
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Cerca de 200 buques de la flota de cerco del Mediterráneo español tienen nuevas fechas de veda desde el 8 de noviembre de 2026. La Orden APA/1178/2026 modifica el anexo de la Orden APA/852/2023, que regula el plan de gestión de la pesca con artes de cerco en el subcaladero Mediterráneo, y actualiza los periodos de veda espaciotemporal para adaptarlos a las circunstancias actuales de la flota.

El objetivo declarado de la norma es garantizar la sostenibilidad biológica del boquerón y la sardina, las dos especies objetivo principales de esta modalidad de pesca. La modificación ha contado con informe del Instituto Español de Oceanografía (IEO), consulta a las comunidades autónomas y al sector pesquero, y ha sido comunicada a la Comisión Europea.

~200
buques de cerco afectados en el Mediterráneo español
11
zonas del litoral mediterráneo con fechas de veda actualizadas
8 nov 2026
fecha de entrada en vigor inmediata

¿Qué establece esta normativa?

La Orden APA/1178/2026 modifica exclusivamente el anexo de la Orden APA/852/2023, que es el documento técnico donde se recogen las fechas concretas de veda espaciotemporal por zona. El resto del plan de gestión de artes de cerco en el subcaladero Mediterráneo permanece vigente sin cambios.

Lo que cambia son las fechas de veda en 11 zonas del litoral mediterráneo, que abarcan desde Girona (extremo norte del Mediterráneo español) hasta Cádiz y las Islas Baleares. Estas fechas se actualizan para adaptarse a las circunstancias actuales de la flota, según la justificación recogida en la propia norma.

Las 11 zonas afectadas por la actualización de fechas de veda son:

  • Zona de Girona
  • Zona de Barcelona
  • Zona de Tarragona
  • Zona de Castellón
  • Zona de Valencia
  • Zona de Alicante
  • Zona de Murcia
  • Zona de Almería
  • Zona de Málaga/Granada
  • Zona de Cádiz
  • Zona de Baleares

Nota: La norma no publica en el resumen disponible las fechas concretas de veda por zona. Para consultar las fechas exactas actualizadas de cada zona, es imprescindible acceder al texto completo de la Orden APA/1178/2026 en el BOE, donde se reproduce el anexo modificado con todas las fechas.

AspectoAntes (Orden APA/852/2023)Ahora (Orden APA/1178/2026)
Fechas de veda espaciotemporalLas fijadas en el anexo original de 2023Nuevas fechas adaptadas a la situación actual de la flota (desde 8 nov 2026)
Número de zonas reguladas11 zonas del litoral mediterráneo11 zonas del litoral mediterráneo (sin cambio)
Plan de gestión generalVigenteSin cambios (solo se modifica el anexo)
Especies objetivoBoquerón y sardinaBoquerón y sardina (sin cambio)

Impacto económico y operativo

Para los armadores y empresas pesqueras afectadas, el impacto más directo es operativo: las fechas en las que sus buques no pueden faenar con artes de cerco en las zonas reguladas han cambiado. Dependiendo de si las nuevas fechas amplían o reducen los periodos de veda respecto a 2023, el efecto sobre la actividad y los ingresos puede ser positivo o negativo.

Los aspectos clave a evaluar para cada empresa son:

  • Calendario de campañas: Las fechas de veda condicionan directamente cuándo pueden salir a faenar los buques en cada zona. Un cambio en las fechas puede obligar a reorganizar contratos de suministro, plantillas y logística portuaria.
  • Sostenibilidad de las capturas: La norma busca proteger el stock de boquerón y sardina. Una flota que respete las vedas contribuye a la sostenibilidad del recurso y, con ello, a la viabilidad económica a largo plazo.
  • Riesgo de sanciones: Faenar fuera de los periodos permitidos o en zonas vedadas constituye una infracción de la normativa pesquera. Las sanciones en materia de pesca pueden ser muy significativas, aunque la norma no especifica importes concretos.
  • Coordinación con cofradías y lonjas: Los cambios de fechas afectan a toda la cadena: desde las cofradías de pescadores hasta las lonjas y los compradores mayoristas que planifican sus compras en función de las campañas.

¿A quién afecta?

  • Armadores y propietarios de buques de cerco censados en el subcaladero Mediterráneo (aprox. 200 buques).
  • Patrones y tripulaciones de la flota de cerco mediterránea, cuyo calendario de trabajo queda condicionado por las nuevas fechas de veda.
  • Empresas comercializadoras y lonjas que compran y distribuyen boquerón y sardina del Mediterráneo: sus calendarios de suministro se ven afectados.
  • Cofradías de pescadores de las 11 zonas afectadas, que deben trasladar la información a sus asociados y adaptar sus operaciones.
  • Comunidades autónomas del litoral mediterráneo con competencias en ordenación pesquera (Cataluña, Comunitat Valenciana, Región de Murcia, Andalucía, Islas Baleares), que han sido consultadas en el proceso de elaboración de la norma.
  • Industria transformadora (conserveras, salazones) que depende del suministro regular de boquerón y sardina del Mediterráneo.

Ejemplo práctico

Un armador con un buque de cerco censado en la zona de Valencia recibe la notificación de que las fechas de veda espaciotemporal de su zona han cambiado respecto a las que figuraban en el anexo de la Orden APA/852/2023. Hasta ahora planificaba su campaña de boquerón en función de esas fechas antiguas.

Con la entrada en vigor de la Orden APA/1178/2026 el 8 de noviembre de 2026, debe:

  1. Consultar el nuevo anexo publicado en el BOE para conocer las fechas exactas de veda aplicables a su zona.
  2. Revisar si tiene compromisos de suministro con lonjas o compradores que coincidan con los nuevos periodos de veda y renegociarlos si es necesario.
  3. Comunicar los cambios a su patrón y tripulación para ajustar el calendario de salidas.
  4. Verificar con su cofradía si hay aclaraciones adicionales sobre la aplicación de las nuevas fechas en su puerto base.

Si el armador no actualiza su calendario y faena durante un periodo de veda, se expone a una infracción de la normativa pesquera con las correspondientes consecuencias administrativas y económicas.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Descargar y leer el nuevo anexo: Acceder al texto completo de la Orden APA/1178/2026 en el BOE y localizar las fechas de veda actualizadas para cada una de las zonas en las que opera la flota.
  2. Comparar con el calendario anterior: Contrastar las nuevas fechas con las del anexo de la Orden APA/852/2023 para identificar qué ha cambiado en cada zona y en qué sentido (ampliación o reducción de la veda).
  3. Actualizar el plan de campaña: Revisar y ajustar el calendario de salidas, contratos de suministro y planificación de personal en función de las nuevas fechas.
  4. Informar a la tripulación y al patrón: Asegurarse de que todos los que operan el buque conocen las nuevas fechas de veda aplicables a su zona antes de cualquier salida a faenar.
  5. Coordinarse con la cofradía: Confirmar con la cofradía de pescadores del puerto base si hay instrucciones adicionales o aclaraciones sobre la aplicación práctica de las nuevas fechas.
  6. Revisar contratos con compradores: Si hay acuerdos de suministro con lonjas, conserveras o distribuidores que dependan del calendario de capturas, comunicar los cambios y ajustar plazos si es necesario.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor la Orden APA/1178/2026 y desde cuándo son aplicables las nuevas fechas de veda?

La Orden APA/1178/2026 fue publicada en el BOE el 7 de noviembre de 2026 y entró en vigor al día siguiente, el 8 de noviembre de 2026. Las nuevas fechas de veda espaciotemporal son aplicables desde esa misma fecha.

¿Cuántos buques están afectados por las nuevas fechas de veda?

La norma afecta a cerca de 200 buques censados en la modalidad de pesca con artes de cerco en el subcaladero Mediterráneo español.

¿Qué zonas del litoral mediterráneo tienen nuevas fechas de veda?

La Orden APA/1178/2026 actualiza las fechas de veda en 11 zonas del litoral mediterráneo español, que abarcan desde Girona hasta Cádiz y las Islas Baleares. Para conocer las fechas exactas de cada zona, es necesario consultar el anexo publicado en el texto completo de la norma en el BOE.

¿Qué especies protege esta veda y por qué se han modificado las fechas?

Las vedas protegen principalmente el boquerón y la sardina, las especies objetivo de la pesca de cerco en el Mediterráneo. Las fechas se han actualizado para adaptarlas a las circunstancias actuales de la flota, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad biológica de estos recursos. La modificación ha contado con informe del IEO y consulta a comunidades autónomas y al sector.

¿Qué norma sustituye o modifica la Orden APA/1178/2026?

La Orden APA/1178/2026 modifica el anexo de la Orden APA/852/2023, de 13 de julio, que estableció el plan de gestión para la pesca con artes de cerco en el subcaladero Mediterráneo. El resto del plan de gestión permanece vigente; solo se actualizan las fechas de veda recogidas en el anexo.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-23366



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