Sector Público

Nuevos funcionarios del Cuerpo de Médicos Titulares 2026: nombramientos, destinos y plazos de posesión

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Equipo Editorial CambiosLegales
Sep 23, 2026 7 min 6 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 16 de septiembre de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de Médicos Titulares
Publicación BOE23 de septiembre de 2026
Entrada en vigor23 de septiembre de 2026
AfectadosAspirantes que superaron el proceso selectivo convocado en diciembre de 2024 para el Cuerpo de Médicos Titulares (acceso libre)
Nivel de destinoCD 26
Ministerios de destinoPrincipalmente Ministerio de Sanidad y Ministerio de Política Territorial
Plazo de posesión15 días naturales desde la publicación (ampliable a 1 mes si implica cambio de localidad)
CategoríaSector Público — Función Pública
Referencia BOEBOE-A-2026-19704
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Los médicos que aprobaron las oposiciones al Cuerpo de Médicos Titulares de la Administración General del Estado (AGE) tienen ya su nombramiento formal como funcionarios de carrera. La Resolución de 16 de septiembre de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública (referencia BOE-A-2026-19704), formaliza el acceso definitivo al cuerpo tras completar el proceso selectivo iniciado en diciembre de 2024, que incluyó fase de oposición y curso selectivo en prácticas.

El reloj ya corre: desde el 23 de septiembre de 2026, los nombrados tienen un plazo tasado para presentarse en su destino y tomar posesión. No hacerlo en plazo tiene consecuencias directas sobre la condición de funcionario.

CD 26
Nivel de complemento de destino asignado a los nuevos puestos
15 días
Plazo natural para tomar posesión desde la publicación
1 mes
Plazo ampliado si el destino implica cambio de localidad
1 aspirante
Excluida por no superar el curso selectivo en prácticas

¿Qué establece esta normativa?

La resolución formaliza el nombramiento como funcionarios de carrera, por el sistema general de acceso libre, de los aspirantes que superaron íntegramente el proceso selectivo convocado en diciembre de 2024 para el Cuerpo de Médicos Titulares de la AGE. El proceso constó de dos fases: oposición y curso selectivo en prácticas.

Los aspectos operativos clave que establece la resolución son los siguientes:

AspectoDetalle
Sistema de accesoAcceso libre (oposición + curso selectivo en prácticas)
Convocatoria de origenDiciembre de 2024
Nivel de los puestosCD 26
Ministerios de destinoMinisterio de Sanidad y Ministerio de Política Territorial (principalmente)
Plazo de posesión (mismo municipio)15 días naturales desde la publicación en BOE (23/09/2026)
Plazo de posesión (cambio de localidad)Ampliable hasta 1 mes
Aspirante excluida1 aspirante queda fuera por no superar el curso selectivo en prácticas
Vía de recursoRecurso de reposición o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional
Agotamiento de vía administrativaSí — la resolución agota la vía administrativa

Es relevante subrayar que la resolución agota la vía administrativa. Cualquier impugnación debe canalizarse mediante recurso potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública o, directamente, mediante recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Impacto económico y operativo

Para los nuevos funcionarios, el nombramiento supone la consolidación de una plaza de nivel CD 26 en la AGE, con las retribuciones básicas y complementarias asociadas a dicho nivel en los Ministerios de Sanidad y Política Territorial. El nivel CD 26 corresponde a puestos de técnico especializado en la Administración General del Estado.

Desde el punto de vista operativo, los impactos inmediatos son:

  • Plazo de posesión: 15 días naturales desde el 23 de septiembre de 2026. Si el destino implica cambio de localidad de residencia, el plazo se amplía a un mes. No tomar posesión en plazo sin causa justificada puede implicar la pérdida de la condición de funcionario.
  • Destino provisional o definitivo: Los puestos asignados corresponden a los Ministerios de Sanidad y Política Territorial. Los nuevos funcionarios deberán incorporarse a la unidad concreta que les sea asignada dentro de dichos ministerios.
  • Exclusión de una aspirante: Una candidata no supera el proceso por no aprobar el curso selectivo en prácticas. Esta exclusión es recurrible ante la Audiencia Nacional si la interesada considera que no se han respetado sus derechos.
  • Recursos disponibles: La resolución agota la vía administrativa, por lo que no cabe recurso de alzada. Solo caben recurso de reposición (potestativo) o recurso contencioso-administrativo directo ante la Audiencia Nacional.

¿A quién afecta?

  • Aspirantes aprobados: Médicos que superaron la oposición y el curso selectivo en prácticas de la convocatoria de diciembre de 2024 al Cuerpo de Médicos Titulares de la AGE. Son los directamente nombrados y sobre quienes recae el plazo de posesión.
  • Aspirante excluida: La candidata que no superó el curso selectivo en prácticas y queda fuera del proceso. Puede recurrir la exclusión ante la Audiencia Nacional.
  • Ministerio de Sanidad: Principal organismo receptor de los nuevos funcionarios, que se incorporarán a sus unidades de gestión sanitaria y salud pública.
  • Ministerio de Política Territorial: Segundo destino principal de los nombrados.
  • Unidades de RRHH de ambos ministerios: Deben gestionar la incorporación, toma de posesión y alta en nómina de los nuevos funcionarios en los plazos establecidos.
  • Otros aspirantes en lista de espera: La resolución cierra el proceso selectivo de la convocatoria de 2024, lo que puede afectar a candidatos que esperaban posibles renuncias o exclusiones para acceder a plazas adicionales.

Ejemplo práctico

Un médico nombrado funcionario de carrera mediante esta resolución, con destino en el Ministerio de Sanidad en Madrid, y que reside actualmente en Barcelona, se encuentra en el supuesto de cambio de localidad. En este caso, dispone del plazo ampliado de un mes (hasta aproximadamente el 23 de octubre de 2026) para presentarse en su unidad de destino y formalizar la toma de posesión.

Si, por el contrario, el médico ya reside en Madrid o en la misma localidad donde se ubica su destino, el plazo es de 15 días naturales desde el 23 de septiembre de 2026, es decir, hasta el 8 de octubre de 2026 aproximadamente.

En ambos casos, si el funcionario no se presenta en plazo sin causa justificada y acreditada, puede perder la condición de funcionario de carrera recién adquirida. Si considera que la resolución le perjudica (por ejemplo, en el caso de la aspirante excluida), puede interponer recurso contencioso-administrativo directamente ante la Audiencia Nacional, sin necesidad de agotar previamente la vía administrativa.

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¿Qué deben hacer los nombrados ahora?

  1. Verificar el plazo de posesión aplicable: Comprobar si el destino asignado implica o no cambio de localidad de residencia. Si hay cambio de localidad, el plazo es de un mes desde el 23/09/2026; si no lo hay, el plazo es de 15 días naturales.
  2. Contactar con la unidad de RRHH del ministerio de destino: Ponerse en contacto con el Ministerio de Sanidad o el Ministerio de Política Territorial (según destino asignado) para coordinar la fecha y el procedimiento de toma de posesión.
  3. Preparar la documentación de incorporación: Reunir la documentación habitual para la toma de posesión como funcionario de carrera (DNI, número de cuenta bancaria para nómina, datos de Seguridad Social, etc.).
  4. Revisar la resolución para detectar errores: Comprobar que los datos personales y el destino asignado en la resolución son correctos. Si hay algún error material, comunicarlo de inmediato a la Secretaría de Estado de Función Pública.
  5. En caso de exclusión o disconformidad: Si eres la aspirante excluida o cualquier afectado que considere que la resolución vulnera sus derechos, la vía es el recurso potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Consulta con un abogado especializado en derecho administrativo para valorar los plazos y posibilidades.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días tengo para tomar posesión como nuevo funcionario del Cuerpo de Médicos Titulares?

Dispones de 15 días naturales desde la publicación de la resolución en el BOE (23 de septiembre de 2026). Si tu destino implica un cambio de localidad de residencia, el plazo se amplía hasta un mes. No tomar posesión en plazo sin causa justificada puede suponer la pérdida de la condición de funcionario de carrera.

¿En qué ministerios están los destinos de los nuevos médicos titulares nombrados en septiembre de 2026?

Los nuevos funcionarios de carrera del Cuerpo de Médicos Titulares ocuparán puestos principalmente en el Ministerio de Sanidad y en el Ministerio de Política Territorial. Todos los puestos son de nivel CD 26.

¿Qué pasa con la aspirante excluida del proceso selectivo de Médicos Titulares?

Una aspirante queda excluida por no superar el curso selectivo en prácticas. La resolución agota la vía administrativa, por lo que puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública o, directamente, un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

¿Qué nivel CD tienen los puestos de los nuevos médicos titulares de la AGE?

Los puestos asignados a los nuevos funcionarios de carrera del Cuerpo de Médicos Titulares son de nivel CD 26, que corresponde a puestos técnicos especializados en la Administración General del Estado.

¿Cómo puedo recurrir si no estoy de acuerdo con la resolución de nombramiento de Médicos Titulares 2026?

La resolución agota la vía administrativa. Las opciones son: (1) recurso potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública, o (2) recurso contencioso-administrativo directamente ante la Audiencia Nacional. No cabe recurso de alzada. Se recomienda consultar con un abogado especializado en derecho administrativo para valorar plazos y viabilidad.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-19704)

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-19704



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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