Datos clave
| Normativa | Resolución de 18 de septiembre de 2026, de la CNMC, sobre saldos de mermas del sistema gasista — año de gas 2025 |
|---|---|
| Publicación | 29 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en la resolución |
| Afectados | Titulares de plantas de regasificación, transportistas y distribuidoras de gas natural |
| Categoría | Energía |
| Ejercicio | Año de gas 2025 (octubre 2024 – septiembre 2025) |
| Metodología aplicada | Circular 7/2021 de la CNMC |
| Referencia BOE | BOE-A-2026-20257 |
Las distribuidoras, transportistas y plantas de regasificación que operaron durante el año de gas 2025 (octubre 2024 – septiembre 2025) ya conocen el resultado de la liquidación de mermas: la CNMC ha aprobado mediante resolución los saldos definitivos y su impacto en la retribución regulada de cada titular. La referencia normativa es la Resolución de 18 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-20257), que aplica la metodología establecida en la Circular 7/2021 de la CNMC.
El mecanismo es sencillo en su lógica: cada titular tiene derecho a retener una cantidad de gas para cubrir sus pérdidas técnicas inevitables (el coeficiente de retención). Si las pérdidas reales superan ese umbral, el saldo es negativo y se descuenta de la retribución. Si son inferiores, el saldo es positivo. El incentivo económico es claro: reducir pérdidas reales mejora directamente el resultado regulado.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución calcula, para cada titular de instalación gasista, la diferencia entre el gas realmente perdido durante el año de gas 2025 y el gas que legalmente puede retener según su coeficiente asignado. Esa diferencia es el «saldo de mermas» y tiene efecto directo en la retribución regulada.
Los coeficientes de retención aplicados en cada segmento del sistema son los siguientes:
| Segmento | Tipo de instalación / red | Coeficiente de retención |
|---|---|---|
| Regasificación | Plantas de regasificación | 0% |
| Transporte | Entradas desde conexiones internacionales y plantas de regasificación | 0,20% |
| Distribución | Redes de presión hasta 4 bar | 1,50% |
| Distribución | Redes alimentadas por planta satélite | 2,00% |
| Distribución | Redes de presión entre 4 y 16 bar | 0,38% |
| Distribución | Redes de presión superior a 16 bar | 0% |
Un coeficiente del 0% en regasificación implica que cualquier pérdida de gas en planta se considera un exceso no cubierto y penaliza íntegramente la retribución. En el extremo opuesto, las redes de baja presión y las alimentadas por planta satélite tienen los márgenes más amplios, reconociendo la mayor dificultad técnica de esos tramos.
Cuando el saldo de un distribuidor resulta negativo (pérdidas reales superiores al coeficiente permitido), ese déficit no recae únicamente sobre el titular: se reparte proporcionalmente entre los usuarios de la red. Este mecanismo de socialización del saldo negativo es relevante para los comercializadores y grandes consumidores conectados a redes de distribución.
Impacto económico y operativo
El impacto económico de esta resolución se materializa de forma directa en la retribución regulada de cada titular. Un saldo negativo equivale a una minoración de ingresos regulados: la empresa recibe menos de lo que le correspondería si hubiera controlado sus pérdidas dentro del umbral permitido.
Los segmentos con mayor exposición económica son:
- Plantas de regasificación: coeficiente 0%, lo que significa tolerancia cero a pérdidas. Cualquier merma real se traduce en penalización íntegra sobre la retribución.
- Redes de distribución de alta presión (>16 bar): también con coeficiente 0%, sin margen de retención.
- Transporte: margen reducido del 0,20%, que cubre pérdidas técnicas mínimas en grandes volúmenes transportados.
Por el contrario, las redes de baja presión (hasta 4 bar) y las alimentadas por planta satélite disponen de coeficientes del 1,50% y 2% respectivamente, lo que proporciona un colchón mayor frente a pérdidas técnicas inherentes a esas infraestructuras.
El sistema también genera un incentivo positivo: si las pérdidas reales son inferiores al coeficiente permitido, el saldo es positivo y mejora la retribución del titular. Esto convierte la gestión de pérdidas en una palanca de rentabilidad dentro del marco regulado.
¿A quién afecta?
- Titulares de plantas de regasificación: con coeficiente 0%, cualquier pérdida impacta directamente en su retribución regulada.
- Empresas transportistas de gas natural: aplican el coeficiente del 0,20% sobre las entradas procedentes de conexiones internacionales y plantas de regasificación.
- Distribuidoras de gas natural: afectadas con coeficientes diferenciados según el tipo de red que operan (baja, media o alta presión, y redes satélite).
- Usuarios de redes de distribución: en caso de saldo negativo del distribuidor, parte del déficit se reparte proporcionalmente entre ellos.
- Comercializadores y grandes consumidores industriales: conectados a redes de distribución, pueden verse afectados por el reparto de saldos negativos.
Ejemplo práctico
Imaginemos una distribuidora que opera una red de presión de hasta 4 bar con un volumen de entradas de gas de 100 millones de kWh durante el año de gas 2025. Su coeficiente de retención es del 1,50%, lo que le permite retener hasta 1,5 millones de kWh como pérdidas técnicas aceptables sin penalización.
Si sus pérdidas reales han sido de 1,8 millones de kWh, el saldo de mermas es negativo en 0,3 millones de kWh. Ese exceso se valora económicamente al precio regulado del gas y se descuenta de su retribución. Además, ese saldo negativo se reparte proporcionalmente entre los usuarios de su red.
Si, por el contrario, las pérdidas reales fueron de solo 1,1 millones de kWh, el saldo sería positivo en 0,4 millones de kWh, mejorando la retribución del titular. Este escenario ilustra por qué la inversión en reducción de fugas y control técnico tiene retorno económico directo en el marco regulado.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar el saldo de mermas asignado: cada titular debe localizar su saldo en la resolución y verificar si es positivo o negativo, y en qué cuantía afecta a su retribución regulada del año de gas 2025.
- Contrastar con los datos propios de pérdidas reales: comparar el gas realmente perdido con el coeficiente de retención aplicable a cada tipo de instalación o red operada.
- Evaluar el impacto en la liquidación de retribución: cuantificar el efecto económico del saldo (positivo o negativo) sobre los ingresos regulados del ejercicio.
- Planificar inversiones en reducción de pérdidas: si el saldo ha sido negativo, analizar las causas técnicas y valorar inversiones en detección de fugas, renovación de redes o mejora de medición para mejorar el resultado en el año de gas 2026.
- Informar a usuarios afectados por reparto de saldo negativo: si la empresa es distribuidora con saldo negativo, comunicar a los usuarios afectados el mecanismo de reparto proporcional aplicado.
- Consultar la Circular 7/2021: para verificar que la metodología aplicada por la CNMC es correcta y, en su caso, ejercer los derechos de audiencia o recurso que correspondan.
Preguntas frecuentes
¿Qué coeficiente de retención de mermas aplica a las redes de distribución de baja presión en 2025?
Las redes de distribución de presión hasta 4 bar tienen un coeficiente de retención del 1,50%. Las redes alimentadas por planta satélite aplican el coeficiente más alto: 2%. Las redes entre 4 y 16 bar aplican un 0,38%, y las de presión superior a 16 bar tienen coeficiente 0%.
¿Cómo afecta un saldo negativo de mermas a la retribución de una distribuidora?
Un saldo negativo significa que las pérdidas reales de gas superaron el umbral permitido por el coeficiente de retención. Ese exceso se valora económicamente y se descuenta de la retribución regulada del titular. Además, el saldo negativo se reparte proporcionalmente entre los usuarios de la red de distribución afectada.
¿Qué coeficiente de mermas aplica a las plantas de regasificación?
Las plantas de regasificación tienen un coeficiente de retención del 0%. Esto significa que no disponen de margen de tolerancia: cualquier pérdida de gas registrada en planta penaliza íntegramente la retribución regulada del titular.
¿Qué metodología usa la CNMC para calcular los saldos de mermas del gas?
La CNMC aplica la metodología establecida en la Circular 7/2021. El cálculo compara el gas realmente perdido por cada titular con el gas que puede retener legalmente según su coeficiente asignado. La diferencia (positiva o negativa) determina el saldo de mermas y su efecto sobre la retribución regulada.
¿A qué período corresponde el año de gas 2025?
El año de gas 2025 comprende el período entre octubre de 2024 y septiembre de 2025. La resolución de la CNMC que aprueba los saldos de mermas correspondientes a este período fue publicada en el BOE el 29 de septiembre de 2026 (referencia BOE-A-2026-20257).
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20257