Sector Público

Plaza de Jefe/a de Medicina Nuclear en Osakidetza: requisitos y proceso de selección 2026

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Equipo Editorial CambiosLegales
2 nov 2026 6 min 1 visitas

Datos clave

NormativaResolución 7419/2026, de 25 de septiembre, de la Dirección Gerencia de la OSI Donostialdea
Publicación BOE02/11/2026
Entrada en vigorNo especificada en la resolución
Plaza convocadaJefe/a de Servicio de Medicina Nuclear
Organismo convocanteOSI Donostialdea (Osakidetza)
Grupo de titulaciónA1
Experiencia mínima4 años
Plazo de solicitud15 días hábiles desde la última publicación en boletines oficiales
CategoríaSector Público
Referencia BOEBOE-A-2026-22922
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La OSI Donostialdea convoca por concurso de méritos la plaza de Jefe/a de Servicio de Medicina Nuclear, con publicación en el BOE el 2 de noviembre de 2026 (referencia BOE-A-2026-22922). La Resolución 7419/2026, de 25 de septiembre, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Donostialdea, regula todo el proceso: desde los requisitos de participación hasta la composición de la comisión de valoración.

El proceso no es una oposición clásica: se trata de un concurso de méritos que incluye la defensa pública de un proyecto de gestión, una entrevista y la valoración de méritos según baremo. Para ser nombrado, el candidato debe alcanzar al menos la mitad de la puntuación máxima total.

15 días hábiles
Plazo máximo para presentar solicitud
4 años
Experiencia mínima exigida
50%
Puntuación mínima para ser nombrado (mitad del máximo total)
40%
Presencia mínima de cada sexo en la comisión de valoración

¿Qué establece esta normativa?

La resolución convoca el puesto de Jefe/a de Servicio de Medicina Nuclear mediante concurso de méritos. A continuación se detallan todos los elementos del proceso:

ElementoDetalle
Tipo de procesoConcurso de méritos
PlazaJefe/a de Servicio de Medicina Nuclear
CentroOSI Donostialdea (Osakidetza)
Grupo de accesoA1
Régimen de personal admitidoPersonal estatutario, funcionario o laboral fijo del grupo A1 de Osakidetza o del SNS
Titulación y especialidadLa requerida para la plaza (Medicina Nuclear)
Experiencia mínimaAl menos 4 años acreditados
Plazo de solicitud15 días hábiles desde la última publicación en boletines oficiales
Fases de selección1. Defensa pública de proyecto de gestión; 2. Entrevista; 3. Valoración de méritos según baremo
Puntuación mínima para nombramientoAl menos la mitad de la puntuación máxima total
Composición comisión de valoraciónPresencia equilibrada de género: mínimo 40% de cada sexo

La defensa pública del proyecto de gestión es un elemento diferencial respecto a otros procesos selectivos: el candidato debe demostrar no solo conocimientos clínicos, sino también capacidad de liderazgo y visión estratégica del servicio.

Impacto económico y operativo

Para los candidatos, acceder a una jefatura de servicio en Osakidetza supone un salto retributivo y de responsabilidad significativo respecto a un puesto de facultativo especialista. Las jefaturas de servicio en el SNS conllevan complementos específicos de cargo directivo que se añaden al salario base del grupo A1.

Desde el punto de vista operativo, la OSI Donostialdea debe cubrir esta plaza para garantizar la dirección clínica y gestión del Servicio de Medicina Nuclear. La resolución establece un proceso riguroso con tres fases evaluadoras, lo que implica que los candidatos deben preparar con antelación:

  • El proyecto de gestión, que se defiende públicamente ante la comisión.
  • La documentación acreditativa de méritos para el baremo.
  • La preparación para la entrevista ante la comisión de valoración.

El requisito de presencia equilibrada de género en la comisión (mínimo 40% de cada sexo) es un elemento de cumplimiento normativo que la propia OSI Donostialdea debe garantizar al constituir el tribunal.

¿A quién afecta?

  • Personal estatutario fijo del grupo A1 de Osakidetza con especialidad en Medicina Nuclear y al menos 4 años de experiencia.
  • Funcionarios de carrera del grupo A1 del Sistema Nacional de Salud (SNS) con la titulación y especialidad requeridas.
  • Personal laboral fijo del grupo A1 de Osakidetza o del SNS con los requisitos de titulación y experiencia exigidos.
  • Especialistas en Medicina Nuclear que aspiren a asumir responsabilidades de gestión y dirección de servicio en el ámbito del País Vasco.
  • Responsables de RRHH y dirección de Osakidetza, que deben gestionar el proceso y garantizar el cumplimiento de los requisitos de composición de la comisión.

Ejemplo práctico

Un especialista en Medicina Nuclear con plaza fija en Osakidetza (grupo A1) y 6 años de experiencia acreditada cumple los requisitos de participación. Para concursar, debe:

  1. Presentar su solicitud dentro de los 15 días hábiles desde la última publicación en boletines oficiales (el cómputo arranca desde la publicación más reciente, no necesariamente la del BOE del 2 de noviembre de 2026).
  2. Elaborar y defender públicamente ante la comisión un proyecto de gestión para el Servicio de Medicina Nuclear de la OSI Donostialdea.
  3. Aportar toda la documentación de méritos para su valoración según el baremo establecido en la convocatoria.
  4. Superar la entrevista ante la comisión de valoración.
  5. Alcanzar en la suma de todas las fases al menos el 50% de la puntuación máxima total para poder ser nombrado. Si ningún candidato alcanza ese umbral, la plaza puede quedar desierta.

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¿Qué deben hacer los candidatos ahora?

  1. Verificar el plazo exacto de solicitud: el cómputo de los 15 días hábiles arranca desde la última publicación en boletines oficiales. Comprueba si la resolución se ha publicado también en el BOPV u otros boletines autonómicos, ya que esa fecha puede ser posterior a la del BOE (02/11/2026).
  2. Confirmar el cumplimiento de requisitos: grupo A1, régimen de personal (estatutario, funcionario o laboral fijo) en Osakidetza o el SNS, titulación en Medicina Nuclear y mínimo 4 años de experiencia acreditada.
  3. Preparar el proyecto de gestión: es la pieza clave del concurso. Debe reflejar visión estratégica del servicio, propuestas de mejora y capacidad directiva. Su defensa es pública.
  4. Recopilar y organizar la documentación de méritos conforme al baremo de la convocatoria: formación, experiencia, actividad investigadora, cargos previos, etc.
  5. Preparar la entrevista ante la comisión de valoración, que evaluará competencias de gestión y liderazgo.
  6. Tener en cuenta el umbral mínimo: solo se puede ser nombrado si se alcanza al menos la mitad de la puntuación máxima total. No basta con ser el mejor puntuado si no se supera ese mínimo.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para solicitar la plaza de Jefe/a de Medicina Nuclear en Osakidetza?

El plazo es de 15 días hábiles contados desde la última publicación en boletines oficiales. La publicación en el BOE se produjo el 02/11/2026 (BOE-A-2026-22922), pero si la resolución se publica también en el BOPV u otro boletín en fecha posterior, el cómputo arranca desde esa fecha más reciente.

¿Qué requisitos hay que cumplir para participar en el concurso de Medicina Nuclear de Osakidetza?

Se requiere: ser personal estatutario, funcionario de carrera o laboral fijo del grupo A1 de Osakidetza o del SNS, contar con la titulación y especialidad en Medicina Nuclear exigidas, y acreditar al menos 4 años de experiencia.

¿Cómo es el proceso de selección para la jefatura de Medicina Nuclear en OSI Donostialdea?

El proceso consta de tres fases: 1) defensa pública de un proyecto de gestión ante la comisión de valoración; 2) entrevista; y 3) valoración de méritos según baremo. Para ser nombrado, el candidato debe alcanzar al menos la mitad de la puntuación máxima total en el conjunto de las fases.

¿Qué pasa si ningún candidato alcanza la puntuación mínima?

Si ningún candidato supera el umbral mínimo establecido (la mitad de la puntuación máxima total), la plaza puede quedar desierta. Este requisito está expresamente recogido en la Resolución 7419/2026 y es determinante: no basta con ser el candidato mejor puntuado si no se alcanza ese mínimo.

¿Qué exige la normativa sobre la composición de la comisión de valoración?

La resolución establece que la comisión de valoración debe respetar el principio de presencia equilibrada de género, con un mínimo del 40% de cada sexo entre sus miembros. Es una obligación que debe garantizar la propia OSI Donostialdea al constituir el tribunal.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22922



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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