Datos clave
| Normativa | Resolución de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental — informe de impacto ambiental del proyecto «Enlace LAT entre CS Pandela y CT Busqueimado» |
|---|---|
| Publicación | 22 de agosto de 2026 |
| Entrada en vigor | 22 de agosto de 2026 |
| Promotor | Viesgo Distribución Eléctrica SL |
| Municipios afectados | A Fonsagrada (Lugo) y Santa Eulalia de Oscos (Asturias) |
| Categoría | Energía / Evaluación Ambiental |
| Ejercicio | 2026 |
| Tramo soterrado | 223 metros (entre apoyos 6 y 7) |
| Tensión de la línea | 20 kV |
Viesgo Distribución Eléctrica SL puede avanzar con su proyecto de enlace eléctrico entre el centro de seccionamiento Pandela (A Fonsagrada, Lugo) y el centro de transformación Busqueimado (Santa Eulalia de Oscos, Asturias). La Resolución de 27 de julio de 2026, publicada en el BOE el 22 de agosto de 2026, formula el informe de impacto ambiental simplificado con resultado favorable, lo que evita a la empresa someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, un proceso notablemente más largo y costoso.
Sin embargo, la aprobación no es incondicional. La tramitación exigió al promotor modificaciones sustanciales respecto al proyecto original, y el informe recoge prescripciones vinculantes de organismos de tres administraciones distintas: Galicia, Asturias y la Administración General del Estado.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución aprueba un proyecto compuesto por tres elementos diferenciados. Cada uno tiene un alcance técnico y ambiental propio:
| Componente del proyecto | Descripción | Condición especial |
|---|---|---|
| Reforma de línea aérea existente «Santa Eulalia» | Línea de 20 kV ya en servicio que se reforma para integrar el nuevo enlace | Instalación de dispositivos anticolisión para aves |
| Nueva línea aérea «Enlace Fonsagrada 1 con Santa Eulalia» | Nuevo trazado aéreo que conecta el CS Pandela con el CT Busqueimado | Instalación de dispositivos anticolisión para aves |
| Tramo soterrado de 223 m | Tramo subterráneo entre los apoyos 6 y 7 del nuevo trazado | Obligatorio para proteger la Reserva de la Biosfera «Río Eo, Oscos y Terras de Burón» |
El informe concluye que el proyecto no requiere evaluación de impacto ambiental ordinaria, lo que supone un ahorro significativo de tiempo y recursos administrativos para Viesgo. No obstante, el proyecto queda sujeto a todas las condiciones y prescripciones establecidas por los organismos consultados de las tres administraciones implicadas.
La clave del proceso fue la modificación que la Dirección General exigió al promotor durante la tramitación: el soterramiento entre los apoyos 6 y 7 no estaba en el proyecto original y fue una condición impuesta para proteger el espacio natural protegido que atraviesa el trazado.
Impacto económico y operativo
Para Viesgo Distribución Eléctrica SL, el informe favorable tiene un impacto operativo directo e inmediato:
- Se evita la evaluación ordinaria: el procedimiento simplificado es sustancialmente más rápido que el ordinario, lo que reduce los plazos de inicio de obra y los costes de tramitación.
- Costes adicionales por las prescripciones: el soterramiento de 223 m entre apoyos 6 y 7 implica un coste de ejecución superior al de un tramo aéreo equivalente. La instalación de dispositivos anticolisión en ambas líneas (la reformada y la nueva) añade un coste de equipamiento que no estaba previsto en el proyecto original.
- Riesgo de paralización si no se cumplen las condiciones: las prescripciones de los organismos consultados son vinculantes. El incumplimiento de cualquiera de ellas puede dar lugar a la suspensión de las obras o a la revisión del informe favorable.
- Coordinación con tres administraciones: Galicia, Asturias y la Administración General del Estado han emitido condiciones propias. Viesgo debe gestionar el cumplimiento ante cada una de ellas de forma independiente.
Desde el punto de vista del suministro eléctrico en la zona, el proyecto mejora la conexión entre los municipios de A Fonsagrada y Santa Eulalia de Oscos, dos territorios de montaña con infraestructura eléctrica envejecida.
¿A quién afecta?
- Viesgo Distribución Eléctrica SL: promotor del proyecto y principal obligado por las prescripciones del informe ambiental.
- Ayuntamiento de A Fonsagrada (Lugo): municipio en cuyo término discurre parte del trazado.
- Ayuntamiento de Santa Eulalia de Oscos (Asturias): municipio en cuyo término discurre la otra parte del trazado.
- Reserva de la Biosfera «Río Eo, Oscos y Terras de Burón»: espacio natural protegido cuya integridad motivó la exigencia del soterramiento de 223 m.
- Empresas y particulares con suministro eléctrico en la zona: se beneficiarán de la mejora de la infraestructura de distribución una vez ejecutado el proyecto.
- Contratistas y empresas de obra civil y eléctrica: las obras de soterramiento y la instalación de dispositivos anticolisión generarán contratos de ejecución.
Ejemplo práctico
Viesgo presentó inicialmente un proyecto con trazado íntegramente aéreo. Durante la tramitación del informe simplificado, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental detectó que el trazado entre los apoyos 6 y 7 discurría por el interior de la Reserva de la Biosfera «Río Eo, Oscos y Terras de Burón».
Como condición para emitir el informe favorable sin derivar el expediente a evaluación ordinaria, se exigió al promotor modificar el proyecto para soterrar ese tramo específico: 223 metros de línea que, en lugar de ir por el aire, deben ir bajo tierra. Adicionalmente, se impuso la instalación de dispositivos anticolisión para aves en toda la línea reformada «Santa Eulalia» y en el nuevo trazado aéreo.
El resultado: Viesgo asume un coste de ejecución mayor en ese tramo concreto, pero obtiene la aprobación ambiental sin necesidad de un procedimiento ordinario que podría haber alargado la tramitación entre 12 y 24 meses adicionales.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Viesgo Distribución Eléctrica SL debe revisar todas las prescripciones emitidas por los organismos consultados de Galicia, Asturias y la Administración General del Estado, e incorporarlas al proyecto ejecutivo antes del inicio de obras.
- Planificar el soterramiento de 223 m entre apoyos 6 y 7 como elemento crítico del cronograma de obra, dado que implica obra civil subterránea con mayor complejidad logística que el trazado aéreo.
- Contratar y certificar la instalación de dispositivos anticolisión para aves en la línea «Santa Eulalia» reformada y en el nuevo trazado aéreo «Enlace Fonsagrada 1 con Santa Eulalia», documentando su instalación para acreditar el cumplimiento ante los organismos competentes.
- Coordinar con las tres administraciones (Xunta de Galicia, Gobierno del Principado de Asturias y Administración General del Estado) el cumplimiento de sus respectivas condiciones, ya que cada una puede exigir acreditación independiente.
- Empresas contratistas interesadas deben contactar con Viesgo para participar en los procesos de licitación de las obras de soterramiento e instalación de dispositivos anticolisión.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el informe de impacto ambiental simplificado y por qué es relevante para Viesgo?
El informe simplificado es el resultado del procedimiento de evaluación ambiental abreviada. Al ser favorable, Viesgo Distribución Eléctrica SL puede ejecutar el proyecto sin someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, que es más larga y costosa. La resolución fue formulada el 27 de julio de 2026 y publicada en el BOE el 22 de agosto de 2026.
¿Por qué hay que soterrar 223 metros de la línea eléctrica?
El tramo entre los apoyos 6 y 7 del nuevo trazado discurre por el interior de la Reserva de la Biosfera «Río Eo, Oscos y Terras de Burón». Para proteger este espacio natural protegido, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental exigió al promotor modificar el proyecto original e incluir ese soterramiento como condición para emitir el informe favorable.
¿Qué son los dispositivos anticolisión para aves y dónde deben instalarse?
Son elementos que se instalan en los cables de las líneas aéreas para hacerlos visibles a las aves y reducir el riesgo de colisión. En este proyecto deben instalarse tanto en la línea aérea existente «Santa Eulalia» (20 kV) que se reforma, como en el nuevo trazado aéreo «Enlace Fonsagrada 1 con Santa Eulalia». Su instalación es una prescripción vinculante del informe ambiental.
¿Qué administraciones han impuesto condiciones al proyecto?
Tres administraciones han participado en la consulta y han establecido prescripciones vinculantes: la Xunta de Galicia, el Gobierno del Principado de Asturias y la Administración General del Estado. Viesgo debe acreditar el cumplimiento de las condiciones de cada una de ellas de forma independiente.
¿Qué ocurre si Viesgo no cumple las prescripciones del informe ambiental?
Las condiciones y prescripciones establecidas en el informe de impacto ambiental son vinculantes para el promotor. El incumplimiento puede dar lugar a la suspensión de las obras, a la revisión del informe favorable o a la apertura de un procedimiento sancionador por parte de los organismos competentes de las administraciones implicadas.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-18029