Datos clave
| Normativa | Corrección al Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2660, de 28 de noviembre de 2023 |
|---|---|
| Publicación | 24 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada |
| Afectados | Fabricantes de pesticidas con glifosato, agricultores y operadores que usan herbicidas con glifosato |
| Categoría | Agricultura y Pesca |
| Sustancia activa | Glifosato |
| Aprobación vigente hasta | 15 de diciembre de 2033 |
| Norma modificada | Reglamento de Ejecución (UE) No 540/2011 |
| Base legal | Reglamento (CE) No 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo |
Los fabricantes de herbicidas con glifosato y los agricultores que los utilizan tienen una nueva obligación de revisión: la corrección publicada el 24 de julio de 2026 en el Diario Oficial de la UE rectifica errores técnicos del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2660, que en noviembre de 2023 renovó la aprobación del glifosato como sustancia activa en productos fitosanitarios hasta el 15 de diciembre de 2033.
Aunque los cambios son de naturaleza técnica y no alteran la decisión de renovación, su publicación en el Diario Oficial implica que las condiciones corregidas son las oficialmente vigentes. Ignorarlas puede generar desajustes en las autorizaciones de producto.
¿Qué establece esta normativa?
La corrección publicada el 24 de julio de 2026 rectifica errores detectados en el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2660. Este reglamento original, aprobado el 28 de noviembre de 2023, renovó la aprobación del glifosato como sustancia activa en productos fitosanitarios, conforme al Reglamento (CE) No 1107/2009, y modificó el Reglamento de Ejecución (UE) No 540/2011.
Los aspectos clave que establece el marco normativo corregido son:
- El glifosato mantiene su aprobación como sustancia activa en productos fitosanitarios hasta el 15 de diciembre de 2033.
- Las correcciones son de carácter técnico y no modifican el fondo de la decisión de renovación.
- Las condiciones de uso establecidas para proteger la salud humana y el medio ambiente siguen plenamente vigentes.
- El reglamento es de aplicación directa en todos los Estados miembros de la UE, sin necesidad de transposición nacional.
- Las autorizaciones de productos fitosanitarios que contengan glifosato deben ajustarse a las condiciones actualizadas por esta corrección.
El glifosato es el herbicida más utilizado a nivel mundial. Su renovación en 2023 fue objeto de intenso debate científico y político sobre su seguridad para la salud humana y el medio ambiente. La corrección publicada en 2026 no reabre ese debate, sino que perfecciona técnicamente el texto legal vigente.
Impacto económico y operativo
Para los fabricantes de pesticidas, el impacto operativo más inmediato es la necesidad de revisar las autorizaciones de sus productos. Si las condiciones técnicas corregidas difieren de las que figuran en sus autorizaciones actuales, deberán iniciar el proceso de actualización ante las autoridades competentes de cada Estado miembro.
Para los agricultores y operadores que utilizan herbicidas con glifosato, el impacto es de cumplimiento: deben asegurarse de que los productos que usan están correctamente autorizados bajo las condiciones actualizadas y de que sus prácticas de aplicación se ajustan a las restricciones vigentes de protección de la salud y el medio ambiente.
| Tipo de operador | Impacto principal | Acción requerida |
|---|---|---|
| Fabricantes de herbicidas con glifosato | Posible desajuste entre autorizaciones vigentes y condiciones corregidas | Verificar y actualizar autorizaciones de producto |
| Agricultores y operadores | Obligación de cumplir restricciones de uso actualizadas | Revisar que los productos usados están correctamente autorizados |
| Distribuidores de fitosanitarios | Comercialización de productos que deben cumplir condiciones corregidas | Confirmar que los productos en stock cumplen la normativa actualizada |
¿A quién afecta?
- Fabricantes de pesticidas y herbicidas que contengan glifosato como sustancia activa.
- Agricultores que utilizan herbicidas con glifosato en sus explotaciones.
- Operadores profesionales que aplican productos fitosanitarios con glifosato (empresas de tratamientos agrícolas, jardinería profesional, mantenimiento de infraestructuras).
- Distribuidores y comercializadores de productos fitosanitarios que contengan glifosato.
- Asesores agrícolas y técnicos fitosanitarios que recomiendan o supervisan el uso de estos productos.
Ejemplo práctico
Un fabricante español de herbicidas que comercializa un producto con glifosato como sustancia activa tiene autorización vigente concedida bajo las condiciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2660 original. Tras la publicación de esta corrección el 24 de julio de 2026, debe comparar las condiciones técnicas corregidas con las que figuran en su autorización actual.
Si la corrección modifica alguna especificación técnica relevante para su producto (por ejemplo, condiciones de uso, restricciones de aplicación o requisitos de etiquetado), deberá comunicarlo a la autoridad competente de su Estado miembro y, en su caso, solicitar la actualización de la autorización. No hacerlo podría implicar que el producto se comercialice o use bajo condiciones no conformes con la normativa vigente.
Del mismo modo, un agricultor que usa ese herbicida debe verificar que el producto sigue estando correctamente autorizado y que las instrucciones de uso actualizadas no han introducido nuevas restricciones que afecten a su forma habitual de aplicación.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Descargar y leer la corrección oficial: Acceder al texto publicado el 24 de julio de 2026 en el Diario Oficial de la UE (referencia OJ:L_202690622) y compararlo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2660 original.
- Revisar las autorizaciones de producto vigentes (fabricantes): Verificar que las condiciones técnicas de cada autorización de producto con glifosato se ajustan a las condiciones corregidas. Si hay discrepancias, iniciar el proceso de actualización ante la autoridad competente.
- Confirmar el estado de autorización de los productos usados (agricultores y operadores): Asegurarse de que los herbicidas con glifosato que se utilizan están correctamente autorizados bajo las condiciones actualizadas.
- Revisar las prácticas de aplicación: Comprobar que los métodos de uso, dosis y precauciones cumplen con las restricciones establecidas para proteger la salud humana y el medio ambiente.
- Consultar con asesores técnicos o jurídicos si la corrección introduce cambios que afectan a procesos de registro, etiquetado o comercialización de productos específicos.
Preguntas frecuentes
¿El glifosato sigue estando aprobado en la UE tras esta corrección?
Sí. El glifosato mantiene su aprobación como sustancia activa en productos fitosanitarios hasta el 15 de diciembre de 2033. Esta corrección no altera la decisión de renovación aprobada en noviembre de 2023, sino que rectifica errores técnicos del texto legal.
¿Qué cambia exactamente con esta corrección respecto al reglamento original?
Las correcciones son de carácter técnico y no modifican el fondo de la decisión de renovación del glifosato. No se han publicado en los datos disponibles los detalles específicos de cada corrección técnica. Para conocer los cambios concretos, es necesario consultar el texto oficial publicado el 24 de julio de 2026 en el Diario Oficial de la UE (OJ:L_202690622).
¿Necesitan los fabricantes de herbicidas actualizar sus autorizaciones de producto?
Sí, si las condiciones técnicas corregidas difieren de las que figuran en sus autorizaciones actuales. Los fabricantes deben verificar que sus autorizaciones se ajustan a las condiciones actualizadas y, en caso de discrepancia, iniciar el proceso de actualización ante la autoridad competente del Estado miembro correspondiente.
¿Deben hacer algo los agricultores que usan herbicidas con glifosato?
Sí. Los agricultores y operadores deben verificar que los productos que utilizan están correctamente autorizados bajo las condiciones actualizadas y que sus prácticas de aplicación cumplen con las restricciones de uso establecidas para proteger la salud humana y el medio ambiente.
¿Es necesario que España transponga esta normativa a nivel nacional?
No. El reglamento y su corrección son de aplicación directa en todos los Estados miembros de la UE sin necesidad de transposición nacional. Entra en vigor automáticamente en España y en el resto de países de la UE desde su publicación en el Diario Oficial.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=OJ:L_202690622