Datos clave
| Normativa | Resolución de 6 de octubre de 2026, del INGESA, que modifica la de 25 de septiembre de 2026 |
|---|---|
| Publicación | 14 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | 14 de octubre de 2026 |
| Afectados | Aspirantes a Técnico/a Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico y Biomédico del INGESA en Ceuta y Melilla |
| Categoría | Sector Público — Oposiciones Sanitarias |
| Tipo de acceso | Concurso-oposición, sistema general de acceso libre |
| Base modificada | Base 8.1 de la convocatoria original |
| Ciudades de examen | Ceuta y Melilla |
| Plataforma de gestión | IPS (plataforma de inscripción) |
Si estás preparando la oposición de Técnico/a Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico y Biomédico del INGESA, hay un cambio que no puedes ignorar: la convocatoria original del 25 de septiembre de 2026 omitía un dato esencial, y la Resolución de 6 de octubre de 2026 lo corrige con efectos inmediatos desde su publicación el 14 de octubre de 2026.
La modificación afecta directamente a la base 8.1 de la convocatoria y establece que el ejercicio de oposición se celebrará en Ceuta y Melilla, debiendo el aspirante indicar expresamente en su solicitud en cuál de las dos localidades desea examinarse.
¿Qué establece esta corrección?
La Resolución de 6 de octubre de 2026 subsana omisiones detectadas en la convocatoria publicada el 25 de septiembre de 2026. Los cambios concretos son los siguientes:
| Aspecto | Convocatoria original (25/09/2026) | Tras la corrección (14/10/2026) |
|---|---|---|
| Base 8.1 — Lugar del ejercicio | No especificaba las ciudades de celebración del examen | Se precisa que el ejercicio se celebra en Ceuta y Melilla |
| Elección de ciudad | No se recogía obligación de indicar ciudad en la solicitud | El aspirante debe indicar la localidad elegida en la solicitud |
| Efecto de la elección sobre la plaza | No especificado | La elección de ciudad de examen no condiciona la posterior elección de plaza |
| Plazo de solicitudes | Cerrado | Reabierto para nuevas inscripciones y cambios de ciudad |
| Quienes ya se inscribieron | — | No necesitan repetir el trámite salvo que deseen cambiar de ciudad |
| Plataforma para cambios | — | IPS (plataforma de inscripción del INGESA) |
| Consecuencia de no indicar ciudad o presentarse en ciudad distinta | No recogida | Exclusión del proceso selectivo |
En resumen: la corrección no cambia las condiciones de acceso, los méritos ni el sistema de selección. Lo que cambia es que ahora es obligatorio y vinculante declarar en qué ciudad te examinas, con consecuencias directas si no lo haces correctamente.
Impacto operativo para los aspirantes
Aunque esta corrección no tiene impacto económico directo (no modifica tasas, retribuciones ni plazas convocadas), su impacto operativo es crítico:
- Riesgo de exclusión: No indicar ciudad de examen o presentarse en una ciudad distinta a la elegida implica la exclusión automática del proceso. No hay margen de error.
- Plazo reabierto: El INGESA ha reabierto el plazo de presentación de solicitudes para dar cobertura a quienes aún no se habían inscrito y para quienes deseen cambiar la ciudad elegida.
- Sin efecto sobre la elección de plaza: La ciudad donde te examines no determina en qué ciudad trabajarás. La elección de plaza se realiza en un momento posterior del proceso, de forma independiente.
- Gestión a través de IPS: Cualquier modificación de la ciudad de examen debe realizarse exclusivamente a través de la plataforma IPS del INGESA.
¿A quién afecta?
- Aspirantes que ya se inscribieron en la convocatoria original del 25 de septiembre de 2026 y no indicaron ciudad de examen (porque la convocatoria no lo exigía entonces).
- Aspirantes inscritos que deseen cambiar la ciudad de examen elegida inicialmente.
- Nuevos aspirantes que aún no se habían inscrito y quieran hacerlo durante el plazo reabierto.
- Gestores de recursos humanos y asesores de oposiciones que acompañan a candidatos en este proceso selectivo del INGESA.
Ejemplo práctico
Imagina que te inscribiste en la convocatoria durante el plazo original (antes del 14 de octubre de 2026). En ese momento, la base 8.1 no exigía indicar ciudad de examen, por lo que es posible que tu solicitud no recoja este dato o lo recoja de forma incompleta.
Con la corrección en vigor, tu situación es la siguiente:
- Si ya indicaste ciudad de examen y no quieres cambiarla: no necesitas hacer nada. Tu inscripción sigue siendo válida.
- Si no indicaste ciudad de examen o quieres cambiarla: debes acceder a la plataforma IPS durante el plazo reabierto y actualizar tu solicitud con la ciudad elegida (Ceuta o Melilla).
- Si no realizas este trámite y el día del examen te presentas en una ciudad distinta a la registrada (o sin ciudad registrada): serás excluido del proceso selectivo, perdiendo todo el trabajo de preparación realizado hasta ese momento.
¿Qué debes hacer ahora?
- Comprueba tu inscripción en la plataforma IPS: Accede a tu solicitud y verifica si figura la ciudad de examen (Ceuta o Melilla). Si no aparece, debes completarla antes de que cierre el plazo reabierto.
- Decide tu ciudad de examen: Recuerda que la elección de ciudad de examen no condiciona la posterior elección de plaza. Elige en función de tu logística personal, no de dónde quieres trabajar.
- Actualiza tu solicitud si es necesario: Si quieres cambiar la ciudad o añadirla, hazlo exclusivamente a través de la plataforma IPS. No hay otro canal válido para este trámite.
- Guarda el justificante: Conserva el comprobante de tu solicitud actualizada como prueba de la ciudad elegida.
- Consulta la convocatoria completa: Accede al texto íntegro de la Resolución de 6 de octubre de 2026 en el BOE para conocer todos los detalles del proceso selectivo.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que volver a inscribirme si ya presenté mi solicitud antes del 14 de octubre de 2026?
No. Si ya te inscribiste, tu solicitud sigue siendo válida y no necesitas repetir el trámite. Solo debes actuar si quieres cambiar la ciudad de examen elegida, en cuyo caso debes hacerlo a través de la plataforma IPS durante el plazo reabierto.
¿Qué pasa si me presento al examen en una ciudad distinta a la que indiqué en la solicitud?
Serás excluido del proceso selectivo. La Resolución de 6 de octubre de 2026 establece expresamente que la no comparecencia en la ciudad indicada en la solicitud conlleva la exclusión. No hay excepciones previstas.
¿La ciudad de examen que elija determina en qué ciudad trabajaré si apruebo?
No. La elección de la ciudad de examen (Ceuta o Melilla) no condiciona la posterior elección de plaza. Ambas decisiones son independientes: la ciudad de examen es solo logística, la elección de plaza se realiza en una fase posterior del proceso.
¿Cómo cambio la ciudad de examen en mi solicitud?
El cambio debe realizarse exclusivamente a través de la plataforma IPS del INGESA, durante el plazo de solicitudes reabierto tras la publicación de la Resolución de 6 de octubre de 2026 (con efectos desde el 14 de octubre de 2026).
¿Qué base de la convocatoria modifica esta resolución?
La Resolución de 6 de octubre de 2026 modifica la base 8.1 de la convocatoria original del 25 de septiembre de 2026, precisando que el ejercicio de oposición se celebrará en Ceuta y Melilla y que el aspirante debe indicar la localidad elegida en su solicitud.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-21343)
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21343