Datos clave
| Normativa | Resolución de 7 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la FEMP para la potenciación de la Red Española de Ciudades Saludables y la implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención |
|---|---|
| Publicación | 14 de abril de 2026 (BOE-A-2026-8270) |
| Entrada en vigor | No especificada |
| Afectados | Municipios, provincias y entidades locales integradas en la Red Española de Ciudades Saludables |
| Categoría | Sector Público |
| Ejercicio | 2026 |
Los municipios y diputaciones integrados en la Red Española de Ciudades Saludables tienen desde el 14 de abril de 2026 un instrumento jurídico formal que respalda sus actuaciones en salud pública. La Secretaría de Estado de Sanidad y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han suscrito un convenio —publicado mediante Resolución de 7 de abril de 2026— que convierte a los entes locales en actores reconocidos dentro de la política sanitaria estatal.
El convenio no es una declaración de intenciones: establece un marco de colaboración formal que permite a los ayuntamientos y diputaciones acceder a respaldo institucional y posiblemente financiero del Estado para implementar localmente la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención. Para los gestores públicos locales, esto tiene implicaciones directas en planificación presupuestaria, captación de recursos y diseño de programas de salud.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio articula la relación entre la administración central y las entidades locales en materia de salud preventiva. Sus elementos principales son:
- Potenciación de la Red Española de Ciudades Saludables: se refuerza institucionalmente la red que agrupa a municipios y provincias comprometidos con políticas de salud pública local.
- Implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención: los entes locales adheridos podrán desarrollar programas alineados con esta estrategia nacional, con el respaldo de la Secretaría de Estado de Sanidad.
- Marco de colaboración formal: el convenio formaliza la coordinación entre administración central y entidades locales, facilitando la captación de recursos y la alineación de actuaciones.
- Posible financiación: el acuerdo contempla que los municipios y diputaciones adheridos puedan acceder a recursos financieros del Estado, aunque los importes concretos no están especificados en la resolución publicada.
La resolución fue suscrita el 7 de abril de 2026 y publicada en el BOE el 14 de abril de 2026.
Impacto económico y operativo
Para las entidades locales, el impacto de este convenio se produce en dos planos:
Oportunidad de captación de recursos: el marco formal establecido facilita que los ayuntamientos y diputaciones accedan a financiación estatal para programas de salud preventiva. Sin este convenio, muchas actuaciones locales en salud pública carecían de un canal institucional claro para obtener respaldo económico del Estado.
Reducción de costes de coordinación: al existir un acuerdo formal entre la FEMP y la Secretaría de Estado de Sanidad, las entidades locales pueden alinear sus programas con la estrategia nacional sin necesidad de negociar individualmente con la administración central. Esto reduce la carga administrativa y mejora la eficiencia en el diseño de políticas locales de salud.
Planificación presupuestaria: los gestores públicos locales que ya estén en la red —o que valoren adherirse— deben contemplar este convenio en su planificación para 2026 y ejercicios siguientes, especialmente en las partidas destinadas a salud pública y promoción de la salud.
Los importes concretos de financiación no están especificados en la resolución publicada. La información disponible indica que existe la posibilidad de acceso a recursos financieros del Estado, pero las condiciones y cuantías deberán concretarse en el desarrollo del convenio.
¿A quién afecta?
- Ayuntamientos integrados en la Red Española de Ciudades Saludables
- Diputaciones provinciales adheridas a la red
- Otras entidades locales que formen parte de la Red Española de Ciudades Saludables
- Responsables de salud pública municipal y técnicos de salud en entidades locales
- Gestores y directivos de administraciones locales que planifiquen programas de salud preventiva
- Entidades locales no adheridas que estén valorando incorporarse a la red, dado que el convenio refuerza los incentivos para hacerlo
Ejemplo práctico
Un ayuntamiento de tamaño medio integrado en la Red Española de Ciudades Saludables quiere lanzar un programa municipal de prevención de enfermedades cardiovasculares dirigido a mayores de 60 años. Hasta ahora, este tipo de iniciativas dependía exclusivamente del presupuesto municipal o de convocatorias de subvenciones puntuales.
Con el convenio en vigor, ese mismo ayuntamiento puede encuadrar su programa dentro de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención, lo que le permite:
- Acceder al respaldo institucional de la Secretaría de Estado de Sanidad para legitimar y reforzar el programa.
- Explorar vías de financiación estatal vinculadas al convenio, reduciendo la dependencia del presupuesto municipal.
- Coordinar el diseño del programa con los criterios y metodologías de la estrategia nacional, mejorando su calidad técnica.
Sin la adhesión a la red y sin este convenio, ese ayuntamiento no tendría acceso a este canal de colaboración y financiación con la administración central.
¿Qué deben hacer las entidades locales ahora?
- Verificar si tu entidad está adherida a la Red Española de Ciudades Saludables. Solo las entidades integradas en la red pueden beneficiarse directamente del convenio. Si no lo estás, evalúa el proceso de adhesión.
- Revisar los programas de salud pública municipales en curso. Identifica cuáles pueden encuadrarse dentro de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención para aprovechar el nuevo marco de colaboración.
- Contactar con la FEMP para conocer los mecanismos concretos de acceso a recursos. El convenio contempla la posibilidad de financiación estatal, pero las condiciones y cuantías deben concretarse. La FEMP es el interlocutor natural para las entidades locales.
- Incorporar este convenio a la planificación presupuestaria 2026-2027. Si hay posibilidad de captación de recursos externos para salud preventiva, debe reflejarse en la planificación financiera del área correspondiente.
- Designar un responsable interno de seguimiento. El desarrollo del convenio generará instrucciones, convocatorias y requisitos adicionales. Es necesario tener identificada la persona o área que hará el seguimiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué municipios pueden beneficiarse del convenio FEMP-Sanidad 2026?
Los municipios, provincias y entidades locales integradas en la Red Española de Ciudades Saludables. El convenio está impulsado por la FEMP y la Secretaría de Estado de Sanidad, y está orientado a quienes ya forman parte de esta red o quieran adherirse a ella.
¿Qué pueden hacer los ayuntamientos gracias a este convenio?
Desarrollar programas de salud pública con respaldo institucional del Estado, coordinar sus actuaciones con la administración central en materia de salud preventiva y acceder a posibles recursos financieros vinculados a la implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención.
¿Cuándo entra en vigor el convenio entre el Gobierno y la FEMP?
La resolución fue publicada el 14 de abril de 2026. La fecha de entrada en vigor no está especificada en el texto publicado en el BOE.
¿Qué es la Red Española de Ciudades Saludables?
Es una red de entidades locales —ayuntamientos y diputaciones— que integra a los entes locales como actores clave en las políticas sanitarias. Este convenio busca potenciarla e implementar localmente la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención con respaldo de la Secretaría de Estado de Sanidad.