Datos clave
| Normativa | Resolución de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con FETAP |
|---|---|
| Publicación | 13 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada expresamente |
| Afectados | Asesores fiscales y técnicos tributarios integrados en FETAP |
| Categoría | Novedades Fiscales |
| Organismo | Dirección General del Catastro |
| Referencia BOE | BOE-A-2026-10405 |
Los asesores fiscales y técnicos tributarios integrados en FETAP pueden seguir operando con normalidad frente al Catastro. La Dirección General del Catastro ha publicado la adenda que modifica y prorroga el convenio de colaboración suscrito con la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETAP), mediante la Resolución de 6 de mayo de 2026 (BOE-A-2026-10405).
La prórroga evita que se produzca un vacío en el marco de colaboración, lo que habría obligado a los profesionales a gestionar los trámites catastrales de sus clientes por vías ordinarias, más lentas y con menos herramientas disponibles.
¿Qué establece esta normativa?
La adenda tiene dos efectos concretos sobre el convenio previo entre el Catastro y FETAP:
- Modificación: Introduce cambios en las condiciones del convenio original. Aunque el detalle exacto de las modificaciones no se especifica en la resolución publicada, este tipo de adendas suele actualizar los procedimientos técnicos, los sistemas de acceso o las condiciones de uso de la información catastral.
- Prórroga: Extiende la vigencia del convenio, garantizando que los profesionales asociados a FETAP no pierdan el acceso a los servicios e información catastral que tenían acordados.
El convenio original facilita que los asesores fiscales y técnicos tributarios de FETAP puedan actuar en nombre de sus clientes ante el Catastro, accediendo a:
- Consultas de datos catastrales
- Certificaciones catastrales
- Información necesaria para operaciones inmobiliarias, fiscales y patrimoniales
Sin este convenio, cada trámite requeriría autorización expresa del titular o acceso por vías generales, lo que ralentiza significativamente la operativa diaria de cualquier despacho.
Impacto económico y operativo
El impacto de esta normativa no es económico en términos de costes directos o nuevas tasas: no se introducen nuevos pagos ni sanciones. El impacto es fundamentalmente operativo.
Para los despachos de asesoría fiscal y tributaria integrados en FETAP, la continuidad del convenio supone:
- Sin interrupciones en la operativa: Los flujos de trabajo para obtener datos catastrales de clientes no se ven alterados. No es necesario adaptar procesos ni buscar vías alternativas.
- Mantenimiento de herramientas de acceso: Las credenciales, plataformas y procedimientos acordados con el Catastro siguen vigentes en las mismas condiciones.
- Agilidad en operaciones inmobiliarias y patrimoniales: Consultas, certificaciones y verificaciones catastrales para compraventas, herencias, declaraciones de bienes o recursos tributarios pueden seguir tramitándose con la misma rapidez.
Si el convenio hubiera caducado sin prórroga, los despachos habrían tenido que gestionar cada acceso catastral de forma individualizada, con el consiguiente incremento de tiempo y coste administrativo por operación.
¿A quién afecta?
Esta normativa afecta de forma directa a:
- Asesores fiscales integrados en FETAP que gestionan trámites catastrales en nombre de clientes personas físicas o jurídicas.
- Técnicos tributarios asociados a FETAP que trabajan con datos catastrales para liquidaciones, recursos o declaraciones fiscales.
- Despachos y firmas de asesoría cuyos profesionales están federados en alguna de las asociaciones integradas en FETAP.
Los asesores fiscales o tributarios no asociados a FETAP no se ven afectados por esta normativa: no pierden ni ganan acceso catastral con esta resolución.
Tampoco afecta directamente a los clientes finales (empresas, particulares), aunque sí se benefician indirectamente de que su asesor pueda seguir gestionando sus trámites catastrales con agilidad.
Ejemplo práctico
Un despacho de asesoría fiscal asociado a una entidad integrada en FETAP gestiona habitualmente las siguientes operaciones para sus clientes:
- Obtención de certificaciones catastrales para operaciones de compraventa de inmuebles.
- Consulta de valores catastrales para calcular el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).
- Verificación de datos catastrales en declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio o en expedientes de herencias.
Gracias a la prórroga del convenio, el despacho puede continuar accediendo directamente a la plataforma catastral con sus credenciales de colaborador, sin necesidad de solicitar autorización expresa del cliente para cada consulta ni de tramitar los accesos por la sede electrónica general del Catastro.
Si el convenio hubiera expirado sin renovación, el mismo despacho habría tenido que gestionar cada acceso de forma individualizada, añadiendo pasos administrativos a cada operación y alargando los plazos de respuesta al cliente.
¿Qué deben hacer los asesores ahora?
- Verificar la asociación a FETAP: Confirmar que el despacho o los profesionales están efectivamente integrados en alguna de las asociaciones miembro de FETAP, ya que el convenio solo aplica a los federados.
- Revisar el texto completo de la adenda: Consultar la resolución en el BOE (BOE-A-2026-10405) para identificar si las modificaciones introducidas afectan a algún procedimiento, credencial o condición de acceso que requiera actualización interna.
- Comprobar que los accesos siguen operativos: Verificar que las herramientas y credenciales de acceso al Catastro funcionan correctamente bajo las nuevas condiciones de la adenda.
- Comunicar a los equipos internos: Informar a los profesionales del despacho que gestionan trámites catastrales de que el convenio sigue vigente y de cualquier cambio operativo derivado de la modificación.
- Contactar con FETAP si hay dudas: Si existen dudas sobre el alcance de las modificaciones o sobre las nuevas condiciones del convenio, la vía más directa es consultar con la propia federación, que habrá recibido información detallada del Catastro.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el convenio entre el Catastro y FETAP y para qué sirve?
Es un acuerdo de colaboración entre la Dirección General del Catastro y la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETAP) que facilita a los profesionales asociados el acceso a servicios, información y trámites catastrales en nombre de sus clientes, agilizando consultas, certificaciones y gestión de datos necesarios para operaciones inmobiliarias, fiscales y patrimoniales.
¿Qué cambia con la adenda publicada el 13 de mayo de 2026?
La adenda modifica y prorroga el convenio ya existente entre el Catastro y FETAP. Esto garantiza la continuidad del marco de colaboración y evita interrupciones en los servicios compartidos, manteniendo las condiciones y herramientas de acceso al Catastro previamente acordadas para los asesores asociados a FETAP.
¿A qué asesores fiscales afecta este convenio?
Afecta exclusivamente a los asesores fiscales y técnicos tributarios integrados en FETAP (Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales). Los profesionales no asociados a FETAP no se benefician de las cond