Energía

CAE por renovación de flota 2026: correcciones clave en el catálogo de eficiencia energética

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Equipo Editorial CambiosLegales
Sep 28, 2026 6 min 83 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 16 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética
Publicación28 de septiembre de 2026
Entrada en vigor28 de septiembre de 2026
AfectadosEmpresas, entidades públicas y particulares que soliciten CAE por renovación de vehículos
CategoríaEnergía / Eficiencia Energética
Ejercicio2026
Fichas corregidasTRA040, TRA050.P, TRA050.E
Norma corregidaResolución de 30 de julio de 2026 (actualización Anexo I, Orden TED/845/2023)
Errores rectificados5 errores materiales
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Si tienes expedientes CAE abiertos o en preparación por sustitución de vehículos, esta corrección te afecta hoy mismo. La Resolución de 16 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética rectifica cinco errores materiales detectados en la actualización del catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética publicada el 30 de julio de 2026. Los errores afectan a referencias legales, datos de consumo de vehículos y a la identificación de documentos en operaciones de leasing.

5
Errores materiales corregidos
3
Fichas del sector transporte afectadas
15,5 L/100km
Dato de consumo M2 diésel omitido y ahora corregido

¿Qué establece esta normativa?

Esta resolución corrige errores en la actualización del Anexo I de la Orden TED/845/2023, que regula el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética para la obtención de Certificados de Ahorro Energético (CAE). Los cinco errores rectificados se concentran en tres fichas del sector transporte:

FichaNombreError corregido
TRA040Movilidad colaborativaReferencias legales incorrectas
TRA050.PSustitución de vehículo por persona físicaDatos de consumo de vehículos M2 diésel omitidos (15,5 L/100km); errores en la identificación del permiso de circulación
TRA050.ESustitución de vehículo por entidadesConfusión entre vehículo nuevo y antiguo en operaciones de leasing

El detalle de cada corrección es el siguiente:

  • TRA040 (movilidad colaborativa): Se corrigen referencias legales que aparecían incorrectas en la versión del 30 de julio de 2026.
  • TRA050.P (persona física): Se incorpora el dato de consumo de vehículos M2 diésel, que había quedado omitido: 15,5 L/100km. Además, se corrigen errores en la identificación del permiso de circulación exigido como documentación justificativa.
  • TRA050.E (entidades): Se corrige la confusión entre vehículo nuevo y vehículo antiguo en el contexto de operaciones de leasing, lo que afecta directamente al cálculo del ahorro energético acreditable.

Impacto económico y operativo

Los CAE son instrumentos que permiten a empresas y particulares acreditar ahorros energéticos y obtener una compensación económica por ellos. Un error en la documentación justificativa o en el dato de consumo de referencia puede suponer la invalidación del expediente o la reducción del ahorro acreditable, con el consiguiente impacto en el valor del certificado.

Los efectos operativos concretos son:

  • Documentación justificativa: Los expedientes que usen las fichas TRA050.P o TRA050.E deben verificar que el permiso de circulación referenciado corresponde al vehículo correcto (nuevo o antiguo según el caso), especialmente en operaciones de leasing.
  • Cálculo de ahorros energéticos: El dato de 15,5 L/100km para vehículos M2 diésel es ahora el valor oficial de referencia en TRA050.P. Expedientes tramitados con la versión errónea del 30 de julio de 2026 pueden haber utilizado un dato incorrecto o ausente.
  • Referencias legales en TRA040: Cualquier expediente de movilidad colaborativa que cite la normativa de referencia debe actualizarse con las referencias corregidas.

¿A quién afecta?

  • Empresas con flota de vehículos que estén tramitando o vayan a tramitar CAE por sustitución de vehículos (fichas TRA050.E).
  • Particulares (personas físicas) que soliciten CAE por renovación de vehículo propio (ficha TRA050.P), especialmente si el vehículo sustituido es de categoría M2 diésel.
  • Entidades públicas con programas de renovación de flota vinculados a la obtención de CAE.
  • Gestores y asesores energéticos que preparen expedientes CAE en el sector transporte.
  • Empresas de leasing o renting que intervengan en operaciones de sustitución de vehículos con tramitación de CAE asociada.
  • Promotores de proyectos de movilidad colaborativa que utilicen la ficha TRA040.

Ejemplo práctico

Una empresa de transporte de viajeros tramita un CAE por la sustitución de varios autobuses de categoría M2 diésel usando la ficha TRA050.E. Algunos de los vehículos se adquieren mediante leasing.

Con la versión errónea del catálogo (30 de julio de 2026), el expediente podría haber:

  • Asignado el permiso de circulación del vehículo nuevo donde correspondía el del vehículo antiguo (o viceversa), generando una inconsistencia documental.
  • Calculado el ahorro energético sin el dato oficial de consumo de 15,5 L/100km para M2 diésel, al estar omitido en la ficha TRA050.P.
  • Confundido el vehículo nuevo con el antiguo en la operación de leasing, alterando el diferencial de consumo sobre el que se calcula el CAE.

Con la corrección en vigor desde el 28 de septiembre de 2026, el expediente debe utilizar el dato de 15,5 L/100km, identificar correctamente cada vehículo en la documentación y aplicar las referencias legales actualizadas. Si el expediente ya fue presentado con datos erróneos, conviene revisar si es necesario subsanarlo antes de que sea resuelto.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Revisar expedientes CAE en curso que utilicen las fichas TRA040, TRA050.P o TRA050.E: verificar que la documentación y los cálculos se ajustan a la versión corregida del catálogo, vigente desde el 28 de septiembre de 2026.
  2. Comprobar el dato de consumo M2 diésel en todos los expedientes TRA050.P que incluyan vehículos de esta categoría: el valor oficial es 15,5 L/100km. Si se usó otro valor o el campo estaba vacío, subsanar el expediente.
  3. Verificar la identificación del permiso de circulación en fichas TRA050.P: asegurarse de que el documento referenciado corresponde al vehículo correcto según lo exigido.
  4. Revisar operaciones de leasing en TRA050.E: confirmar que la distinción entre vehículo nuevo y vehículo antiguo es correcta en toda la documentación del expediente.
  5. Actualizar referencias legales en TRA040: si se han citado las referencias de la versión del 30 de julio de 2026, sustituirlas por las corregidas.
  6. Informar a gestores energéticos y asesores que trabajen en estos expedientes para que apliquen la versión corregida del catálogo desde hoy.

Preguntas frecuentes

¿Qué fichas CAE del sector transporte han sido corregidas?

Se han corregido tres fichas: TRA040 (movilidad colaborativa), TRA050.P (sustitución de vehículo por persona física) y TRA050.E (sustitución de vehículo por entidades). En total se rectifican cinco errores materiales detectados en la actualización del catálogo publicada el 30 de julio de 2026.

¿Cuál es el consumo oficial de vehículos M2 diésel para el cálculo del CAE?

El dato oficial corregido es 15,5 L/100km para vehículos de categoría M2 diésel. Este valor había quedado omitido en la ficha TRA050.P en la versión del 30 de julio de 2026 y se incorpora con efectos desde el 28 de septiembre de 2026.

¿Afectan estas correcciones a expedientes CAE ya presentados antes del 28 de septiembre de 2026?

Si un expediente fue preparado y presentado usando la versión errónea del catálogo (publicada el 30 de julio de 2026), puede contener datos incorrectos o documentación mal identificada. Se recomienda revisar si el expediente está pendiente de resolución y, en ese caso, valorar la subsanación voluntaria para evitar problemas en la tramitación.

¿Qué error afecta a las operaciones de leasing en la ficha TRA050.E?

La corrección resuelve una confusión entre el vehículo nuevo y el vehículo antiguo en el contexto de operaciones de leasing dentro de la ficha TRA050.E. Este error podía alterar el diferencial de consumo sobre el que se calcula el ahorro energético acreditable y, por tanto, el valor del CAE obtenido.

¿Desde cuándo es obligatorio aplicar el catálogo corregido?

La resolución de corrección entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE: 28 de septiembre de 2026. Todos los expedientes CAE del sector transporte que se tramiten a partir de esa fecha deben utilizar la versión corregida de las fichas TRA040, TRA050.P y TRA050.E.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20135



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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