Nuevos plazos para comunicar existencias de semillas certificadas de cereales, arroz y oleaginosas
02 Jul 2026En vigor: 02 Jul 202653 visitas
A quién afecta:
Operadores pertinentes del sector agrario: productores, mayoristas y agentes con existencias de semillas certificadas
Resumen
Se actualizan las fechas límite para que operadores agrarios notifiquen sus existencias de semillas certificadas, adaptándolas al ciclo real de cosecha y siembra. Los nuevos plazos son el 15 de febrero y el 15 de septiembre de cada año.
Análisis detallado
PRO
La resolución modifica los plazos de comunicación de existencias de semillas certificadas de cereales, arroz, semillas oleaginosas y proteaginosas al sistema SIEGA. Se establecen dos comunicaciones anuales de existencias: antes del 15 de febrero y antes del 15 de septiembre, referidas al último día del mes anterior. Ad…
Contenido exclusivo PRO
Implicaciones prácticas, plazos y recomendaciones específicas para tu sector.
Resolución de 22 de junio de 2026, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se modifica la de 27 de septiembre de 2022, por la que se establecen los criterios técnicos para la consideración de operador pertinente y los medios electrónicos para el cumplimiento de la obligación de comunicación de existencias de cereales, semillas oleaginosas y arroz establecida en el Reglamento de ejecución (UE) 2022/791 de la Comisión de 19 de mayo de 2022, por el que se modifica el Reglamento de ejecución (UE) 2017/1185, y en la disposición adicional tercera del Real Decreto 861/2018, de 13 de julio, por el que se establece la normativa básica en materia de declaraciones obligatorias de los sectores del aceite de oliva y las aceitunas de mesa y por el que se modifica el Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
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